Los organizadores del acto para el que se pretenda el reconocimiento de interés sanitario habrán de dirigir solicitud a la Dirección General de Salud, al menos tres meses antes de su celebración, con indicación del lugar y fechas previstos.
Presentación
Dirigido a
Asociaciones o entidades de naturaleza pública o privada
Más información
Reconocer de interés sanitario aquellos actos de carácter científico que, organizados por asociaciones o entidades de naturaleza pública o privada, tiendan a promover la aplicación y difusión de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud, y se celebren en el ámbito de la Comunidad Foral.
Dicho reconocimiento se realizará por la Dirección General de Salud.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Presentar la solicitud, junto con la documentación señalada, en el Servicio de Docencia y Desarrollo Sanitarios del Departamento de Salud, o en cualquiera de los Registros Generales del Gobierno de Navarra, dirigida a la Dirección General de Salud (Servicio de Docencia, Investigación y Desarrollo Sanitarios)
Pasos siguientes
Informe-propuesta de concesión o denegación emitido por el Servicio de Docencia y Desarrollo Sanitarios
Resolución de concesión o denegación de la Dirección general de Salud
Obtención del reconocimiento como museo o como colección museográfica permanente de Navarra.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Para museo: Personas físicas y jurídicas titulares de instituciones de carácter permanente abiertas al público que, sin ánimo de lucro y al servicio de la sociedad y su desarrollo, adquieren, conservan, investigan, comunican y exhiben, para fines de estudio, interpretación, educación y disfrute, bienes y colecciones de valor arqueológico, histórico, artístico, etnológico, científico y técnico o de cualquier otra naturaleza cultural.
Para colección museográfica permanente: Los titulares de conjuntos estables de bienes culturales conservados sin ánimo de lucro por una persona física o jurídica que, por lo reducido de sus fondos, escasez de recursos o carencia de personal técnico propio, no puedan cumplir todas las funciones atribuidas a los museos, siempre que sus titulares garanticen, al menos, la visita pública en horario adecuado y regular, las condiciones básicas de conservación, custodia y exposición, y el acceso de los investigadores a sus fondos.
Documento acreditativo de la creación del museo o de la colección museográfica permanente.
Documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el artículo 14 o en el artículo 15, según el caso, de la Ley Foral 10/2009, de museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
El reconocimiento se otorgará o denegará tras la verificación de los requisitos establecidos en la Ley Foral 10/2009, de museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra y previo informe del Consejo Navarro de Cultura, en el plazo de seis meses, entendiéndose otorgado si en dicho plazo no se ha notificado resolución expresa.
En el acto administrativo de reconocimiento de cada museo o colección museográfica permanente se enunciará: a) Denominación. b) Sede. c) Objetivos y criterios que lo delimitan. d) Titular y órgano de gestión. e) Organización básica y servcios con los que cuenta.
El acto administrativo de reconocimiento se inscribirá en el Registro de Museos y colección Museográficas Permanentes de Navarra.
Otorga a la mujer solicitante el reconocimiento de víctima de violencia de género.
Este reconocimiento le permite acceder a las prestaciones, ayudas y recursos para víctimas de violencia de género, excepto a la reserva de vivienda VPO. Esta última prestación debe solicitarse directamente en el Instituto Navarra para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
En cualquier caso, la acreditación por si sola no presupone el acceso al derecho, que se condiciona a otras variables de tipo económico y social.
Se realizan acreditaciones específicas para renta garantizada, renta de inserción, programas de empleabilidad, contratos bonificados de empleo, becas educativas (universitarias y escolares), enseñanzas no obligatorias del Departamento de Educación (conservatorios, escuelas oficiales de idiomas y título EGA) y entradas de piscinas públicas.
En los casos en que no exista denuncia, excepcionalmente, también se puede acreditar cuando existan indicios o hechos de violencia informados por profesionales especializados en atención a mujeres, servicios sociales de referencia para la víctima o servicios de asistencia psicológica.
Orden de protección en vigor a favor de la víctima.
Sentencia condenatoria firme, con carácter general de los últimos 5 años.
En caso de no cumplir con alguno de los requisitos anteriores, informe elaborado por los recursos especializados de atención a las mujeres (SMAM, EAIV, servicios sociales, servicios de asistencia psicológica, etc.).
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Oficina de Atención a las Víctimas del Delito Plaza del Juez Elío, nº 1, planta baja. 31011 Pamplona
Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres (publicada en el BON, nº 71, de 15/4/2015).
Contacto
Oficina de Atención a las Víctimas del Delito Plaza del Juez Elío, nº 1, planta baja. 31011 Pamplona Jefa de la sección: 848 42 76 71 Trabajadora social: 848 42 13 87 Negociado de asistencia y gestión administrativa: 848 423 376 Correo electrónico: oasistencia.victimas.delito@cfnavarra.es
Organismo responsable:
Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
Dirección General de Justicia.
Organismo responsable - convocante Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Dirección General de Justicia
Personas físicas y jurídicas que deseen ser titulares de Escuelas de Educadores en el Tiempo Libre domiciliadas en Navarra.
Documentación y tramitación
Documentación
Instancia general (dirigida al Director de la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes).
Acreditación de personalidad de la entidad o persona solicitante.
Estatutos por los que se regirá la Escuela.
Informe sobre los medios materiales e infraestructura.
Plan de viabilidad y justificación razonada de la necesidad de la Escuela en el área geográfica en que se desarrollará la actividad.
Proyecto formativo de la Escuela.
Proyecto económico.
Personal técnico: toda Escuela contará con un Director como responsable y representante.
Acreditación del título de diplomado o licenciado universitario, y del diploma de Director de Tiempo Libre, con una experiencia de al menos 2 años, para el Director de la Escuela.
Acreditar que la Escuela contará al menos con dos licenciados y un diplomado, que acrediten experiencia suficiente mediante certificado expedido por la Escuela, con la firma del Director, en el que conste una experiencia como formador de al menos dos años; realizar curso de capacitación organizado por la Escuela Navarra de Actividades con Jóvenes y estar en posesión del diploma de Director de Tiempo Libre.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Orden Foral 17/2002. de 20 de febrero (BON nº 41 de 03/04/2002), normas para el reconocimiento oficial de las escuelas de tiempo libre, funcionamiento ordinario y su relación con la ENAJ
Rectificación de los errores que existan en las distintas inscripciones de matrimonio, nacimiento o defunción en el Registro Civil donde estén inscritas.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Documentación y tramitación
Documentación
Certificado de empadronamiento
DNI
Documento que acredite la existencia del error (certificado literal).
Calificación, inscripción y registro con la condición de laborales de sociedades anónimas y sociedades limitadas que así lo soliciten y reúnan los requisitos para ello.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Servicio de Trabajo Registro Administrativo de Sociedades Laborales Parque Tomás Caballero nº1. 1ª planta. 31006 Pamplona (Navarra)
Servicio de Trabajo Sección de Economía Social, Trabajo Autónomo y Registros públicos laborales Parque Tomás Caballero, 1. 1ª planta. 31006 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 427 918 y 848 427 917 Correo electrónico: ecsocial@navarra.es
Para resolver problemas informáticos (certificado digital o DNI electrónico): Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Cualquier persona, en nombre propio o en representación de otra.
En el caso de Hacienda Tributaria de Navarra, la presentación se puede hacer en representación de terceras personas, siempre que se haya suscrito el acuerdo de colaboración externa correspondiente.
Más información
Los archivos adjuntos pueden ser:
CSV: Formato abierto de datos
DOC / DOCX: Formato de documento de texto de Microsoft (sin macros)
JPG / JPEG: Formato abierto de imagen
ODS: Formato abierto de hoja de cálculo
ODT: Formato abierto de documentos de texto
PDF: Formato abierto de documento portátil
RTF: Formato Microsoft para el intercambio de documentos multiplataforma
TIFF / TIF: Formato de imagen
TXT: Formato abierto de texto plano
XLS / XSLX: Formato de hoja de cálculo Microsoft
ZIP: Formato de archivo comprimido
El tamaño máximo de cada documento adjunto es de 20 Mb.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, (BON nº 48, de 18/04/2007) para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio, (BON nº 84, de 9/07/2008) por el que se crea el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio (BON nº 93, de 4/08/2006) por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.
Contacto
Para consultas sobre el contenido de los envíos, puede dirigirse a:
Oficina de Información al Público y Registro: Teléfono. 848 427115 Horario: lunes a viernes de 8,30 a 14,30 h. Correo electrónico: rgeneral@navarra.es
Teléfono de Atención al Contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8,30 a 17,30 h.
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Empresas y actividades industriales comprendidas en el art. 3 de la Orden Foral 152/2013
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
División A: Empresas y establecimientos que realicen alguna de las actividades o instalaciones siguientes:
Las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, y el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos o procesos técnicos utilizados y, en su caso, las instalaciones que estas precisen.
Las actividades de generación, distribución y suministro de la energía y productos energéticos.
Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, cualquiera que sea su origen y estado físico.
Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
Las actividades industriales relativas al medicamento y la sanidad.
Las actividades industriales relativas al fomento de la cultura.
El registro de las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.
División B:
Empresas de servicios habilitadas en materia de Seguridad industrial.
Servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial, directamente relacionados con las actividades de la división A.
División C: Entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes en materia de seguridad y calidad industrial.
Sólo en el caso de que quiera que le enviemos certificado de su inscripción, deberá aportar justificante de abono de tasas (30 euros)
Tramitar
En las oficinas
La tramitación se hará exclusivamente a través de medios electrónicos:
A través de Registro General Electrónico: 1- Cumplimente los datos de la solicitud, indicando el motivo de su solicitud 2- Escanee y adjunte los documentos de registro industrial debidamente cumplimentados. 3- Sólo en caso de que precise certificado de su inscripción, deberá adjuntar justificante de abono de tasas. 4- Firmar y enviar
A través del botón "tramitar"
Pasos siguientes
Los datos aportados se trasladarán de oficio para la inscripción en el Registro Integrado Industrial de ámbito estatal.
Real Decreto 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial (BOE nº 89 de 7/4/2010)
Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (BON nº 94 de 20/05/2013)
Contacto
Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta 31005 Pamplona (Navarra) Correo electrónico: carnes@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Económico
Cualquier persona física o jurídica titular de establecimientos que desarrollen la actividad objeto de registro.
Más información
Inscripción:
La inscripción en el registro supondrá la autorización para el funcionamiento, es decir, los establecimientos sólo podrán desarrollar la actividad si están inscritos en dicho registro.
La inscripción en el registro será válida por un período de cinco años. A partir de dicha fecha, será necesario solicitar la renovación.
Perderán la autorización de funcionamiento debido a una solicitud propia, por incumplimiento de las condiciones establecidas o por cualquiera de los motivos establecidos en la normativa que los regula. Si transcurridos seis meses desde esta pérdida, no solicitasen renovar la autorización, serán dados de baja definitivamente en el Registro
Baja:
Para darse de baja en el registro el interesado tendrá que presentar una solicitud. Posteriormente se realizará una inspección previa a la baja, en el plazo de 30 días a partir de la recepción de la solicitud.
Modificación:
Se pondrá en conocimiento de la oficina del Registro cualquier modificación sustancial que se haya producido en la información aportada por el titular del establecimiento, con posterioridad a la primera inscripción o sucesivas renovaciones.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Servicio de Ganadería Sección de Seguridad Alimentaria y Oficinas Pecuarias C/ González Tablas nº 9 31005 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 426 211 / 848 423 930 Fax: 848 423 932
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Servicio de Ganadería
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra Sección de Seguridad Alimentaria (Unidad de Apoyo Técnico y Registro) Tel. 848 42 35 08 Calle Leyre, 15 - Planta Baja 31003 Pamplona (Navarra)
Atención en oficina: Imprescindible cita previa. Se ha habilitado el teléfono 848 42 35 08 para solicitar cita previa. Los días destinados para estas consultas son martes y jueves de 12.00 a 14.00 horas, en el lugar arriba indicado.
Organismo responsable - convocante Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra