Autorización de inicio de curso presencial de Certificado de ...

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Tramita por Internet

Consiste en

Solicitar autorización para impartir un curso en modalidad presencial conducente a Certificado de Profesionalidad no financiado con fondos públicos.

Requisitos

  1. El centro solicitante deberá estar acreditado por los Servicios Públicos de Empleo para la impartición del correspondiente Certificado de Profesionalidad.

  2. Los alumnos deberán reunir los requisitos académicos de acceso requeridos según el nivel del Certificado o, en su defecto, haber superado las pruebas clave del nivel correspondiente.

    (Ver: Más información - Autorización para realizar pruebas de competencias clave en la selección de alumnos de formación para el empleo).

  3. El profesorado deberá cumplir los requisitos exigidos por la normativa de Certificados de Profesionalidad.

Necesitas

  1. Documentación justificativa de la acreditación requerida a formadores o tutores-formadores que van a intervenir en la acción formativa.

  2. Planificación del proceso de evaluación, indicando fechas de realización de pruebas finales si procede, instrumentos a utilizar, espacios destinados a las pruebas y duración de las mismas, todo según el modelo oficial de la Orden ESS/1897/2013, anexo V.

  3. Convenio entre centro de formación y empresas o centros de trabajo, para la realización del Módulo de prácticas, según indicaciones establecidas por Servicio Público de Empleo

    (Ver: Más información - Trabajastur, instrucciones MP).

  4. Póliza de seguro para la realización del módulo de prácticas en centros de trabajo.

  5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  6. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las personas físicas, podrán elegir entre la presentación presencial o por medios electrónicos. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:
         *   En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio, como medio preferente
         *   En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Más información").
         *   Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.

     

  2. CURSO INICIADO SIN AUTORIZACIÓN

    Si el curso se inicia sin autorización, los participantes no recibirán Certificado de Profesionalidad al terminarlo. Su formación resultará acreditable por la vía del procedimiento de acreditación de la experiencia profesional y vías no formales de formación, regulado por el RD 1224/2010.

  3. TELEFORMACIÓN

    Si el curso se va a desarrollar en teleformación, la competencia para autorizarlo pertenece al Servicio Público de Empleo Estatal.

  4. DOCUMENTACIÓN DEL NIVEL EDUCATIVO

    No es necesario aportar la documentación justificativa del nivel educativo del alumnado, pero deberá tenerse a disposición del Servicio de Empleo para las visitas que puedan realizarse a los cursos, dentro de las tareas de inspección que le competen.

  5. DOCUMENTACIÓN A DISPOSICIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO

    La entidad deberá tener también a disposición del Servicio de Empleo el resto de documentación exigida por la Orden ESS/1897/2013, que podrá ser exigida en visita de inspección o una vez finalizado el curso.

Plazo de solicitud

Todo el año Deberá presentarse la solicitud como mínimo 30 días antes del inicio del curso.

Cómo solicitarlo

Paso 1:
Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibose notificará la resolución de autorización. Transcurridos los 30 días sin notificación, podrá entenderse estimada por silencio administrativo, sin perjuicio de las incidencias que pudieran detectarse en la visita de inspección.

Recursos

1.Recurso de alzada

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Programación, Gestión y Seguimiento de la Formación para el Empleo

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Código201400065


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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