Dentro de esta campaña, en la actualidad se está procediendo a la fase del suministro de productos.
Plazo
Del 31-12-2018 al 21-06-2019
Presentación
Dirigido a
Los proveedores autorizados para la distribución de frutas y hortalizas en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso lectivo 2018/2019.
Más información
Los productos se suministrarán una vez a la semana de manera que los alumnos consuman un total de 38 raciones de fruta, hortalizas y/o zumo.
Al menos el 20% de las raciones deberán ser de productos ecológicos.
Se repartirán tres raciones semanales de fruta, hortalizas y/o zumo.
De las raciones semanales, al menos 2 se presentarán en pieza entera.
Cada pieza tendrá aproximadamente 150 gramos.
En caso de zumo de frutas, la ración también será de unos 150 gramos o mililitros.
En aquellos centros en los que algún alumno o alumna padezca algún tipo de alergia a determinadas frutas y/u hortalizas, y siempre que haya sido comunicado previamente al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, se suministrarán otros productos para cubrir las necesidades únicamente del aula del alumnado con dicha alergia.
El suministro se llevará a cabo por un único proveedor autorizado de los productos durante 13 semanas lectivas del curso, entre los meses de febrero y junio de 2019.
El suministro se realizará para un número máximo de 13.000 alumnos y alumnas de 152 colegios (Anexo II de la Convocatoria).
Documentos que justifiquen la titularidad de los vehículos.
Propuesta de plan de distribución para el curso escolar 2018-2019 detallando:
El calendario de reparto.
Características del suministro de acuerdo con las condiciones de la base Tercera.
Resumen de los productos que se tiene previsto distribuir en el Plan, indicando: tipo de producto, calidad, variedad, origen o procedencia de los mismos, certificación de calidad, y forma de presentación.
Detalle de los equipos materiales humanos de los que dispone para llevar a cabo el suministro.
Importe total de la propuesta.
Pasos siguientes
Presentación de la solicitud de pago de la ayuda y de la documentación justificativa de la distribución de frutas y hortalizas, así como de los gastos efectuados.
Comprobación de la justificación de la distribución y los gastos.
Pago de las ayudas.
Normativa
Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre (DOUE nº347, 20/12/2013).
Reglamento Delegado (UE) 2017/40 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la ayuda de la Unión para el suministro de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares y se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.o 907/2014 de la Comisión.
Reglamento Ejecucion FL. 2017/39, de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016 por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europea y del Consejo en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche.
Real Decreto 511/2017, de 22 de mayo, por el que se desarrolla la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea en relación con el programa escolar de consumo de cfrutas, hortalizas y leche.
Servicio de Agricultura Sección de Regulación de Mercados C/ González Tablas nº9, 1ª Planta 31005 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 426 158 / 848 426 167 Fax: 848 426 170 Correo electrónico: srima@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería
Organizadores de certámenes ganaderos en la Comunidad Foral de Navarra con la autorización correspondiente.
Más información
El criterio de selección para determinar el orden de prioridad será según el tipo de certamen: a) Concurso: 10 puntos b) Subasta: 5 puntos c) Exposición: 5 puntos d) Muestras: 3 puntos
Existirá también una limitación en base al ganado participante y a la forma que adopte el certamen, de conformidad a lo dispuesto en la Orden Foral 491/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regulan los certámenes ganaderos y otras concentraciones de animales en la Comunidad Foral de Navarra:
Exposición o subasta o concurso en la que concurre ganado puro y selecto, inscrito en los libros genealógicos, registros especiales o catálogos de raza reconocidos oficialmente, al que pueden concurrir animales de varias especies. El importe será de: 1. 40 euros para el equino razas Jaca Navarra, Burguete y Pottoka. 2. 40 euros para el bovino razas Pirenaica, Betizu y Casta Navarra. 3. 10 euros para el ovino, razas Navarra, latxa, Sasi Ardi, o caprino raza Pirenaica. 4. 20 euros para el porcino de raza Euskal Txerria.
Muestra, que es el pequeño certamen de duración inferior a una jornada y con la asistencia exclusiva de animales pertenecientes al municipio y áreas colindantes, de período anual o superior, que acompaña a otras actividades dentro de un programa festivo, sin finalidad estrictamente comercial. En este supuesto el importe será de: 1. 20 euros para el equino y el vacuno. 2. 5 euros para el ovino y caprino 3. 10 euros para porcino
Mercado o feria que es el certamen que se realiza en un lugar fijo, con una periodicidad determinada, con presencia o no de ganado y con una finalidad puramente comercial, para que en el mismo se realicen transacciones. No se percibirá ayuda en este supuesto.
Nombre, dirección postal y teléfono de la persona o personas encargadas de la organización, a efectos de comunicaciones y petición de datos. Si esta persona no coincide con el responsable designado por la organización se deberán incluir igualmente los datos de éste último. Acreditación de la personalidad y condición de la Comisión organizadora en el caso en que sea delegada por un ente local.
Previsión de gastos, desglosado por capítulos, con indicación de gastos de transporte de animales, costes de publicaciones y sitios web que anuncien el evento, gastos de alquiler de locales y pabellones o costes de instalación y desmantelamiento y gastos en premios según modelo del anexo II de la Orden Foral 189/2016, de 7 de junio.
Justificante de la previsión de participación de ganado según modelo del anexo II de la Orden Foral 189/2016, de 7 de junio.
Declaración de no encontrarse incurso en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario, contemplados en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Autorización para comprobar las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Viticultores con referencia a viñedos destinados a la producción de uvas de vinificación, situados en parcelas enclavadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y amparadas dentro de la Denominación de Origen "Navarra" o Indicación Geográfica Protegida "3 Riberas", Indicación Geográfica Protegida "Ribera del Queiles" o dentro de la Denominación de Origen Calificada "Rioja".
El viticultor solicitante deberá estar agrupado en un plan colectivo.
Fotocopia del DNI, NIF o CIF de cada solicitante. En caso de entidades asociativas, documentación en la que conste la identificación de la persona autorizada como representante de la misma en el marco de estas ayudas.
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Viticultores con referencia a viñedos destinados a la producción de uvas de vinificación, situados en parcelas enclavadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y amparadas dentro de la Denominación de Origen "Navarra" o Indicación Geográfica Protegida "3 Riberas", Indicación Geográfica Protegida "Ribera del Queiles" o dentro de la Denominación de Origen Calificada "Rioja".
El viticultor solicitante deberá estar agrupado en un plan colectivo.
Fotocopia del DNI, NIF o CIF de cada solicitante. En caso de entidades asociativas, documentación en la que conste la identificación de la persona autorizada como representante de la misma en el marco de estas ayudas.
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Ayuda para las labores de gestión de los libros genealógicos en el desarrollo de programas de control de rendimiento y en otros aspectos relacionados con la genética, la reproducción y la mejora de la calidad y gestión de la explotación.
Plazo
Del 03-03-2017 al 03-04-2017
Presentación
Dirigido a
Asociaciones de criadores de ganado selecto de razas no autóctonas de Navarra, debidamente autorizadas, que además de cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 11 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de razas ganaderas, tengan la condición de PYME de acuerdo con el anexo 1 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, y estén incluidas en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, según el Anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre.
Más información
Para el cálculo del máximo de gasto elegible se realizará el cálculo con los indicadores de actividad realmente ejecutados a 31 de diciembre del año anterior al de presentación de la correspondiente solicitud de ayudas, según la relación de indicadores.
El importe de la subvención es el resultante de aplicar a los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad, los siguientes porcentajes:
100% de gastos de gestión de libro genealógico
70% de gastos de control de rendimiento para asociaciones de criadores de razas catalogadas como de la Unión Europea o de terceros países.
Copia compulsada de los estatutos de la asociación, en caso de que sea la primera vez que se solicita la ayuda. Igualmente se deberán presentar si se ha realizado alguna modificación respecto a la documentación presentada en años anteriores.
Memoria de actividades de la asociación en el año anterior a la solicitud, especificando, entre otros datos, el número de inscripciones en libro genealógico realizadas, estado final del mismo, número de controles de rendimientos o morfológicos realizados y animales sometidos a los mismos, así como número de inseminaciones o cubriciones, el número de controles de filiación realizados, el número de dosis de semen enviadas al banco de germoplasma, y las actividades realizadas para la difusión de la raza con el número de animales participantes, en su caso.
Una memoria económica abreviada, que incluirá al menos un estado representativo de los gastos necesarios para el desarrollo de las actividades subvencionables, separando los gastos de creación y mantenimiento de libros genealógicos, de los gastos de las pruebas destinadas a determinar el rendimiento del ganado y de las pruebas destinadas a determinar la calidad genética del ganado, en el año de referencia, así como un resumen de otros gastos imputables a actividades no subvencionables.
Relación de las explotaciones ganaderas navarras asociadas a 31 de diciembre de 2016. Se facilitará un disquete u otro tipo de soporte informático con una base de datos en la que se incluyan, al menos, la razón social, el NIF/CIF, el número de explotación y la relación individual de animales inscritos en el libro genealógico de cada explotación.
Declaración de no encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario, contemplados en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Autorización para comprobar las obligaciones tributarias y de Seguridad Social con el siguiente literal: "Don xxx, en nombre propio / en representación de xxx, autorizo al Departamento de Desarrollo Rural, Administración Local y Medio Ambiente para que compruebe, dentro del procedimiento de tramitación de la convocatoria de ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de Navarra de Navarra en el ejercicio anterior, que yo mismo / la entidad a la que represento se halla al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social."
Para percibir el importe de la subvención concedida deberá presentar, como fecha límite el 15 de noviembre, las facturas de los gastos necesarios para el desarrollo de las actividades subvencionables en el periodo de referencia, previa presentación de la documentación justificativa de todos los gastos y pagos correspondientes derivados de las actividades desarrolladas, así como la restante documentación exigible, así como justificantes de pago de ellas. La acreditación de los gastos podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
Pasos siguientes
Recepción de la documentación
Revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos
Servicio de Ganadería Sección de Producción Animal Negociado de Desarrollo Ganadero C/ González Tablas nº 9 31005 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 423 923 Fax: 848 423 932 Correo electrónico: produccion.animal@cfnavarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante
Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería Servicio de Ganadería
Antes del 1 de febrero de 2015 (solicitud, proyecto de inversión y documentación).
Presentación
Dirigido a
Personas físicas o jurídicas titulares de microempresas, pymes o empresas intermedias que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos subvencionables.
Para resolver cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Personas físicas o jurídicas titulares de microempresas, pymes o empresas intermedias que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos subvencionables.
Servicio de Agricultura Sección de Regulación de Mercados Calle González Tablas nº 9, 1ª planta 31005 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 426 158 Fax: 848 426 170 Correo electrónico: srima@navarra.es;
Para resolver cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@cfnavarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local Dirección General de Agricultura y Ganadería
Víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos económicos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, que cumplan los siguientes requisitos:
No convivir con el agresor.
Carecer de rentas que superen el importe vigente para la Renta Básica en la Comunidad Foral de Navarra, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, en cómputo mensual.
Residir en la Comunidad Foral de Navarra.
En el caso de carecer de nacionalidad española, estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y en las agencias de colocación, de acuerdo con la normativa vigente sobre permanencia y trabajo de los extranjeros en España.
Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
Más información
El importe de la ayuda será, con carácter general, equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo.
Cuando la víctima tuviera responsabilidades familiares y/o algún miembro de la unidad familiar tuviera reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33% el importe de la ayuda será el equivalente a doce, dieciocho, o veinticuatro meses de subsidio por desempleo.
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas que carezcan de nacionalidad española deberán aportar en su lugar, fotocopia del pasaporte, de la autorización de residencia y de la autorización de trabajo.
Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género
Fotocopia del DNI de familiares bajo su responsabilidad, o menores en situación de acogimiento, que estén obligados a poseerlo, o fotocopia del pasaporte en el caso de que carezcan de la nacionalidad española.
En el caso de existir convivencia, el certificado de empadronamiento deberá incluir todas las personas residentes en el domicilio.
En el caso de no existir convivencia, fotocopia del convenio o resolución judicial en virtud de los cuales exista obligación de alimentos.
En el caso de existir menores en acogimiento, documento de acogimiento judicial o administrativo.
En el caso de alegar concurrencia de minusvalía en sí misma o en alguno de los familiares a su cargo, o menores en acogimiento, documento oficial acreditativo de tal condición.
En el caso de alegar gastos en concepto de vivienda habitual, recibo correspondiente al pago efectuado en el último mes.
Todos los documentos deberán ser originales o fotocopias compulsadas notarial o administrativamente.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua C/ Alhóndiga, 1, 2º 31002 Pamplona
La Resolución se dictará y notificará al solicitante en el plazo de 3 meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del Instituto Navarro para la Igualdad / Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
La falta de resolución y notificación expresa dentro del plazo previsto tendrá carácter desestimatorio.
Ayuda económica dirigida al alumnado en situación socioeconómica desfavorable, de los centros concertados y entidades autorizadas para impartir Programas de Currículo Adaptado.
Plazo
Del 09-09-2016 al 29-09-2016
Presentación
Dirigido a
Centros educativos concertados y entidades autorizadas para impartir Programas de Currículo Adaptado de la Comunidad Foral de Navarra.
Más información
Se abonará por alumno de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria:
Ayudas para equipamiento personal: hasta 150 euros.
Ayudas para comedor: hasta 400 euros.
Cuantías totales:
Ayudar a costear su equipamiento personal (106.000 euros).
Subvencionar el servicio de comedor escolar (300.000 euros).
Se reservan 7.000 euros para atneder las demandas solicitadas con posterioridad a la Resolución de concesión
Informes de los Servicios Sociales, de los Ayuntamientos correspondientes, que acrediten la situación socioeconómica desfavorable de las familias del alumnado.
Declaración del centro de que los alumnos perceptores de estas ayudas no realizan aportación económica alguna en concepto de cuota de enseñanza.
Pasos siguientes
Propuesta provisional de concesión, que será comunicada a los centros.
Presentación por los centros de alegaciones a la propuesta provisional.
Informes de los servicios sociales, de los ayuntamientos correspondientes, que acrediten la situación socioeconómica desfavorable de las familias del alumnado.
Declaración del centro de que los alumnos perceptores de estas ayudas no realizan aportación económica alguna en concepto de cuota de enseñanza.
Pasos siguientes
Propuesta provisional de concesión, que será comunicada a los centros.
Presentación por los centros de alegaciones a la propuesta provisional.