2002466-Autorización de exhumación de cadáveres o restos con o sin traslado

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Tramita por Internet

Consiste en

Obtener autorización sanitaria para exhumación de cadáveres con o sin traslado y de restos que deban ser trasladados fuera del ámbito territorial del Principado de Asturias.

Requisitos

1.

Empresa funeraria autorizada por el familiar o representante del fallecido.

Necesitas

  1. Certificado literal de defunción expedido por el Registro Civil.

  2. Certificación del responsable del cementerio donde se encuentra inhumado el cadáver, haciendo constar los datos identificativos del lugar exacto (por ejemplo: nº de nicho).

  3. Licencia de reinhumación, expedida por el encargado del cementerio de destino, identificando el lugar exacto, o compromiso de incineración del responsable de crematorio correspondiente.

  4. Si no han transcurrido 2 años desde la inhumación, el familiar deberá presentar una exposición de motivos por los que solicita la exhumación.

  5. Con posterioridad deberá presentarse el acta de exhumación (en el plazo de 1 mes desde la autorización sanitaria).

  6. Si procede:

    • Acreditación del representante legal de la familia.
    • Autorización judicial.
    • Acta de embalsamamiento.
  7. Certificado Digital o DNI electrónico

  8. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  9. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. NO SE PRECISA AUTORIZACIÓN SANITARIA

    La exhumación y transporte de restos cadavéricos dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias no precisará autorización sanitaria, siendo requisito necesario que se formalice y documente debidamente por los encargados de los cementerios o titulares de hornos crematorios y se realice, en su caso, por una empresa funeraria debidamente autorizada.

  2. DEFINICIÓN Y PLAZOS

    • Se considera cadáver el cuerpo humano durante los 5 años siguientes a la muerte. El plazo se computa desde la fecha y hora de la muerte que figura en la inscripción de la defunción en el Registro Civil.
    • Con carácter general, no se podrá abrir ninguna construcción funeraria destinada a la inhumación de cadáveres del grupo II antes del transcurso de 2 años desde la última inhumación, a excepción de los cadáveres embalsamados. Pasados 5 años no se requiere autorización sanitaria para la exhumación.
    • No está permitida la exhumación para cadáveres que puedan representar peligro sanitario (tipo I según el artículo 8 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria), hasta pasados 5 años desde su inhumación. A partir de los 5 años se puede solicitar la autorización sanitaria de exhumación.
    • El plazo a transcurrir desde la exhumación hasta la reinhumación o incineración no podrá exceder de 48 horas.
    • Se presentará el acta de exhumación firmada por el médico tanatólogo en el plazo de 1 mes, contado desde la recepción de la autorización expedida por el director general de la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Te respondemos mediante

1. Notificación personal : a través de los servicios funerarios correspondientes.

Recursos

1.Recurso de alzada

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios

Tu solicitud será resuelta por

Consejería de Sanidad

Código: 2002466

Más información

Normativa relacionada con el servicio


Oficinas de la administración

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Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

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Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

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Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

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Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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