20021417-Registro y depósito de actas electorales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Proceder al registro y depósito de las actas de elecciones sindicales presentadas por parte del presidente de la mesa electoral o persona en que delegue.

Requisitos

  1. Comunicar la promoción electoral a la oficina pública.

  2. No omitir alguno de los datos de los modelos oficiales que impida el computo electoral.

  3. Que las actas estén firmadas por el presidente de la mesa electoral.

  4. Que las actas vayan extendidas en los modelos oficiales.

Necesitas

    • Acta de constitución de la mesa o mesas electorales (modelo 3).

    • Acta constitución de la mesa electoral de cada colegio (modelo 4).

    • Presentación de candidaturas (modelo 8).

    • Acta de escrutinio de delegados de personal (modelo 5).

    • Acta global de escrutinio de miembros de comités de empresa (modelo 7).

    • Las papeletas de votos nulos o impugnados por los interventores.

    • Acta de constitución de la mesa electoral (modelo 3).

    • Presentación de candidaturas (modelo 4).

    • Acta de escrutinio para delegados de personal (modelo 6).

    • Acta global de escrutinio para juntas de personal (modelo 8).

    • Las papeletas de votos nulos o impugnados.

  1. Certificado Digital o DNI electrónico

Te interesa saber

  1. DESTINATARIOS

    Presidentes de las mesas electorales o persona en que delegue.

  2. OFICINA PÚBLICA DE LA AUTORIDAD LABORAL

    La Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Oviedo será la que actúe como oficina pública de la autoridad laboral para el registro y depósito de actas electorales.

  3. SUBSANACIÓN

    Excepto en el supuesto de falta de comunicación de la promoción electoral a la oficina pública, esta requerirá dentro del siguiente día hábil, al presidente de la mesa electoral para que en el plazo de 10 días hábiles proceda a la subsanación correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se haya efectuado la subsanación, o no realizada esta en forma, la oficina pública procederá sin más trámites a la denegación del registro.

  4. IMPUGNACIONES

    Reclamaciones en materia electoral, presentación de impugnaciones.

  5. MODIFICACIONES

    Comunicación de sustituciones, revocaciones, dimensiones y extinciones de mandato.

Plazo de solicitud

Todo el año La presentación habrá de realizarse en el plazo de 3 días desde la redacción del acta, para su inmediata exposición en el tablón de anuncios.

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Reclamación previa a la vía jurisdiccional del orden social

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Relaciones Laborales

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Código: 20021417

Más información

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