Permite concertar cita con el gestor de la sección de atención técnica y entidades colaboradoras para resolver consultas de tipo técnico-tributario.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Exclusivamente entidades colaboradoras en la presentación telemática de declaraciones en representación de terceras personas.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Acceso a la solicitud de cita previa
Puede acceder mediante:
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio) o
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: atencion.asesorias@navarra.es
Para resolver problemas informáticos: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía, Hacienda, Industria y Empleo
Permite solicitar cita previa para hacer la declaración de la renta del año 2018
Plazo
Del 10-04-2019 al 21-06-2019
Presentación
Dirigido a
Cualquier contribuyente navarro
Contacto
Para solicitud de cita por teléfono: 948 505 505 / 948 505 506
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 50 51 52 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@cfnavarra.es
Permite solicitar cita con el personal técnico encargado de realizar el informe de esfuerzo de integración.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Las personas extranjeras que deseen:
Renovar su autorización de residencia temporal, residencia temporal y trabajo
Acreditar un esfuerzo de integración
Más información
Para la elaboración del informe será necesaria una entrevista presencial con la persona solicitante realizada por el personal técnico competente en su elaboración.
Las entrevistas se realizan los martes de 10:00 a 12:00 horas.
Documentación y tramitación
Documentación
En el momento de la entrevista se ha de aportar esta documentación.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Personalmente en la: Dirección General de Políticas Migratorias C/Arrieta, 25 PAMPLONA A través del teléfono de cita previa: 848 421 466; 848 421 519
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE 12/01/2000; corr. err., BOE 24/01/2001)
Poner a disposición de todos los ciudadanos la posibilidad de informar a la Policía Foral de Navarra sobre cualquier hecho de índole policial que resulte de interés, aportando datos.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Todos los ciudadanos
Más información
Este apartado es anónimo, si usted lo desea puede identificarse.
Reconocimiento, tramitación y pago de un complemento anual de pensión a favor de los titulares de pensión de jubilación e invalidez, que residan en una vivienda alquilada.
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Ciudadanos que cumplan los siguientes requisitos:
Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
Carecer de vivienda en propiedad.
Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva (PNC), sólo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Más información
Son pensiones de la Seguridad Social cuya gestión está transferida a la Comunidad Foral de Navarra.
La cuantía se establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado.
Solicitud en impreso específico debidamente cumplimentado.
Certificado de empadronamiento.
Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento en el que figure la localización de la vivienda, la identificación del arrendador y del arrendatario y la duración del contrato. En el caso de contratos de arrendamiento no formalizados por escrito la condición de arrendatario se acreditará por cualquier medio de prueba válido en derecho (recibos, facturas, etc.) en el que se lea claramente el nombre del arrendador y del arrendatario.
Declaración responsable del pensionista en la que conste que el arrendador o arrendadores de la vivienda alquilada no tienen con él relación de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado, ni conyugal ni de unión estable y de convivencia.
Fotocopia compulsada del documento que acredite la representación cuando la solicitud se suscriba por persona distinta al beneficiario pensionista no contributivo.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Preferentemente en el Departamento de Derechos Sociales C/ González Tablas, 7 31005 Pamplona
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h
Comprobar la validez del número de identificación a efectos del IVA asignado por los Estados Miembros de la Unión Europea
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Todas aquellas personas físicas o jurídicas:
que realicen operaciones con empresarios y profesionales de otros Estados de la Comunidad y
que quieran comprobar tanto si ellos como si los empresarios o profesionales con quienes van a realizar dichas operaciones figuran entre las empresas registradas en la Unión Europea
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía y Hacienda. Hacienda Tributaria de Navarra.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Comunicar a Hacienda Tributaria de Navarra la modificación de Bases Imponibles de IVA debido a la declaraciòn de concurso del deudor o por créditos incobrables.
Plazo
Abierto todo el año.
El sujeto pasivo acreedor deberá presentar la comunicación en el plazo de un mes, contado desde la fecha de expedición de la factura rectificativa. Si el declarante es trimestral (modelo Impuesto sobre el Valor Añadido F69), deberá presentar modelo 289 Trimestral, con indicación año/periodo en el que se incluyen las cuotas repercutidas rectificadas en la correspondiente declaración trimestral Si el declarante es mensual (modelo Impuesto sobre el Valor Añadido F66, 322 ó 353), deberá presentar modelo 289 Mensual, con indicación año/periodo en el que se incluyen las cuotas repercutidas rectificadas en la correspondiente declaración mensual
El sujeto pasivo deudor deberá presentar la comunicación dentro del plazo previsto para la presentación de la declaración-liquidación correspondiente al periodo (mensual/trimestral) en que se hayan recibido las facturas rectificativas.
Presentación
Dirigido a
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que hayan modificado la base imponible por auto judicial de declaración de concurso del destinatario o por créditos incobrables, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo)
El destinatario de las mismas en caso de ser empresario o profesional.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Tramitación online
La comunicación se realizara de forma telemática. Puede acceder a la aplicación pulsando "Tramitar".
No obstante, deberá además presentarse por medio del Registro telemático, copia de las facturas rectificativas, justificación acreditativa del envío de las mismas al deudor y demás documentación exigida por el artículo 15.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo).
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Personas físicas y jurídicas dedicadas a la exploración, investigación, aprovechamiento, concesión o tratamiento de yacimientos minerales y recursos geológicos.
Más información
Las empresas mineras deben informar al órgano competente en minería, dentro de las 24 horas siguientes, de todos los accidentes mortales y graves que se produzcan y de cualquier situación de peligro grave.
Además de al órgano competente en minería, se deben comunicar a la autoridad laboral, también dentro del plazo de 24 horas, a través del sistema DELTA, los accidentes ocurridos en los siguientes casos:
Un fallecimiento
Un accidente muy grave
Un accidente grave
Cuatro o más personas accidentadas, en el mismo accidente.
La documentación se debe presentar en formato digital. Los diferentes documentos se deben presentar en archivos separados y debidamente nombrados para facilitar su identificación. Los que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente o escaneados tras haberse firmado en papel.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Este trámite se puede realizar únicamente de forma electrónica.
Normativa
Normativa sectorial minera:
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias
Normativa laboral general:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales
Orden de 16 de diciembre de 1987 por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo y se dan instrucciones para su cumplimentación y tramitación
Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico
Resolución de 26 de noviembre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se regula la utilización del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (DeltU) que posibilita la transmisión por procedimiento electrónico de los nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo, aprobados por la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre
Para resolver cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soportec@navarra.es
Organismo responsable - convocante Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial