Empresas de turismo activo: inicio de actividad

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Iniciar la actividad de empresas dedicadas al turismo activo.

Requisitos

  1. Disponer de un local que cuente con licencia municipal de apertura
  2. Contar con un seguro de responsabilidad civil, con una cuantía mínima de cobertura de 300.507 €.
  3. Contar con un seguro de asistencia o accidentes, con una cuantía mínima de cobertura de 30.050 €.
  4. Los equipos y material de que dispongan tiene que estar homologado por los organismos competentes
  5. Contar con un número suficiente de monitores o guías a fin de asesorar o acompañar a los usuarios con quienes contraten. Este requisito no es exigible a las empresas que se dediquen exclusivamente al alquiler de material.
  6. Cuando se necesiten monitores o guías, estos deberán disponer del título de técnico deportivo o técnico deportivo superior en la modalidad de que se trate, según establece el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, o de aquellos otorgados por la Universidad o a través de la Formación Profesional reglada que tengan relación con la materia. Aquellos que acrediten una formación específica deportiva distinta a la titulación académica deberán contar con una formación práctica de, al menos, 350 horas.

Necesitas

  1. Si se trata de persona jurídica, escritura de constitución y estatutos, en que conste, en su caso, su inscripción en el registro mercantil, y del NIF.

  2. Memoria y relación de las actividades que pretende ofrecer directamente en el mercado.

  3. Relación del personal técnico dependiente de la empresa, así como copia de la documentación que acredite la posesión por parte de los mismos de las titulaciones y la formación práctica requeridas. Este documento no será exigible a las empresas que se dediquen exclusivamente al alquiler del material necesario para la práctica de actividades de turismo activo.

  4. Licencia municipal de apertura del establecimiento.

  5. Título que acredite la disponibilidad del local por parte del solicitante.

  6. Póliza de responsabilidad civil y recibo que acredite el pago de la prima, que cubra de forma suficiente los posibles riesgos imputables a la empresa, en una cuantía mínima de cobertura de 300.507 €, sin que en su caso la franquicia sea superior a 602 €. Anualmente se deberá presentar copia del recibo vigente.

  7. Póliza de seguros de asistencia o accidente, y recibo que acredite el pago de la prima, con una cuantía mínima de cobertura de 30.050 €, pudiendo pactarse una franquicia que no supere los 150 €. Anualmente se deberá presentar copia del recibo vigente.

  8. Protocolo de actuación en caso de accidentes que deberá remitir al Servicio de Turismo, antes del inicio de la actividad, para su evaluación pro parte del SEPA. Ver modelo en pagina web 112asturias.es/Normativa y Documentacion/Turismo Activo. Este documento no sera exigible a las empresas que se dediquen exclusivamente al alquiler del material necesario para la practica de actividades de turismo activo.

  9. En función de la naturaleza de la actividad de que se trate, se requerirán además los preceptivos informes o autorizaciones de las Administraciones Públicas implicadas.

  10. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  11. Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. EMPRESAS DE TURISMO ACTIVO

    Aquellas dedicadas a proporcionar, mediante precio, de forma habitual y profesional, actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura que se practican sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio que se desarrollan.

    Las actividades ofertadas por estas empresas implican una participación activa por parte del usuario, siéndoles inherente una cierta dificultad, o requiriendo al menos cierto grado de destreza para su práctica, (ver anexo I del Decreto 92/2002, de 11 de julio (BOPA 173, de 26 de julio de 2002)).

  2. CLASES DE EMPRESAS

    - Las que organizan y participan en las actividades que oferten, pudiendo alquilar o no el material para su realización.

    - Las que exclusivamente alquilen el material necesario para la práctica de estas actividades.

  3.  REGISTRO

    Presentada correctamente la declaración responsable previo al inicio de actividad, las empresas de turismo activo se inscribirán de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

  4. MODIFICACIONES

    Cualquier modificación relativa a la titularidad o a cualquiera de los requisitos o características de acuerdo con las cuales se inscribió el establecimiento, debe ser comunicada, acompañada de la documentación acreditativa del cambio, a los efectos de su anotación registral.

  5. EJERCICIO Y CESE DE ACTIVIDADES

    Los titulares de las empresas de turismo activo tienen la obligación de comunicar los períodos anuales durante los que desarrollarán sus actividades así como el cese de las mismas, al objeto, en este último caso, de cancelar su inscripción registral.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:
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Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Gestión y Calidad Turística

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Código 20023183


Oficinas de la administración

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Tel. 985108009

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Consejería de Empleo, Industria y Turismo

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Consejería de Servicios y Derechos Sociales

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Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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