Requisitos
Alcance de la acreditación
Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo
Unidades de competencia y plazas convocadas
SEA251_3: Gestión de servicios para el control de organismos nocivos: 30 plazas.
Unidades de competencia:
Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia.
Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.
Destinatarios y requisitos
Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de esta resolución, los siguientes requisitos:
Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad en los que esté incluida la cualificación profesional cuya acreditación se solicita, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. (Fecha de publicación, 17 de diciembre de 2014).
El plazo comienza el 18 de diciembre y finaliza el 7 de enero de 2015.
El plazo máximo para resolver la admisión y para su notificación será de 6 meses desde la publicación de esta convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Más información
Resolución 3794, de 5 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo por la que se convoca el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral de la cualificación Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como por vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Tasas
En el supuesto de resultar seleccionado, será necesario abonar la tasa de acceso al procedimiento y acudir a las sesiones de asesoramiento cuando se le comunique.
El no cumplimiento de lo indicado será entendido como desistimiento de la solicitud.
Información y orientación
Durante el plazo de admisión se realizará al menos una sesión informativa dirigida a las personas interesadas en la convocatoria.
Publicación y notificaciones
La publicación y las notificaciones de los actos derivados de este procedimiento se efectuarán mediante su publicación en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el sitio web www.larioja.org/empleo y en el tablón de anuncios del Departamento de Cualificaciones de La Rioja. Ello sin menoscabo de que puedan efectuarse notificaciones individuales por escrito, en cuyo caso, será la fecha de éstas la que cuente a efectos de cómputo de plazos.
Prioridad
De las solicitudes admitidas, serán prioritarias las realizadas por quienes estén trabajando en el entorno profesional y funcional definido en la cualificación solicitada y que presten sus servicios en empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de La Rioja
A los admitidos se les asignará una puntuación en función de la experiencia laboral y la formación, relacionadas con las competencias profesionales a acreditar, en los últimos 10 años:
Dentro de los admitidos, se seleccionará a quienes obtengan mayor puntuación.
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Anexo II_ Modelo de solicitud ( 643.2 Kb)
Anexo III_Modelo de curriculum vitae europeo ( 80 Kb)
Anexo IV_Certificación de empresa ( 88.5 Kb)
Anexo V_Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia ( 87.5 Kb)
Anexo VI_Certificación para trabajador voluntario o becario ( 88.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Sección de Cualificaciones Profesionales
Requisitos
Alcance de la acreditación
Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo
Unidades de competencia y plazas convocadas
ELE257_2: Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión: 50 plazas.
Unidades de competencia:
Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia.
Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.
Destinatarios y requisitos
Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de esta resolución, los siguientes requisitos:
Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad en los que esté incluida la cualificación profesional cuya acreditación se solicita, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud es de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Fin de plazo: 22 de enero 2015
El plazo máximo para resolver la admisión y para su notificación será de 6 meses desde la publicación de esta convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Más información
Resolución nº 1213, de 16 de diciembre de 2014, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se convoca el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral de la cualificación "Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión".
Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como por vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Tasas
En el supuesto de resultar seleccionado, será necesario abonar la tasa de acceso al procedimiento y acudir a las sesiones de asesoramiento cuando se le comunique.
El no cumplimiento de lo indicado será entendido como desistimiento de la solicitud.
Información y orientación
Durante el plazo de admisión se realizará al menos una sesión informativa dirigida a las personas interesadas en la convocatoria.
Publicación y notificaciones
La publicación y las notificaciones de los actos derivados de este procedimiento se efectuarán mediante su publicación en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el sitio web www.larioja.org/empleo y en el tablón de anuncios del Departamento de Cualificaciones de La Rioja. Ello sin menoscabo de que puedan efectuarse notificaciones individuales por escrito, en cuyo caso, será la fecha de éstas la que cuente a efectos de cómputo de plazos.
Prioridad
A los admitidos se les asignará una puntuación en función de la experiencia laboral y la formación, relacionadas con las competencias profesionales a acreditar, en los últimos 10 años:
Dentro de los admitidos, se seleccionará a quienes obtengan mayor puntuación.
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Anexo II_Modelo de solicitud ( 1465 Kb)
Anexo III_Curriculum Vitae Europeo ( 80 Kb)
Anexo IV_Certificación de empresa, para trabajadores por cuenta ajena ( 88.5 Kb)
Anexo V_Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia ( 87.5 Kb)
Anexo VI_Certificación para trabajador voluntario o becario ( 88.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Sección de Cualificaciones Profesionales
Requisitos
Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo.
Unidades de competencia y plazas convocadas
SEA028_2: Servicios para el control de plagas: 60 plazas.
Unidades de competencia:
Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia.
Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.
Destinatarios y requisitos
Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de esta resolución, los siguientes requisitos:
- En el caso de experiencia laboral: Justificar al menos 3 años de experiencia, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
- En el caso de formación: Justificar al menos 300 horas de formación, en los últimos 10 años hasta la fecha de publicación de esta convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad en los que esté incluida la cualificación profesional cuya acreditación se solicita, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.
Documentación
Junto a la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Informe de vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa. Los certificados de empresa según el modelo correspondiente:
- Certificación de empresa, para trabajadores por cuenta ajena (Anexo IV)
- Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia (Anexo V)
- Certificación para trabajador voluntario o becario (Anexo VI)
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2015).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de noviembre y finaliza el 17 de diciembre de 2015.
El plazo máximo para resolver la admisión y para su notificación será de 6 meses desde la publicación de esta convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Más información
Resolución de 12 de noviembre de 2015, de la Consejería de Educacion, Formación y Empleo por la que se convoca el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación de las unidades de competencia incluidas en la cualificación de servicios para el control de plagas
Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, así como por vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Tasa
En el supuesto de resultar seleccionado, será necesario abonar la tasa de acceso al procedimiento y acudir a las sesiones de asesoramiento cuando se le comunique.
El no cumplimiento de lo indicado será entendido como desistimiento de la solicitud.
Información y orientación
Durante el plazo de admisión se realizará al menos una sesión informativa dirigida a las personas interesadas en la convocatoria.
Publicación y notificaciones
La publicación y las notificaciones de los actos derivados de este procedimiento se efectuarán mediante su publicación en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el sitio web www.larioja.org/empleo y en el tablón de anuncios del Departamento de Cualificaciones de La Rioja. Ello sin menoscabo de que puedan efectuarse notificaciones individuales por escrito, en cuyo caso, será la fecha de éstas la que cuente a efectos de cómputo de plazos.
Prioridad
De las solicitudes admitidas, serán prioritarias las realizadas por quienes estén trabajando en el entorno profesional y funcional definido en la cualificación solicitada y que presten sus servicios en empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de La Rioja
A los admitidos se les asignará una puntuación en función de la experiencia laboral y la formación, relacionadas con las competencias profesionales a acreditar, en los últimos 10 años:
Dentro de los admitidos, se seleccionará a quienes obtengan mayor puntuación.
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Anexo II_Modelo de solicitud ( 3096.3 Kb)
Anexo III_Modelo de Curriculum Vitae Europeo ( 80 Kb)
Anexo IV_Certificación de empresa ( 352 Kb)
Anexo V_Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia ( 351 Kb)
Anexo VI_Certificación para trabajador voluntario o becario ( 351.5 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación, de las unidades de competencia incluidas en la cualificación de Servicios para el control de plagas.
Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo.
Unidades de competencia y plazas convocadas
SEA028_2: Servicios para el control de plagas: 60 plazas.
Unidades de competencia:
Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia.
Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.
Destinatarios y requisitos
Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de esta resolución, los siguientes requisitos:
- En el caso de experiencia laboral: Justificar al menos 3 años de experiencia, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
- En el caso de formación: Justificar al menos 300 horas de formación, en los últimos 10 años hasta la fecha de publicación de esta convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad en los que esté incluida la cualificación profesional cuya acreditación se solicita, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.
Junto a la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Informe de vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa. Los certificados de empresa según el modelo correspondiente:
- Certificación de empresa, para trabajadores por cuenta ajena (Anexo IV)
- Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia (Anexo V)
- Certificación para trabajador voluntario o becario (Anexo VI)
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
La Administración podrá solicitar la exhibición de la documentación original cuando no pueda acceder a ella por otros medios.
Anexo II_Modelo de solicitud ( 3096.3 Kb)
Anexo III_Modelo de Curriculum Vitae Europeo ( 80 Kb)
Anexo IV_Certificación de empresa ( 352 Kb)
Anexo V_Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia ( 351 Kb)
Anexo VI_Certificación para trabajador voluntario o becario ( 351.5 Kb)
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2015).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de noviembre y finaliza el 17 de diciembre de 2015.
El plazo máximo para resolver la admisión y para su notificación será de 6 meses desde la publicación de esta convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Resolución de 12 de noviembre de 2015, de la Consejería de Educacion, Formación y Empleo por la que se convoca el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación de las unidades de competencia incluidas en la cualificación de servicios para el control de plagas
Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, así como por vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Tasa
En el supuesto de resultar seleccionado, será necesario abonar la tasa de acceso al procedimiento y acudir a las sesiones de asesoramiento cuando se le comunique.
El no cumplimiento de lo indicado será entendido como desistimiento de la solicitud.
Información y orientación
Durante el plazo de admisión se realizará al menos una sesión informativa dirigida a las personas interesadas en la convocatoria.
Publicación y notificaciones
La publicación y las notificaciones de los actos derivados de este procedimiento se efectuarán mediante su publicación en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el sitio web www.larioja.org/empleo y en el tablón de anuncios del Departamento de Cualificaciones de La Rioja. Ello sin menoscabo de que puedan efectuarse notificaciones individuales por escrito, en cuyo caso, será la fecha de éstas la que cuente a efectos de cómputo de plazos.
Prioridad
De las solicitudes admitidas, serán prioritarias las realizadas por quienes estén trabajando en el entorno profesional y funcional definido en la cualificación solicitada y que presten sus servicios en empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de La Rioja
A los admitidos se les asignará una puntuación en función de la experiencia laboral y la formación, relacionadas con las competencias profesionales a acreditar, en los últimos 10 años:
Dentro de los admitidos, se seleccionará a quienes obtengan mayor puntuación.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
El reconocimiento del grado de discapacidad lleva consigo el poder acceder a las prestaciones sociales y económicas previstas en la normativa vigente. El grado de discapacidad se acredita mediante una tarjeta personal e intransferible.
Requisitos
El procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad se incia a instancia del interesado/a, representante legal o guardador/a de hecho.
Los/as interesados/as podrán precisar o completar los datos del modelo de solicitud, acompañando los documentos que estimen oportunos, los cuales serán admitidos y tenidos en cuenta por el órgano administrativo.
Trámites
Dictámenes Técnicos-Facultativos
Los dictámenes técnicos-facultativos emitidos por los Equipos de Valoración y Orientación se formularán de acuerdo con criterios y modelos normalizados e incluirán necesariamente los siguientes elementos:
Equipos de Valoración y Orientación. Funciones
Documentación
En caso de revisión por agravamiento se presentarán aquellos informes que acrediten dicho agravamiento.
Toda la documentación deberá estar compulsada.
Solicitud reconocimiento de grado de discapacidad ( 144.5 Kb)
Declaración guardador de hecho ( 165.1 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
No sujeto a plazo específico de solicitud
Más información
Orden 12/2000, de 28 de julio, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales por la que se establece el procedimiento para la aplicación y desarrollo del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Negativo
Requerimiento previo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Centro de Valoración de la Discapacidad y Dependencia
Ejercer el derecho a solicitar la cesación inmediata o la rectificación de aquellas campañas publicitarias del Gobierno de La Rioja
Requisitos
Tratarse de persona física o jurídica que ostente un derecho o interés legítimo, o bien tratarse de corporaciones, asociaciones, sindicatos y grupos y entidades que resulten afectados o estén legalmente habilitados para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos.
Documentación
Acreditación de cumplir con los requisitos establecidos
Solicitud cesación / rectificación ( 58.9 Kb)
Cómo tramitarlo
Los interesados porán dirigir el de forma telemática o presencial.
Descargar forlulario:
De forma telemática
A través del siguiente enlace tramitar
De forma presencial
- En la Oficina de Registro de la Consejería de Presidencia, Relaciones Instituconales y Acción Exterior
- En el resto de las Oficinas de registro que están a disposición del ciudadano
Plazos
La solicitud se resolverá y notificará en el plazo máximo de seis días.
Más información
Ley 7/2017, de 22 de mayo, De Comunicación y Publicidad Institucional
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La solicitud se resolverá y notificará en el plazo de seis días.
Sentido del silencio administrativo: solicitud desestimada
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior
Servicio de Coordinación
Teléfono: 941291494
Procedimiento dirigido a obtener el reembolso de los costes de garantías prestadas para obtener la suspensión de la ejecución de las deudas impugnadas o aplazadas o fraccionadas si dicho acto o deuda es posteriormente declarado improcedente por sentencia o resolución administrativa firme. En caso de estimación parcial, el reembolso alcanzará sólo al importe del coste que corresponda a la parte de la deuda que sea declarada improcedente.
Requisitos
El procedimiento se iniciará a instancia del interesado mediante escrito que deberá dirigir al órgano competente para su tramitación. Junto con la solicitud deberá adjuntarse acreditación del importe al que ascendió el coste de las garantías cuyo reembolso se solicita.
El derecho al reembolso del coste de las garantías alcanzará a aquellas que, prestadas de conformidad con la normativa aplicable, hayan sido aceptadas y que se mencionan a continuación:
Avales o fianzas de carácter solidario de entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca o certificados de seguro de caución.
Hipotecas mobiliarias e inmobiliarias.
Prendas con o sin desplazamiento.
Cualquier otra que la Administración o los tribunales hubieran aceptado.
El coste de las garantías estará integrado por las siguientes partidas:
En los avales o fianzas de carácter solidario y certificados de seguro de caución, por las cantidades efectivamente satisfechas a la entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca o entidad aseguradora en concepto de primas, comisiones y gastos por formalización, mantenimiento y cancelación del aval, fianza o certificado, devengados hasta la fecha en que se produzca la devolución de la garantía.
En las hipotecas y prendas el coste de éstas incluirá las cantidades satisfechas por los siguientes conceptos:
Gastos derivados de la intervención de un fedatario público.
Gastos registrales.
Tributos derivados directamente de la constitución de la garantía y, en su caso, de su cancelación.
Gastos derivados de la tasación o valoración de los bienes ofrecidos en garantía a que se refiere la normativa reguladora de las reclamaciones económico-administrativas.
Cuando se hubieran aceptado por la Administración o por los tribunales garantías distintas de las anteriores, se admitirá el reembolso de los costes de éstas, limitado, exclusivamente, a los costes acreditados en que se hubiera incurrido de manera directa para su formalización, mantenimiento y cancelación devengados hasta la fecha en que se produzca la devolución de la garantía.
En todo caso, se abonará el interés legal vigente que se devengue desde la fecha debidamente acreditada en que se hubiese incurrido en dichos costes hasta la fecha en que se ordene el pago.
Documentación
-Documentación justificativa del importe al que ascendió el coste de las garantías cuyo reembolso se solicita.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro.
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud de reembolso de coste de las garantías aportadas ( 232.6 Kb)
Cómo tramitarlo
La solicitud se puede obtener en:
https://www.larioja.org/tributos/es
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Cuatro años. Artículo 66 c) Ley General Tributaria.
Seis meses a contar desde la fecha en que el escrito de solicitud del interesado tenga entrada en el registro del órgano competente para resolver.
Más información
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
FAQ (Preguntas frecuentes)
Para realizar cualquier consulta estamos a disposición de los ciudadanos en el número de teléfono 941 29 16 88; para recibir atención personal en nuestra sede de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, Servicio de Planificación y Asistencia Jurídica Tributaria, en Portales 71-4ª planta, se debe solicitar cita previa en este mismo número de teléfono.
Inscripción en el REA de parcelas nuevas que no figuren en otros registros de la Consejería de Agricultura.
Requisitos
Requisitos
El Registro ?Otras Superficies, OTR? está concebido para la inscripción en el REA de nuevas parcelas/recintos en las explotaciones agrarias de La Rioja fuera del periodo de presentación de la solicitud única de la PAC.
Son objeto de inscripción en este registro sólo las parcelas/recintos que están ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuyos cultivos no disponen de un Registro específico en la Consejería competente en materia de agricultura y ganadería de La Rioja y, dentro de las mismas, exclusivamente las de aquellos cultivadores:
La inscripción de estas parcelas/recintos tendrá efecto 'permanente' en el caso de los cultivos leñosos y de 'campaña' en el caso de los herbáceos.
Quedan excluidas de su inscripción en el Registro de 'OTR' las parcelas/recintos:
Documentación
Los titulares que no estén inscritos previamente en el REA deberán acreditar la actividad agraria mediante la presentación del Alta Censal en Hacienda.
Cuando se pretendan inscribir parcelas/recintos con cultivos leñosos será necesario presentar junto con la solicitud la documentación que acredite la titularidad o disponibilidad jurídica de las mismas, como pueden ser:
En el caso de que la solicitud la realice un representante, debe aportar junto al modelo de solicitud la correspondiente acreditación de la representación.
Solicitud de inscripción, baja o modificación ( 282 Kb)
Acreditación de la representación ( 128.5 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Del 1 de julio y el 30 de noviembre de cada año.
3 meses
Más información
Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Positivo
Más información: Registro de Explotaciones Agrarias
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, como instrumento de publicidad, transparencia y buen gobierno de la actividad convencional del Gobierno de La Rioja.
Requisitos
Los convenios se inscribirán en el Registro Electrónico en el plazo máximo de un mes desde su firma, a solicitud del titular de la Secretaría General Técnica de la consejería o el órgano directivo equivalente del organismo que los formalice. En el caso de que intervengan varias consejerías, el convenio deberá ser inscrito a instancia de la Secretaría General Técnica que lleve la iniciativa.
Documentación
texto del convenio firmado electrónicamente o autenticado
Cómo tramitarlo
El Registro se estructura en las siguientes Secciones dependiendo del órgano o el ente con quien se formalice el convenio:
Plazos
Más información
Decreto 13/2017, de 13 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja
No tiene
Notificaciones
no proceden
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Remisión, a través de medios electrónicos, de escritos, solicitudes y comunicaciones dirigidas al Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de la Rioja
Requisitos
Rellene el impreso y adjunte en su caso la documentación que considere oportuna.
Documentación
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Plazos
Más información
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No tiene
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de la Rioja