2002463-Autorización sanitaria para traslado o conducción de cadáveres
Tramita por Internet
Consiste en
Obtener autorización sanitaria para traslado de cadáveres desde el domicilio mortuorio al lugar de inhumación o incineración cuando uno de ambos lugares estén fuera del territorio del Principado de Asturias; o para la conducción, dentro del Principado de Asturias, de cadáveres tipo I.
Requisitos
1.
Empresa funeraria autorizada por el familiar o representante del fallecido.
Necesitas
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Certificado médico oficial de defunción o certificación del médico forense (donde consten la fecha, la hora y la causa).
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Si procede:
- Acreditación del representante legal de la familia.
- Autorización judicial.
- Acta de embalsamamiento o de conservación transitoria.
- Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
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Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, del familiar solicitante.
Te interesa saber
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CÓMO REALIZAR LA SOLICITUD
Se puede realizar de dos formas diferentes:
- En días laborables (en horario de atención al público de 9 a 14 horas) bien directamente en el Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios de la Consejería de Sanidad, o a través del correo electrónico sraya@asturias.org (previa comunicación telefónica y utilizando firma digital).
- En días laborables (a partir de las 14 horas), sábados y festivos, en el hospital Monte Naranco de Oviedo.
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OBSERVACIONES
- No se precisa autorización sanitaria para la conducción de cadáveres (excepto los pertenecientes al grupo I) dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
- No está permitido el traslado ni la conservación transitoria de cadáveres que puedan representar peligro sanitario tipo I (según el artículo 8 del reglamento de policía sanitaria mortuoria).
- En traslados internacionales se estará a lo que disponga la normativa internacional y estatal que sea de aplicación. (Para cualquier información al respecto puede dirigirse a la oficina de sanidad exterior en C/ Almirante Alvargonzález, 30, 33201, Gijón o llamar al teléfono 984769410).
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TRANSPORTE
El transporte debe ser realizado mediante vehículo autorizado y en féretro adecuado. Cuando el traslado vaya a realizarse por vía aérea o marítima se procederá a su embalsamamiento. Los cadáveres embalsamados o conservados transitoriamente deben transportarse mediante féretro especial.
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PLAZOS
- Las operaciones de tanatopraxia deben realizarse con posterioridad a la inscripción de la muerte en el registro civil y una vez transcurridas 24 horas desde la defunción.
- El plazo a transcurrir desde la defunción hasta la inhumación o incineración no podrá exceder de 48 horas, salvo que se realicen prácticas de conservación transitoria (72 horas) o embalsamado (96 horas).
- En caso de cadáveres de tipo I, cuando existan razones sanitarias que aconsejen su inhumación o incineración inmediata, el Director General de Salud Pública ordenará que estas operaciones se realicen de forma urgente sin atenerse a los plazos estipulados.
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CADÁVERES DEL GRUPO I
Los cadáveres del grupo I son aquellos cuya causa de muerte está relacionada en el anexo I del reglamento, así como los contaminados por radiaciones o productos radiactivos. Asimismo serán considerados cadáveres potencialmente infecciosos, aquellos que por circunstancias epidemiológicas concretas determine la autoridad sanitaria competente.
- Cólera.
- Fiebres hemorrágicas.
- Enfermedad de Creuzfeldt-Jacob y otras encefalopatías por priones.
- Difteria.
- Peste.
- Carbunco.
- Fiebre Q.
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Iniciar solicitud
Te respondemos mediante
1. Notificación personal : a través de los servicios funerarios correspondientes.
Recursos
1.Recurso de alzada
Tu solicitud será tramitada por
Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Sanidad
Código: 2002463
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo