AYUD0064T01 - Subvención a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y gallego asturiano o eonaviego / Subvención a medios de comunicación pa la normalización social del asturi
Información Rápida
Objetivo
Obtener ayudas económicas para la producción de espacios donde se utilice el asturiano o el gallego-asturiano o eonaviego de manera habitual en medios de comunicación asturianos.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas privadas (personas físicas o jurídicas) que sean titulares de un medio de comunicación de ámbito asturiano y que tengan domicilio social, establecimiento o delegación comercial en el Principado de Asturias.
Requisitos principales
- Ser una empresa privada (persona física o jurídica) titular de un medio de comunicación (periódico, radio, televisión o en línea) de ámbito asturiano.
- Tener domicilio social, establecimiento o delegación comercial en el Principado de Asturias.
Plazos
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el 2 de abril de 2024.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de esta convocatoria, hasta la fecha máxima de justificación establecida en la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio 2023, siempre que no hayan sido subvencionados en la convocatoria anterior. Quedan excluidos de estas ayudas los folletos internos de las instituciones, las publicaciones de partidos políticos, asociaciones culturales y las entidades públicas. Se subvencionarán un máximo de tres proyectos por solicitante. Los gastos subvencionables serán los establecidos en la base VIII de las bases reguladoras de 2 de febrero del 2023. No se considerará subvencionable ningún proyecto en el que no se establezcan gastos directos. Los gastos indirectos del proyecto serán subvencionables hasta un máximo del 40 % del presupuesto aprobado.
Resumen
Este procedimiento permite a los medios de comunicación asturianos solicitar subvenciones para la producción de contenidos en asturiano o gallego-asturiano.
Quién puede usar este servicio:
Empresas privadas (personas físicas o jurídicas) que sean titulares de un medio de comunicación (periódico, radio, televisión o en línea) de ámbito asturiano y que tengan domicilio social, establecimiento o delegación comercial en el Principado de Asturias.
Antes de empezar:
Es importante consultar la normativa básica y la información adicional para conocer los requisitos y condiciones de la subvención.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud en modelo normalizado.
- Ficha de acreedores debidamente cumplimentada y tramitada por la entidad bancaria (solo si es la primera vez que se solicita o si ha habido cambios).
- Proyecto detallado.
- Presupuesto equilibrado.
- En caso de entidad jurídica, copia de la escritura de constitución y sus modificaciones.
- Acreditación de la condición de representante a la fecha de presentación de la solicitud.
Plazos:
El plazo de presentación es de 20 días hábiles a contar desde el 2 de abril de 2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
-
Preparar la documentación requerida.
-
Presentar la solicitud de forma presencial o telemática.
- Presentación presencial: Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Presentación telemática: Registro Electrónico del Principado de Asturias (a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" en esta página), Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, o en el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015.
Información sobre cada etapa:
Es importante tener en cuenta que las personas jurídicas están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se valorará el proyecto. La resolución se notificará a los interesados.
Plazos de resolución:
El plazo de resolución es de 6 meses.
Ayuda
Contacto:
Servicio de Normalización Llingüística.
Recursos adicionales:
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva. BOPA 14 de marzo de 2023.
- Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a medios de comunicación para la normalización social del asturiano y, en su ámbito, del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva.
- Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
- Ficha de acreedores
Información Adicional
- Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de esta convocatoria, hasta la fecha máxima de justificación establecida en la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio 2023, siempre que no hayan sido subvencionados en la convocatoria anterior.
- Quedan excluidos de estas ayudas los folletos internos de las instituciones, las publicaciones de partidos políticos, asociaciones culturales y las entidades públicas.
- Sin perjuicio de la posible presentación de diversos proyectos por cada solicitante, tan solo podrán ser objeto de subvención un máximo de tres de los proyectos presentados. En ese caso, se entenderán automáticamente desestimados los proyectos presentados por una misma solicitante que hayan obtenido peor puntuación en relación a sus proyectos mejor puntuados.
- Los gastos subvencionables serán los establecidos en la base VIII de las bases reguladoras de 2 de febrero del 2023.
- No se considerará subvencionable ningún proyecto en el que no se establezcan gastos directos, que son aquellos a los que se refiere el apartado VIII.1.b) de las bases reguladoras.
- Los gastos indirectos del proyecto serán subvencionables hasta un máximo del 40 % del presupuesto aprobado, siempre que a criterio de la Comisión de Valoración sean necesarios y justificados para su desarrollo y se establezca claramente el porcentaje de imputación de los mismos en el presupuesto presentado.
Contenido mínimo imprescindible del proyecto:
- Calendario de realización y ejecución del proyecto. El proyecto tendrá como fecha máxima de ejecución el 10 de noviembre de 2024.
- Para prensa escrita, certificación de la imprenta o de empresa auditora con el número de ejemplares impresos en el año 2023; para radio y televisión, datos del Estudio General de Medios o certificación de empresa auditora; para medios en línea, número de usuarios únicos facilitado por Google Analytics.
- Identificación de todos los redactores en asturiano o traductores a esta lengua, con una reseña breve sobre su formación y experiencia profesional relacionada con el asturiano.
- Los proyectos de los medios de prensa escrita irán acompañados de textos de muestra que permitan valorar la calidad lingüística, e indicarán número de páginas, lugar de inserción, periodicidad, días de publicación, temática, estructura, personal de redacción, colaboraciones y cuanta información sea necesaria para la máxima concreción del proyecto al objeto de su valoración.
- Los proyectos de las emisoras de radio y televisión podrán ir acompañados de una maqueta de muestra, y en todo caso, indicarán planificación temporal, guión del programa o programas, duración de los espacios, días y horas de emisión, objetivos del programa, temática, estructura de la programación, personal de redacción y colaboración, y cuanta información sea necesaria para la máxima concreción del proyecto al objeto de su valoración.
- Los proyectos de Internet incluirán el mapa web, la estructura de la página, una muestra de textos que permitan valorar la calidad lingüística elegido, y cuanta información sea necesaria para la máxima concreción del proyecto al objeto de su valoración.
Presupuesto del proyecto:
- Se indicarán las partidas que lo integran, recogiendo los gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda, donde se recoja la aportación económica de la persona o entidad solicitante para el desarrollo de la actividad. Ésta deberá de ser al menos de un 10% del presupuesto total de la actividad.
- En el presupuesto se hará constar el importe de la ayuda económica solicitada por el peticionario, que no deberá exceder del 90% del presupuesto total del proyecto.