Comunicaciones sobre IVA por declaración de concurso del deudor y créditos incobrables (mensual - trimestral) (modelo 289)
Comunicar a Hacienda Tributaria de Navarra la modificación de Bases Imponibles de IVA debido a la declaraciòn de concurso del deudor o por créditos incobrables.
Plazo
Abierto todo el año.
- El sujeto pasivo acreedor deberá presentar la comunicación en el plazo de un mes, contado desde la fecha de expedición de la factura rectificativa.
Si el declarante es trimestral (modelo Impuesto sobre el Valor Añadido F69), deberá presentar modelo 289 Trimestral, con indicación año/periodo en el que se incluyen las cuotas repercutidas rectificadas en la correspondiente declaración trimestral
Si el declarante es mensual (modelo Impuesto sobre el Valor Añadido F66, 322 ó 353), deberá presentar modelo 289 Mensual, con indicación año/periodo en el que se incluyen las cuotas repercutidas rectificadas en la correspondiente declaración mensual - El sujeto pasivo deudor deberá presentar la comunicación dentro del plazo previsto para la presentación de la declaración-liquidación correspondiente al periodo (mensual/trimestral) en que se hayan recibido las facturas rectificativas.
Presentación
Dirigido a
- Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que hayan modificado la base imponible por auto judicial de declaración de concurso del destinatario o por créditos incobrables, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo)
- El destinatario de las mismas en caso de ser empresario o profesional.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Tramitación online
- La comunicación se realizara de forma telemática. Puede acceder a la aplicación pulsando "Tramitar".
- No obstante, deberá además presentarse por medio del Registro telemático, copia de las facturas rectificativas, justificación acreditativa del envío de las mismas al deudor y demás documentación exigida por el artículo 15.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo).
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
La comunicación se hace exclusivamente por internet (ver "Tramitación online").
Pasos siguientes
Puede acceder mediante:
- Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet).
Normativa
- Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Art. 28
- Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo). Art. 15
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es - Para la resolución de problemas informáticos:
Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Oficinas de la administración
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Tel. 848421942
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Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña
Direccion General de Industria, Energia e Innovacion
Calle Parque Tomás Caballero 1, 31005, Pamplona/Iruña
Escuela de Seguridad de Navarra
Carretera Zaragoza KM 9, 31191, Beriáin
Banco de Sangre y Tejidos de Navarra
Calle Irunlarrea 3, 31008, Pamplona/Iruña
Gerencia de Atencion Primaria
Plaza De la Paz S/N, 31002, Pamplona/Iruña
Direccion General de Administracion Local
Calle Arrieta 12, 31002, Pamplona/Iruña
Direccion General de Informatica, Telecomunicaciones e Innovacion Publica
Calle Cabárceno 6, 31621, Valle de Egüés/Eguesibar