AYUD0063T01 - Subvención para la promoción del libro en asturiano y gallego-asturiano / Subvención pa la promoción del llibru n'asturianu y gallego-asturianu

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener financiación para la publicación de libros originales o traducidos en asturiano y gallego-asturiano.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas editoriales de ámbito asturiano que editen libros originales o traducidos de otras lenguas.

Requisitos principales

  • Ser una empresa editorial de ámbito asturiano.
  • Editar libros originales o traducidos en asturiano o gallego-asturiano.

Plazos

Desde el 8 de mayo de 2024 hasta el 5 de junio de 2024.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

El proyecto debe incluir título, autor, tipo de obra, trayectoria del autor, características técnicas del libro, y catálogo editorial.

Resumen

Este trámite te permite solicitar una subvención para la promoción del libro en asturiano y gallego-asturiano. Estas ayudas están destinadas a empresas editoriales de ámbito asturiano que editen libros originales o traducidos de otras lenguas.

Quién puede usar este servicio:

Empresas editoriales de ámbito asturiano.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos.
  • Reúne toda la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud normalizada.
  • Ficha de acreedores debidamente cumplimentada y tramitada por la entidad bancaria (solo si es la primera vez o si hay cambios).
  • Proyecto detallado.
  • Presupuesto equilibrado.
  • Si eres persona física: copia del último recibo de la cuota de autónomos.
  • Si eres entidad jurídica: copia de la escritura de constitución y acreditación de la condición de representante.
  • Documentación adicional si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones.

Plazos:

  • El plazo de presentación es desde el 8 de mayo de 2024 hasta el 5 de junio de 2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Prepara la documentación requerida.
  2. Presenta la solicitud:
    • Si eres persona jurídica, solo puedes presentarla electrónicamente.
    • Si eres persona física, puedes presentarla electrónicamente o en las oficinas de atención al ciudadano.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • El órgano gestor revisará tu solicitud.
  • Recibirás una notificación con la resolución.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

Efecto del silencio administrativo:

  • Si no recibes respuesta en 6 meses, se considera que la solicitud ha sido denegada.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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