Autorización de horarios mínimos especiales para las oficinas de farmacia (código 1898)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Autorizar a las oficinas de farmacia un horario especial en determinadas épocas del año, distinto al horario mínimo oficial establecido, por razones climáticas, geográficas o demográficas que mejoren la atención farmacéutica a la población.

En las zonas o agrupaciones de zonas farmacéuticas en donde se produzcan importantes variaciones de población en determinadas épocas del año, se podrán autorizar, a propuesta conjunta, como mínimo, de la mitad más uno de las oficinas de farmcia afectadas, otros horarios mínimos distintos a los que tengan hasta ese momento, autorizados los establecimientos farmacéuticos, dadas las condiciones climáticas, geográficas y demográficas, mejoren la atención farmacéutica a la población.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia o herederos legales.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Plazo de interposición de los recursos:
si es de alzada, un mes.
si es contencioso administrativo, dos meses.
En ambos casos contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

Requisitos de solicitud o iniciación

La solicitud de horario mínimo especial debe estar justificada por las causas especificadas en la normativa de aplicación.

Debe existir acuerdo, como mínimo por la mitad de los farmacéuticos titulares de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas afectadas.

Solicitud horario mínimo especial de oficina de farmacia

  • Acuerdo
    (Obligatorio / Original)
    Acuerdo suscrito, como mínimo por la mitad de los farmacéuticos titulares de lazona o agrupación de zonas farmacéuticas afectadas.
  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    Informe que justifique la modificación horaria.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Plazo de interposición de los recursos:si es de alzada, un mes.si es contencioso administrativo, dos meses.En ambos casos contados desde el día siguientea la notificación de la resolución.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.