2002589-Autorización de servicios de farmacia en hospitales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la autorización de servicios de farmacia en hospitales para atender las necesidades de medicamentos o productos farmacéuticos que puedan producirse en el centro hospitalario.

Requisitos

  1. LOCAL

    - Tener una localización adecuada y de fácil acceso. Dispondrán de espacio suficiente y estarán dotados del equipo y materiales necesarios para realizar sus funciones científicas, profesionales y de gestión.

    - Superficie adecuada para el desenvolvimiento de los mismos en sus diferentes funciones. Estará en relación con el número de camas, tipo de hospital, localización geográfica y otras circunstancias.

    - El espacio se hallará distribuido de forma que queden diferenciadas y convenientemente atendidas las unidades que los integren.

  2. PERSONAL

    El servicio estará dirigido por un farmacéutico colegiado especialista en Farmacia Hospitalaria.

Necesitas

  1. Memoria descriptiva, en la que constarán: persona física o jurídica propietaria del hospital, adjuntando documento acreditativo de la representación que se ostente; tipología y finalidad asistencial del centro, denominación, localización y número de camas; organización general y programa funcional del servicio farmacéutico con indicación de su situación dentro del organigrama estructural del centro; y, farmacéutico reponsable del servicio farmacéutico (especialista en Farmacia Hospitalaria), otros farmacéuticos, en su caso, así como el resto del personal que vaya a prestar sus servicios, justificando su titulación, vinculación jurídica con el centro y dedicación.

  2. Proyecto técnico en el que se desarrollarán: memoria técnica; croquis en el que se señale con exactitud el emplazamiento del servicio y la situación del mismo respecto al resto de instalaciones del hospital; y, planos de conjunto y detalle que permitan la perfecta localización, identificación y descripción de las obras e instalaciones, superficie para las funciones a realizar, así como detalle de sus accesos, plantas que ocupará, distribución por zonas conforme a los mínimos fijados en el Decreto 572/1972, de 24 de febrero (BOE Nº 68, de 20 de marzo de 1972), y situación del mobiliario y bienes de equipo de que estará dotado el servicio.

  3. Certificado Digital o DNI electrónico

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

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1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

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Código: 2002589

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