Concesión de fincas rústicas de la Comisión Regional del Banco de Tierras
Tramita por Internet
Consiste en
Requisitos
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* Tener o comprometerse a adquirir la condición de profesional de la agricultura, dedicándose a las labores agrarias a título principal como cultivador directo y personal.
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* Tener la condición de cooperativa u organización agraria legalmente constituída.
Necesitas
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En el caso de personas físicas, documento acreditativo de la condición de profesional de la agricultura y dedicación a las labores agrarias a título principal como cultivador directo y personal (Alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia; Autónomos por razón de la Agricultura; Declaración de la renta del último ejercicio).
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Declaración responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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En el caso de personas jurídicas: Escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en el Registro Mercantil u otro registro administrativo.
- Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
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Documentación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Te interesa saber
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OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOS
- Alcanzar los mínimos de producción establecidos en el acuerdo de concesión.
- Permitir la ejecución de obras de mejora que se prevean para la zona o para la explotación en particular por la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales.
- Ejecutar las obras de mejora que se establezcan en el título concesional.
- Pago del canon anual que se establezca.
- Cualquier otra obligación que se determine.
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INTRANSMISIBILIDAD DE LAS CONCESIONES
Las concesiones de fincas o explotaciones del Banco de Tierras no son divisibles, transmisibles ni embargables.
No obstante existen excepciones en el supuesto de que fallezca, se jubile o incapacite el concesionario (ver artículo 51 de la ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, BOPA Nº 193, de 21 de agosto de 1989).
Plazo de solicitud
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Recursos
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Código: 2002731
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo