Rendición anual de cuentas de asociaciones declaradas de utilidad pública
Tramita Presencialmente
Consiste en
Cumplir con la obligación legal que tienen las asociaciones declaradas de utilidad pública de depositar anualmente sus cuentas.
Requisitos
-
Ser asociación declarada de utilidad pública.
Si la asociación es de ámbito autonómico o inferior, la instancia se presentará en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
-
Rendir las cuentas del último ejercicio cerrado en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización.
Aclaración: La obligación de la rendición de cuentas se aplicará a los ejercicios económicos que se inicien con posterioridad a la fecha de declaración de utilidad pública (Ej. Una entidad declarada en 2008 cuyo ejercicio económico finalice el 31 de diciembre: las primeras cuentas a presentar serán las de 2009 en el primer semestre de 2010).
Necesitas
-
Solicitud en modelo normalizado.
-
Certificación del acuerdo de la asamblea general de socios que contenga la aprobación de las cuentas anuales y el nombramiento, en su caso, de auditores.
La certificación debe ser emitida por el titular del cargo con facultad para certificar acuerdos, y rubricada por este cargo y por el presidente/a de la entidad dando el visto bueno.
-
Memoria de actividades, firmada por todos los miembros de la junta directiva u órgano de representación.
Modelo: www.interior.gob.es
-
Cuentas anuales firmadas por todos los miembros de la junta directiva u órgano de representación: balance de situación, cuenta de resultados y memoria económica.
Modelos: www.interior.gob.es
-
Información sobre flujos de activo (obligatoria para las entidades que formulen balance y memoria económica en modelo normal).
-
Ejemplar firmado del informe de auditoría (cuando exista obligación de auditar).
Información contable en : www.interior.gob.es
Te interesa saber
1.
MODELOS DE CUENTAS Y PLAZO
Todos los modelos de cuentas se encuentran en la Web del Ministerio del Interior: www.interior.gob.es
Dentro de la página: Asociaciones: Utilidad Pública. Rendición de Cuentas
La no presentación de las cuentas en plazo puede dar lugar a la revocación de la declaración de utilidad pública.
Con fecha 1 de enero de 2012 ha entrado en vigor el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
Plazo de solicitud
Todo el año Las entidades declaradas de utilidad pública deberán rendir cuentas del último ejercicio cerrado en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización.
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Descarga la solicitud.
Descargar formularios de solicitud
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
Dónde
Registro General Central del Principado de Asturias. EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples): C/ Coronel Aranda, 2, planta plaza, 33005 Oviedo.
Registro auxiliar de Gijón: C/ Cabrales, 39, 33201, Gijón.
Registro auxiliar de Avilés: C/ EL Muelle, 8, 33402, Avilés.
Y demás oficinas y registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud debe dirigirse a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Sector Público, Registro de Asociaciones del Principado de Asturias, C/ Hermanos Menéndez Pidal, 7-9, 33005, Oviedo.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Hacienda y Sector Público
Código: 201053311
Más información