Autorización de apertura, ampliación, modificación o cierre de centros y ...
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener la autorización para poner en funcionamiento o proceder a la ampliación, modificación o cierre de centros o servicios de atención sociosanitaria a personas drogodependientes. Esta autorización es imprescindible para obtener posteriormente la acreditación de centros y servicios para la atención sociosanitaria a drogodependientes.
Requisitos
1.
APERTURA
- Disponer de un equipo responsable del programa terapéutico. La dirección deberá recaer en un profesional de grado superior o medio, del campo de la medicina, de la psicología, de la educación o del trabajo social.
- Tener un sistema que garantice la asistencia sanitaria de los residentes, en el caso de que el centro o servicio no cuente con recursos médicos propios.
- Garantizar la atención por alguno de los componentes del equipo responsable del programa las 24 horas del día en el caso de los centros residenciales de internamiento total, y durante su periodo de funcionamiento en los supuestos de centros residenciales de internamiento parcial.
- Contar con un Reglamento de Régimen Interior a disposición del usuario.
- Disponer de un expediente personal de cada usuario. - Disponer de un Libro de Registro de Ingresados y de un Libro de Reclamaciones.
- Disponer de un régimen de precios, que vendrá fijado por servicios y mensualidades de modo claro y preciso.
- Garantizar que no se realizarán por parte de los usuarios actividades fundamentalmente destinadas a generar beneficios económicos para la institución y que no estén incluidas en un proyecto terapéutico.
- Reunir las condiciones higiénico-sanitarias y de habitabilidad exigidas por la legislación vigente.
Necesitas
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APERTURA
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y de la representación legal que, en su caso, ostente. Si el titular del centro o servicio es una persona jurídica deberán adjuntarse los estatutos de la entidad.
- Identificación del centro o servicio de que se trate y ubicación del mismo.
- Acreditación de la propiedad del centro o servicio o, en su caso, copia del contrato de cesión o arrendamiento, o de cualquier otro título jurídico por el que se disponga de dicho centro o servicio, así como las correspondientes licencias municipales de uso del edificio.
- Nombre, DNI y titulación de las personas que integran el equipo encargado de prestar la asistencia, así como funciones que desempeñan, responsabilidad que ostentan, régimen de dedicación y vinculación laboral.
- Programa terapéutico donde se especifiquen los objetivos del mismo, las actividades a desarrollar y el tiempo máximo de duración del programa. Asimismo, deberá especificar el número máximo de plazas existentes en el centro o servicio.
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CIERRE
Memoria justificativa del cierre, temporal o definitivo, que incluya la programación temporal prevista para llevar a cabo dicho cierre.
Te interesa saber
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PRESTACIONES GRATUITAS
En el caso de que las prestaciones a los usuarios se realicen de forma gratuita, se deberá hacer constar dicha circunstancia en la solicitud.
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COMUNICACIÓN DE CIERRE
La comunicación de cierre deberá realizarse con una antelación mínima de 3 meses a la fecha prevista para el mismo, en el caso de centros y servicios de atención sociosanitaria a personas drogodependientes que hayan recibido financiación pública para su apertura o mantenimiento.
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DESTINATARIOS
Se trata de aquellos que realicen actividades de orientación, desintoxicación, deshabituación, rehabilitación y reinserción de personas drogodependientes, o cualesquiera otras medidas terapéuticas tendentes a mejorar su estado físico, psicológico y social, siempre que la atención se preste en régimen de internamiento total o parcial.
Estos centros podrán revestir dos modalidades: centros residenciales de internamiento total, donde la atención se presta en régimen de internado durante las 24 horas del día; y centros residenciales de internamiento parcial, donde la atención se presta durante determinados períodos del día.
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REGISTRO
La autorización de apertura, modificación o ampliación y la comunicación de cierre se inscribirán de oficio en el Registro de Centros y Servicios de Atención Sociosanitaria a Personas Drogodependientes.
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PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN
6 meses para la apertura y 3 meses para la modificación, ampliación o cierre.
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VIGENCIA
Dicha autorización se otorgará por un periodo máximo de 5 años y será renovable previa solicitud efectuada con 3 meses de antelación a la fecha de terminación de la vigencia de la misma.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
Recursos
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Inspección de Servicios y Centros Sanitarios
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Sanidad
Código: 2002483
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo