200950866-Autorización para la celebración de una rifa

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la autorización para la celebración de rifas de uno o varios bienes o servicios entre quienes adquieran billetes o boletos.

Requisitos

  1. Disponer de papeleta, billete o impreso que sirva para participar en la actividad.

  2. Los premios deberán ser en especie, no podrá existir sobre los mismos ningún tipo de carga o gravamen y no podrán consistir en dinero o signo que lo represente.

  3. Los premios deberán ser previamentee adquiridos, o deberá constituirse aval por la cuantía de su valor, o consignarse el importe, en todo caso con carácter previo a la celebración de aquel.

    En el caso de los inmuebles, se hará constar su situación y características, así como la acreditación de que los mismos se afecten al fin del sorteo. Los bienes deberán estar libres de toda carga o gravamen, en caso contrario, no se concederá la autorización para la celebración del sorteo.

  4. El importe total de los billetes, boletos o papeletas será como mínimo igual al precio del bien o bienes sorteados.

  5. La autorización de la rifa está condicionada al pago de la tasa fiscal.

  6. Ver en el apartado "Más información" : Titulares de las autorizaciones.

Necesitas

  1. En el caso de entidades, además:

    Estatutos sociales, debidamente inscritos en el registro correspondiente de las entidades solicitantes.

  2. En caso de personas jurídicas constituidas en sociedad:

    • Testimonio notarial de la escritura de constitución y estatutos de la sociedad.
  3. Memoria en la que se exprese:

    • La forma y procedimientos que aseguren la transparencia, prevención de fraudes y procesos de control contable de la rifa.
    • Destino de los beneficios a obtener con la celebración del juego.
    • Relación detallada de los vendedores autorizados.
    • Ámbito territorial de la rifa, duración de la misma, la forma de venta de los billetes y lugar donde vaya a celebrarse el sorteo.
    • Indicación del número y características de los billetes, boletos o papeletas a emitir, con indicación de su precio unitario.
    • Proyectos de publicidad y anuncios que se van a utilizar.
  4. Modelos de los billetes que vayan a ser utilizados.

    Estos tendrán un precio en metálico, estarán numerados correlativamente, constarán cuantos datos sean necesarios para asegurar el conocimiento del sorteo y, en todo caso, los premios, duración, fecha de celebración y término de caducidad (que no podrá ser inferior a tres meses desde la celebración del sorteo).

  5. Relación detallada del premio que haya de otorgarse, con indicación de su precio, su forma de adjudicación, así como el lugar donde se encuentre depositado o expuesto, y si se trata de bienes inmuebles, indicación de la situación de la finca.

  6. Acreditación documental de la previa adquisición del bien o servicio mediante factura o equivalente o documento de consittución del aval o consignación del importe del valor del premio y en todo caso con carácter previo a la celebración del sorteo.

  7. Resguardo acreditativo del haber efectuado el ingreso de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, a través del modelo 046.

  8. Declaración responsable de no incurrir el solicitante o, en el caso de personas jurídicas, sus administratadores o representantes en alguna de las circunstancias descritas en el artículo 29 de la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas.

  9. Declaración responsable del solicitante en la que conste la asunción por este de las responsabilidades y obligaciones que se deriven de las actuaciones de los vendedores autorizados.

  10. Certificado Digital o DNI electrónico

  11. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  12. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

  13. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  14. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.

  15. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Tasas

Modelo 046

Te interesa saber

1.

SOLICITANTES

Lo podrán solicitar las personas físicas o jurídicas.

Plazo de solicitud

Todo el año Se puede solicitar durante todo el año, con un plazo mínimo de un mes antes de la fecha del sorteo.

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Juego

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Código: 200950866

Más información


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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