Ayudas a la flota pesquera: inversiones en buques pesqueros en la línea de ...

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Consiste en

Obtener ayudas económicas para inversiones en buques pesqueros, para la sustitución o modernización de motores.

Requisitos

  1. Ser persona física o jurídica, comunidad de bienes o cualquier tipo de agrupación de aquellas, que sean propietarios, armadores y pescadores de embarcaciones de pesca de la Lista Tercera del Registro de Matrícula de Buques.

  2. Que la embarcación tenga 5 años o más de antigüedad.

  3. La embarcación tendrá el puerto base operativo en Asturias y permanecerá en esta situación al menos durante los primeros 5 años a partir de la fecha contable del pago de la ayuda.

  4. La embarcación estará dada de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa y permanecerá en ese estado durante 5 años desde la fecha contable del último pago.

  5. No tener solicitada la baja definitiva de la embarcación en la Lista Tercera del Registro de Matrícula de Buques.

  6. No haber solicitado subvención para paralización definitiva de la embarcación.

  7. El proyecto objeto de subvención no puede iniciarse con anterioridad a la fecha en que se solicite la ayuda, debiendo certificarse cuando sea posible, que las actuaciones o inversiones no han sido iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.

  8. Las inversiones se destinarán a alguno de los fines previstos para este tipo de ayudas en el Reglamento (UE) 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo relativo al FEMP.

  9. En caso de comunidad de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o entidades, carentes de personalidad jurídica, deberán nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que corresponda a la agrupación.

    Dicha agrupación no podrá disolverse antes de lo previsto en los art. 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  10. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

    En caso de comunidades de bienes o agrupaciones, esa obligación es extensible a todos sus miembros.

  11. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los apdos. 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.

  12. No haber cometido infracción grave con arreglo a artículo 42 del Reglamento (CE ) 1005/2008 del Consejo , o al artículo 90.1 del Reglamento (CE) 1224/2009, que no está incluido en la lista de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), que no ha cometido infracciones graves de la política pesquera común, y que no ha cometido alguno de los delitos establecidos en los artículos 3 y cuatro de la directiva 2008/99/CE y que no ha cometido ningún fraude en el marco del FEP O FEMP.

  13. Que el proyecto no suponga un aumento de la capacidad pesquera y no aumente la capacidad para detectar pescados.

Necesitas

  1. Acreditación de la representación, en caso de que el solicitante actúe por medio de representante.

  2. En caso de personas jurídicas, además:

    • Copia compulsada de la escritura de constitución de la sociedad, de los estatutos y de sus posibles modificaciones. (Todo ello se presentará debidamente registrado).
  3. Autorizaciones y concesiones necesarias para poder llevar acabo la actividad o justificación de que las mismas se están tramitando.

  4. Facturas pro forma o presupuestos de la inversión a realizar.

    Cuando el gasto subvencionable supere los 30.000? en el caso de obras, o los 12.000? en caso de suministros, se presentarán además 3 ofertas de diferentes proveedores, acompañadas de una memoria justificativa en caso de no optar por la oferta más económica, o con las excepciones contempladas en el art. 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

  5. En caso de obras de modernización o reconversión que precisen autorización (salvo los cambios de motor), además:

    • Proyecto realizado por técnico competente por triplicado.
  6. Cuando sea exigible para la realización de la modernización o reconversión, también se acompañarán las autorizaciones necesarias.

    En su defecto, se admitirá la presentación de una garantía apropiada* concedida por la citada autoridad.

    *Ver: Te interesa saber.

  7. Hoja de asiento del buque actualizada, completa y certificada en todas sus páginas, correspondiente a la embarcación destinataria de la inversión.

  8. Ficha de acreedores.

  9. Previsión de indicadores relativos al proyecto.

  10. Documentación económica.

    En el caso de personas jurídicas:

    • Nuevas empresas. Plan de empresa.
      • Para las previsiones económicas se tendrá en cuenta: en las previsiones a un año vista, se admitirá un margen de variación del 10% sobre los valores estimados por la empresa, y para previsiones a dos o tres años del 20%.
    • Empresas ya constituidas:
      • Situación actual de la empresa: descripción de la actividad, situación en el mercado.
      • Descripción de la inversión, objetivos perseguidos.
      • Nota simple de las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil de los tres últimos ejercicios, acompañadas, en su caso, del informe de auditoría. Si no hubiesen sido presentadas las cuentas del último ejercicio, en el Registro Mercantil, se aportará una previsión de las mismas.
      • Plan económico-financiero a tres años comenzando en el año de solicitud:
        • Plan de inversión.
        • Plan de financiación (propia y ajena).
        • Estados contables previsionales (pérdidas y ganancias, balance).

    En el caso de autónomos (sujetos al régimen de rendimiento de actividades económicas en estimación directa):

    • IRPF de los 3 últimos ejercicios.
    • Declaración del solicitante de la ayuda de la capacidad de financiación que posee y cuya justificación se hará a través de:
      • Disposiciones en cuenta (extractos bancarios).
      • Coherencia con el resultado operativo de ejercicios anteriores, mediante el rendimiento neto reducido.
      • Carta de intenciones de la entidad financiera en cuanto a la disposición de financiación ajena.
      • Declaración responsable del solicitante sobre su nivel de endeudamiento.
    • Memoria descriptiva de los proyectos.

    • Certificación oficial de potencia exigida de acuerdo a los requisitos exigidos en al art. 40.2 del reglamento 1224/2009, en cumplimiento del art. 41.4 del Reglamento FEMP.

    • Para los buques que no tengan que presentar certificación de la potencia del motor:

      • Acreditación de la verificación de la coherencia de la potencia del motor como señala el articulo 41 del reglamento (CE) 1224/2009 y de la inspección física que garantiza que la potencia del motor no supera la establecida en las licencias de pesca.
  11. Certificado Digital oDNI electrónico

  12. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  13. Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de persona jurídica.

  14. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

  15. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  16. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

  17. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Te interesa saber

  1. INCOMPATIBILIDADES

    Estas ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedentes de cualquier otro instrumento financiero comunitario.

  2. GARANTÍA APROPIADA

    Por garantía apropiada se entiende un documento oficial de la autoridad encargada de conceder la autorización de que se trate, en el que se indique la opinión de los organismos competentes consultados por el beneficiario y se certifique que nada impide conceder las autorizaciones.

Plazo de solicitud

Desde:

24/03/2017

Hasta:

24/04/2017

Cómo solicitarlo

Paso 1:

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1. BOPA

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Estructuras Pesqueras

Tu solicitud será resuelta por

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Código: 2002315

Más información


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Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

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Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

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