Prórroga de la concesión de explotación de recursos mineros: secciones C y ...

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener una prórroga de la vigencia de la concesión de explotación de recursos mineros de las secciones C y D.

Requisitos

  1. Solicitar la prórroga tres años antes, como mínimo, de la terminación de la vigencia de la concesión.

  2. Ser titular de una concesión de explotación de recursos de la sección C o D.

Necesitas

  1. Informe detallado suscrito por el Director facultativo en el que deberá demostrarse la continuidad del recurso explotado o el descubrimiento de uno nuevo, cálculo de reservas, proyecto general de explotación para el siguiente período y técnicas de explotación tratamiento y beneficio adecuadas al progreso tecnológico.

  2. Certificado Digital oDNI electrónico

Te interesa saber

  1. SECCIÓN C

    Pertenecen a la sección C cuantos yacimientos minerales y demás recursos ecológicos no estén clasificados en las secciones A y B y sean objeto de explotación o aprovechamiento conforme a la Ley de Minas.

    Son recursos geotérmicos, incluidos en esta sección, aquellos entre los geológicos que por su temperatura puedan permitir, entre otras aplicaciones, la obtención de energía, en especial térmica, por intermedio de fluidos.

    Las aguas termales quedan excluidas.

  2. SECCIÓN D

    Incluye los carbones, los minerales radiactivos, los recursos geotérmicos, las rocas bituminosas y cualesquiera otros yacimientos minerales o recursos geológicos de interés energético que el Gobierno acuerde incluir.

  3. PRÓRROGAS

    La concesión concesión de explotación minera se otorga por un periodo de treinta años y será prorrogable por dos plazos iguales de treinta años, hasta un máximo de noventa años.

Plazo de solicitud

Todo el año Tres años antes de la terminación de la vigencia de la concesión.

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Promoción y Desarrollo Minero

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Código: 20021618

Más información

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