Deberá presentarse durante el mes de febrero del año siguiente al que se refiera la declaración
Presentación
Dirigido a
Deberán presentar este modelo las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica que deban presentar su declaración a Hacienda Tributaria de Navarra, según lo establecido en el artículo 46.2 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral.
Más información
Declaración informativa de consumos de energía eléctrica, en la que se hará constar, por cada contrato de suministro:
Nombre y apellidos o razón social y NIF de los contratantes, y de aquellos a cuyo cargo proceda efectuar el cobro de facturas.
Referencia catastral y localización del inmueble.
Potencia nominal contratada y consumo anual en kilovatios.
Ubicación del punto de suministro.
Fecha de alta del suministro.
Documentación y tramitación
Documentación
Impreso modelo 159 en soporte directamente legible por ordenador, para las declaraciones que contengan más de 12.000 registros.
Las de menos de 12000 registros se deben tramitar accediendo desde el apartado "Tramitación on-line" de esta ficha.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Acceso a la declaración
Las declaraciones que contengan menos de 12.000 registros deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática (pulse "Tramitar")
Para acceder a la aplicación debe disponer de una identificación:
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@cfnavarra.es
Las empresasgeneradoras de residuos de envases como poseedoras finales, informarán sobre su destino final con los formularios A y A2.
Lasempresasenvasadoras, lasempresasresponsables de la primera puesta en el mercado del envase y las empresascomerciantes que hayan exportado o enviado productos envasados a otros Estados miembros de la Unión Europea cumplirán con la obligación de información sobre los envases puestos en el mercado rellenando el formulario B.
Servicio de Economía Circular y Agua Sección de Residuos C/ Gonzalez Tablas, 9 Planta baja 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 421 490 Correo electrónico: residuos@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Deberá presentarse durante el mes de febrero de cada año, en relación con las operaciones realizadas en el año natural anterior.
Presentación
Dirigido a
Estarán obligados a la presentación de la declaración:
Personas físicas y jurídicas, de naturaleza privada o pública, así como entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividades empresariales o profesionales.
Entes públicos territoriales, sociedades estatales, cámaras y corporaciones, colegios y asociaciones profesionales, Mutualidades de previsión social, partidos políticos, sindicatos y las asociaciones empresariales, además, por las adquisiciones que realicen al margen de las actividades empresariales o profesiones.
La Administración de la Comunidad Foral, sus organismos autónomos y demás Administraciones Públicas Territoriales de Navarra, además por las subvenciones, auxilios o ayudas que concedan
Las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen funciones de cobro, siempre y cuando el total de la cantidad satisfecha a cada persona imputada haya superado la cantidad de 300,51 euros.
Documentación y tramitación
Documentación
El impreso correspondiente debidamente cumplimentado
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía y Hacienda Hacienda Tributaria de Navarra.
Los PCB/PCT son compuestos químicos que se han utilizado en la composición de los aceites de refrigeración de equipos eléctricos y que presentan una peligrosidad intrínseca que ha hecho necesario prohibir su producción y regular su eliminación.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Empresas que posean aparatos con PCBs sometidos a inventario.
Más información
La declaración de posesión deberá elaborarse todos años hasta el 2011 inclusive.
Los PCB/PCT (policlorobifenilos, polocloroterfenilos), son compuestos químicos que se han utilizado en la composición de los aceites de refrigeración de equipos eléctricos como transformadores, resistencia, inductores, condensadores eléctricos, arrancadores, etc., por sus buenas propiedades dieléctricas. Por contra, presentan una peligrosidad intrínseca que ha hecho necesario prohibir su producción y regular su eliminación en los equipos eléctricos existentes.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente Dirección General de Medio Ambiente
Declarar todos los residuos (peligrosos y no peligrosos) y los subproductos generados por la empresa durante el año natural anterior, así como las operaciones de gestión interna realizada.
Plazo
Del 01-01-2019 al 01-03-2019
Presentación
Dirigido a
Empresas productoras de residuos, exceptuando aquellas que habiendo obtenido una Autorización Ambiental Integrada, tengan la obligación de declarar los residuos generados al E-PRTR.
Estas empresas presentarán la Declaración Anual de Productor en el caso de haber generado "subproductos" y no ser Gestores de residuos. En cualquier caso sólo presentarán la información correspondiente a dichos subproductos.
Servicio de Economía Circular y Agua Sección de Residuos C/ Gonzalez Tablas, 9. Planta baja 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 421 490 Correo electrónico: residuos@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrolo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Informar sobre los datos de los perceptores de rentas sujetas al Impuesto sobre la Renta de no Residentes satisfechas o abonadas, respecto de las que:
Plazo
Abierto todo el año.
La declaración se presenta entre el uno de enero y el 5 de febrero de cada año, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan al año inmediato anterior.
Presentación
Dirigido a
Personas físicas, jurídicas y demás entidades que están obligadas a efectuar las retenciones e ingresos a cuenta a que se refiere el artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el caso de que las retenciones o ingresos a cuenta correspondan a la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Económico suscrito con el Estado.
Excepción: Sujetos obligados a retener o ingresar a cuenta en las transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, que efectuarán su declaración anual en el modelo 187.
Entidades domiciliadas, residentes o representadas en España, que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o que sean depositarias o gestionen el cobro de las rentas de valores. (Artículo 15.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes).
Las entidades domiciliadas, residentes o representadas en España, que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o que sean depositarias o gestionen el cobro de las rentas de valores, harán constar en la relación de perceptores los datos correspondientes a aquellos respecto de los que han actuado como pagadores por cuenta ajena o como depositarios o gestores en el cobro de las citadas rentas.
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía, Hacienda Hacienda Tributaría de Navarra
La declaración se presenta entre el primer día del quinto mes y el vigésimo quinto día natural del séptimo mes siguientes a la conclusión del periodo impositivo.
Presentación
Dirigido a
Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y no residentes (establecimiento permanente) que tributen exclusivamente a la Comunidad Foral de Navarra o en caso de tributar conjuntamente a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Foral cuando su domicilio fiscal esté en territorio navarro, siempre que el volumen de operaciones realizado durante el ejercicio anterior en territorio de régimen común no alcance el 75% del total.
Más información
Esta aplicación (programa de ayuda) permite confeccionar la declaración del Impuesto sobre Sociedades, tanto si tributa por el Régimen General (modelo S90) como si tributa por el Régimen Especial de los Grupos de Sociedades (modelo 220).
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación fiscal puede:
Obtener datos fiscales de la entidad
Importar en el programa de ayuda el archivo generado para el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil (Instrucciones)
Si confeccionó con el programa de ayuda la declaración del año anterior, puede llevar datos de dicha declaración a la declaración del año en curso (Instrucciones).
¿Cómo tramitar?
Por internet
Acceso a la descarga del programa
Pulsando la tecla "Tramitar" puede descargarse el programa de ayuda que le permite realizar la declaración. Para ello debe seguir los pasos siguientes:
Descargar todos los módulos y ejecutar el módulo indicado. En el supuesto de que el programa esté ya instalado, los módulos a descargar serán los correspondientes a "Actualización".
Una vez instalado, puede acceder al programa de ayuda desde el icono creado en su escritorio. Por seguridad, debe crear un usuario y contraseña para posteriores accesos.
Una vez introducidos los datos iniciales del presentador y del sujeto pasivo, acceda desde la lista de modelos/impuesto de sociedades al modelo que le interese (S90 ó 220)
Cuando haya cumplimentado el modelo y realizado la validación final, envélo telemáticamente pulsando la opción "Internet"
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@cfnavarra.es
Para resolver problemas informáticos: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Los mecenas podrán beneficiarse de los incentivos fiscales previstos en la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo sobre mecenazgo cultural, así como de los incentivos fiscales de la Comunidad Foral de Navarra.
Plazo
Del 01-10-2019 al 31-10-2019
Anualmente, se establecen dos periodos de solicitudes, del 1 al 31 de mayo y del 1 al 31 de octubre .
Presentación
Dirigido a
Pueden solicitar la declaración de interés social de un proyecto o actividad cultural:
Entidades sin ánimo de lucro domiciliadas fiscalmente en Navarra.
Las universidades establecidas en Navarra que no tengan carácter público.
Los hogares, centros y casas de Navarra en otras Comunidades Autónomas y en el extranjero.
La Iglesia Católica y las demás iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado Español.
Personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica con domicilio fiscal en Navarra que desarrollen de forma habitual actividades artísticas y cuyo importe neto de la cifra de negocios no haya superado los 200.000 euros en el año inmediatamente anterior. Se consideran actividades artísticas las incluidas en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas recogidos en la Ley Foral de Mecenazgo Cultural, entre los que se encuentran: pintores/as, escultores/as, escritores/as, ceramistas, artesanos/as, grabadores/as, restauradores/as de obras de arte o los que realicen actividades relacionadas con el cine, el teatro y el circo, el baile y la música.
Más información
Se entiende por proyecto o actividad cultural cualquiera que esté relacionado con las siguientes materias:
La cinematografía, las artes audiovisuales y las artes multimedia.
Las artes escénicas, la música, la danza, el teatro y el circo.
Las artes visuales: artes plásticas o bellas artes, la fotografía y el diseño.
El libro y la lectura y las ediciones literarias, fonográficas y cinematográficas en cualquier formato o soporte.
Los procesos y proyectos de investigación generados en la diversidad de productos culturales existentes en la actual sociedad del conocimiento.
La investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio cultural material e inmaterial de Navarra, atendiendo especialmente a la diversidad lingüística de Navarra.
El folclore y las tradiciones populares de Navarra, particularmente la música popular y las danzas tradicionales.
Cualesquiera otras actividades artísticas y/o culturales.
NIF del solicitante (solo si no se autoriza su consulta por el órgano instructor).
DNI/NIE del representante cuando proceda (solo si no se autoriza su consulta por el órgano instructor).
Acreditación de la representación cuando proceda (sólo si no está en poder de la Administración y se autoriza su consulta por el órgano instructor).
Certificado de que el solicitante tiene domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra (solo si no se autoriza su consulta por el órgano instructor).
Estatutos de la entidad cuando proceda (sólo si no están en poder de la Administración y no se autoriza su consulta por el órgano instructor).
Memoria descriptiva del proyecto o actividad para el que se solicita la declaración de interés social: Castellano/ Euskera
Normativa
Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 101 de 26/05/2014)
Orden Foral 77/2014, de 16 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Declaración de Interés Social de Proyectos y Actividades Culturales (BON nº 191 de 30/09/2014)
Actividades laborales afectadas, y cuyos titulares deben presentar la declaración y realizar los estudios necesarios:
1. Lugares de trabajo subterráneo como:
Cuevas y galerías.
Minas distintas de las del uranio.
2. Establecimientos termales. 3. Instalaciones donde se almacenen y traten aguas de origen subterráneo. 4. Lugares de trabajo, subterráneos o no subterráneos, en áreas identificadas por sus valores elevados de radón. 5. Extracción de tierras raras. 6. Producción y utilización del torio y sus compuestos. 7. Producción de niobio y ferro-niobio. 8. Producción de gas y petróleo. 9. Producción de cemento, mantenimiento de hornos de «clinker». 10. Fabricación de pigmentos de dióxido de titanio. 11. Industria del fosfato (producción de ácido fosfórico y de fertilizantes fosfatados). 12. Industria del zirconio. 13. Producción de estaño, cobre, aluminio, hierro, acero, cinc y plomo. 14. Centrales térmicas de carbón.
Más información
El Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, y modificado por Real Decreto 1439/2010, de 5 de noviembre, establece en su artículo 62 que los titulares de actividades laborales, no reguladas en su artículo 2.1, en los que existan fuentes naturales de radiación, deberán:
Declarar estas actividades ante los órganos competentes en materia de industria de las Comunidades Autónomas en cuyo territorio se realizan estas actividades laborales.
Realizar los estudios necesarios a fin de determinar si existe un incremento significativo de la exposición de los trabajadores o de los miembros del público que no pueda considerarse despreciable desde el punto de vista de la protección radiológica.
Documentación y tramitación
Documentación
La declaración de actividad debe realizarse en el plazo de 3 meses desde el inicio de la actividad laboral.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Una vez presentada la Declaración de actividad y los estudios necesarios, el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial remitirá una copia a la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y al Consejo de Seguridad Nuclear, quien a la vista de los mismos, identificará aquellas actividades laborales que deban ser objeto de especial atención y estar sujetas a control.
Normativa
Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (BOE Nº 178.26.07.2001)
Real Decreto 1439/2010, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001, de 6 de julio. (BOE Nº 279, de 18.11.2010)
Personas físicas con residencia habitual en territorio navarro.
Personas físicas o entidades en atribución de renta que hayan obtenido durante el año rendimientos de capital mobiliario o incrementos de patrimonio sometidos a retención o ingreso a cuenta superiores al límite señalado por la normativa para ese ejercicio.
Trabajadores y pensionistas que hayan tenido durante el año unos ingresos brutos por rendimientos del trabajo superiores al límite señalado por la normativa para ese ejercicio.
Todos los empresarios y profesionales.
Los miembros de una unidad familiar pueden optar por realizar la declaración de forma conjunta o separada, según le resulte más favorable.
Documentación y tramitación
Documentación
Impreso modelo F90 cumplimentado.
Original y fotocopia del NIF.
Justificantes de ingresos y retenciones de ese ejercicio.
Justificantes de las deducciones efectuadas.
Fotocopia del Libro de Familia.
En caso de optar por la presentación telemática, automática o en entidades colaboradoras, los justificantes no se incorporarán a las declaraciones si los datos en ellos contenidos han sido previamente facilitados y se encuentran en poder de la Hacienda Tributaria de Navarra.
¿Cómo tramitar?
Por internet
En las oficinas
La presentación fuera de la campaña puede ser presencial sólo en una oficina de Hacienda.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía y Hacienda. Hacienda Tributaria de Navarra.