Inscripción de cooperativas de transportistas y sociedades de ...
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener la inscripción de cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.
Requisitos
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El capital social de la empresa deberá ser superior a las siguientes cuantías: Cooperativas o sociedades con un número de socios no superior a 15: 10.000 euros. Cooeperativas o sociedades con un número de socios entre 15 y 30: 30.000 euros. Cooperativas o sociedades con un número de socios superior a 30: 60.000 euros.
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Los socios de las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización deberán ser titulares de autorizaciones de transporte público.
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Ser una cooperativa de transportistas o sociedad de comercialización validamente constituida.
Necesitas
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Copia de la relación de los socios sobre soporte informático.
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Copia compulsada del certificado de capacitación profesional para el ejercicico de la actividad de transporte de la persona a través de la que la cooperativa o sociedad cumple este requisito, cuando ésta se dedique a la actividad de transporte de mercancías, así como certificación acreditativa del cargo directivo que dicha persona ocupa en la cooperativa o sociedad, expedida por su Secretario.
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Original y copia de los estatutos de la cooperativa o sociedad, en los que deberá constar como objeto social la captación de cargas o contratación de servicios y comercialización para sus socios.
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Certificación expedida por el Secretario de la cooperativa o sociedad, con el visto bueno de su Presidente, acreditativa de que el capital social sea superior a las cifras anteriormente mencionadas.
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Relación por escrito de los socios de la cooperativa o sociedad, identificados por su nombre y apellidos o denominación o razón social, y su número o código de identificación fiscal, certificada por el Secretario de la misma, con el visto bueno de su Presidente.
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Certificación de su inscripción como cooperativa en el Registro de Cooperativas o como sociedad con personalidad jurídica mercantil en el Registro Mercantil.
Te interesa saber
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REGISTRO
Cuando la solicitud y la documentación de que se acompañe se ajusten a las exigencias de la Orden Ministerial de 23 de julio de 1997, y una vez comprobado que la entidad solicitante cumple los requisitos requeridos para ejercer las funciones propias de las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización en relación con la comercialización de transportes por carretera para sus socios, el órgano competente procederá a su inscripción en el Registro General de Transportistas (RGT).
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EFECTOS
Las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización inscritas estarán exentas de la obligación de obtener la autorización administrativa de operador de transporte de mercancías para ejercer las funciones de captación de cargas o contratación de servicios y comercialización para sus socios.
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CERTIFICACIONES REGISTRALES
Las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización podrán solicitar, en cualquier momento, que el órgano competente les expida una certificación de su inscripción en el RGT o de los datos a ellas referidos que obran en éste.
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MODIFICACIÓN DE LOS DATOS
Las modificaciones que, en su caso, se introduzcan en los estatutos inicialmente aportados por una cooperativa o sociedad, la sustitución de la persona que representa a la cooperativa o sociedad ante la Administración o de la persona a través de la que ésta cumple el requisito de capacitación profesional, así como el alta de nuevos socios o la baja de los que anteriormente formaban parte de aquélla deberán ser puestas de manifiesto ante el órgano que realizó su inscripción registral. La cooperativa o sociedad no podrá iniciar la prestación de sus funciones de comercialización a favor de un nuevo socio hasta que se haya formalizado la citada anotación registral.
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ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS
Bienalmente se procederá a la actualización de los datos obrantes en el RGT en relación con cada una de las cooperativas y sociedades de comercialización domiciliadas en aquél. Para ello deberá presentarse la certificación acreditativa de que el capital social de ésta es superior a las cifras referidas en el apartado de Requisitos, copia compulsada del certificado de capacitación profesional y la relación por escrito de los socios de la cooperativa o sociedad, con los datos actualizados a la fecha de su presentación. La falta de aportación de esta documentación dará lugar a su baja en el RGT.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
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1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
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Tu solicitud será resuelta por
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Código: 20022859
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