2002592-Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Solicitar la inscripción en el registro de ONGD del Principado de Asturias.

Requisitos

  1. Ser entidad de derecho privado, legalmente constituida y sin fines de lucro, cuyos estatutos establezcan expresamente como fines y actividad principal de la entidad la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación al desarrollo.

  2. Estar establecida en el Principado de Asturias, es decir, tener su sede social o delegación en el territorio de esta comunidad autónoma.

  3. Disponer de una estructura susceptible de garantizar suficientemente el cumplimiento de sus fines que consistirá en acreditar documentalmente el desarrollo desde Asturias de actividades relacionadas con la cooperación o ayuda al desarrollo, de forma ininterrumpida, en los 3 años anteriores a la solicitud.

Necesitas

  1. Acreditación del solicitante de su capacidad de representación de la ONGD.

  2. Copia del acta o certificado extendido por el secretario o miembro del órgano de representación de la ONGD con facultades para certificar sobre los acuerdos sociales en virtud de los cuales se decide solicitar la inscripción en el registro de ONGD, con el visto bueno del presidente o representante legal de la entidad.

  3. Acreditación de la personalidad jurídica de la ONGD, por medio de la copia cotejada del acuerdo de creación de la entidad y de sus estatutos, con indicación en los mismos del domicilio social de la misma.

  4. Copia de la resolución de inscripción en el registro de ámbito estatal o autonómico, correspondiente en función de la naturaleza jurídica de la ONGD.

  5. Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la ONGD.

  6. Si disponen de personal voluntario expatriado:

    • acreditación de la póliza de seguro suscrita a su favor que cubra los riesgos de enfermedad, accidente, repatriación y responsabilidad civil frente a terceros.
  7. Presentación de la memoria de actividades de la entidad en materia de cooperación al desarrollo, en la que deberá justificarse la adecuación de los fines y principios básicos de la cooperación al desarrollo, de acuerdo con la Ley del Principado de Asturias 4/2006, de 5 de mayo, debiendo aportar documentación que acredite la realización de tales actividades desde Asturias en los 3 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

  8. Certificado Digital o DNI electrónico

  9. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  10. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. MODIFICACIONES

    Las ONGD inscritas estarán obligadas a comunicar al registro de ONGD cualquier modificación de los datos o documentos que afecte a los datos contenidos en los asientos que se detallan en el punto 3 ("datos contenidos en el registro"), dentro del plazo de 2 meses de haberse producido dicha alteración.

  2. CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN

    La inscripción de una ONGD podrá ser cancelada, a instancia de parte interesada o de oficio, a petición expresa de la misma o cuando conste de manera fehaciente que ha dejado de cumplir alguno de los requisitos necesarios para esta inscripción.

  3. DATOS CONTENIDOS EN EL REGISTRO

    • Denominación
    • Domicilio
    • Nombre y apellidos de los promotores o fundadores, si son personas físicas, o la razón social si son personas jurídicas, y en ambos casos, la nacionalidad y el domicilio.
    • Número y fecha de inscripción en el registro, de ámbito estatal o autonómico, que corresponda, en función de la naturaleza jurídica de la ONGD.
    • Fecha de aprobación o modificación de los estatutos.
    • Identificación de las personas que integran el órgano de gobierno.
    • Fines que persigue y actividades que desarrolla.
    • Ámbito territorial de actuación.
    • Patrimonio y fuentes de finanziación previstas en los estatutos.

    En el registro de ONGD, como anejo del fichero, se formará un protocolo por cada una de las ONGD inscritas, integrado por la documentación aportada para realizar las inscripciones y sus posteriores modificaciones.

  4. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES

    La inscripción en el registro de ONGD del Principado de Asturias es requisito indispensable para acceder a la convocatoria anual de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria (líneas 1 y 2 de la misma).

  5. DOCUMENTACIÓN PRESENTADA ANTERIORMENTE

    Si alguno de los documentos hubiera sido presentado en procedimientos o expedientes anteriores que obrasen en poder de la Administración y no ha sufrido modificaciones, se podrá ejercer el derecho a no volver a presentarlos. Deberán indicarse los mismos y el órgano responsable de su tramitación, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde su presentación.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Código: 2002592

Más información

Normativa relacionada con el servicio


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Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

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