Gobierno de la Rioja

  • Tienen como finalidad promover el desarrollo y formación de artistas riojanos, financiando los gastos derivados de la realización de actividades de formación no reglada que se realicen en los ámbitos de literatura y artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales, y música.

    Requisitos

    Beneficiarios

    • Menores de 35 años, empadronados en algún municipio riojano con anterioridad a la fecha de convocatoria anual de las becas, que mantengan esa condición al momento de presentar la solicitud.
    • Las personas que hayan sido beneficiarias de estas becas con anterioridad, en cualquier área, no podrán volver a solicitarlas hasta transcurridos tres años, a contar desde el año siguiente al de la última concesión.

    Modalidad

    Se convocan el siguiente número de becas para cada uno de las siguientes modalidades

    • 4 becas de Literatura y Artes Escénicas
    • 5 becas de Artes Plásticas y Audiovisuales
    • 5 becas de Música

    Solo se puede optar a ser beneficiario en una de ellas.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
    2. Acreditación de haberse empadronado en cualquier municipio de La Rioja, con anterioridad a la fecha de la presente convocatoria, mediante la presentación del correspondiente certificado.
    3. Certificado de estudios o titulaciones, con carácter optativo.
    4. Memoria descriptiva del proyecto de las actividades formativas a la que se destinarán los fondos de la beca, incluyendo el presupuesto de gastos generados por aquellas.
    5. Cualquier otro documento acreditativo de los méritos alegados por el solicitante.
    6. Escrito de presentación, emitido por centro oficial de estudios de la materia correspondiente, o suscrito por artista o estudioso de reconocido prestigio en el área objeto de la beca.
    7. Declaración comprensiva de las becas o ayudas procedentes de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, que hubieran sido solicitados o se hubieran obtenido para la realización de la actividad objeto de la solicitud, o en caso contrario, declaración de no haber solicitado ni obtenido beca o ayuda alguna.
    8. Declaración responsable, de conformidad con los artículos 25 y 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Modelo de solicitud ( 41.5 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Declaración responsable ( 28.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Treinta días, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 13 de julio de 2018).

      Fin de plazo: 27 de agosto 2018

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Susana Gil Orío
    • Fernando Camprovín Fernández

    Asistencia técnica

  • Su finalidad es financiar gastos corrientes para fomentar la progresión del rendimiento deportivo de los beneficiarios.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán acceder a estas ayudas aquellos deportistas que habiendo demostrado con anterioridad, mediante la acreditación de los resultados obtenidos, una calidad inicial y una especial dedicación a la actividad deportiva, evidencian una proyección inmediata o futura para el deporte rendimiento.

    Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 5% del total de puntos posible, siempre y cuando hubiese crédito suficiente autorizado en virtud de lo que disponga la resolución de covocatoria tras la concesión de la ayuda a los solicitantes con mayor puntuación.

    Requisitos

    • Permanecer empadronado en cualquier municipio o municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad total de al menos 2 años en el momento de la solicitud.
    • Estar en posesión de licencia federativa expedida o, en su caso, tramitada por la correspondiente Federación Deportiva de La Rioja.
    • Excepcionalmente, y por razones de interés general de esta Comunidad Autónoma, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que nacidos en la misma, no cumplan los requisitos anteriores.

    Programa deportivo

    El programa deportivo previsto abarcará desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud debera ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Licencia federativa en vigor expedida por la correspondiente federación deportiva riojana.
    2. Certificado o certificados de empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de la Rioja que comprendan una antigüedad total mínima de dos años anteriores al momento de la solicitud, en el supuesto de que el peticionario no autorice a esta Administración a efectuar consulta relativa a la información que acredite el cumplimiento del mencionado requisito.
    3. Historial deportivo referido a los dos años anteriores a la convocatoria de la beca, en el que figuren las participaciones y los resultados más importantes alcanzados a nivel autonómico, nacional o internacional. Este historial deportivo deberá ir diligenciado con el visto bueno de la federación riojana correspondiente.
    4. Programa deportivo previsto desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 septiembre de 2019 haciendo constar los siguientes datos:
      • La entidad deportiva a la que pertenece.
      • Horario de entrenamiento.
      • Datos personales y deportivos de los técnicos titulados que actúen como entrenador del solicitante.
      • Programa de participación en competiciones, pruebas, criterios y encuentros para cada temporada con el visto bueno de la entidad a la que pertenece.
    5. Informe emitido por el órgano técnico competente de la respectiva federación, con el visto bueno del presidente de la misma, en el que se haga constar los siguientes datos:
      • La valoración técnica del historial deportivo que se presenta.
      • Un juicio técnico de viabilidad del programa que se propone.
    6. Declaración de las ayudas económicas procedentes de otros Organismos Oficiales, Federación autonómica, Federación española, Consejo Superior de Deportes, otras entidades deportivas y patrocinadores, percibida durante el presente año y el anterior.
    7. Declaración responsable de que se halla al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    8. Con carácter voluntario podrán aportarse además cuantos datos el peticionario estime necesarios para documentar el cumplimiento de los criterios de concesión

    JUSTIFICACIÓN DE LA BECA

    • Memoria explicativa de la actividad realizada
    • Informe final de la Federación sobre resultados obtenidos, mejora de su formación deportiva y futuros y posibles resultados

    Modelo de solicitud ( 59 Kb)

    Historial deportivo ( 86.5 Kb)

    Declaración de otras ayudas solicitadas ( 29.5 Kb)

    Declaración responsable ( 28.5 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    JUSTIFICACIÓN DE LA BECA DEPORTE RENDIMIENTO ( 35 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 1 de marzo de 2019).

      El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de marzo de 2019 y finaliza el 12 de abril de 2019.

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

    • Otros plazos

      Justificación del gasto

      La justificación del gasto derivado de las actividades subvencionadas deberá realizase hasta el 15 de octubre de 2019.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 5/2007, de 9 de febrero, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva.

      Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan becas para deportistas riojanos con proyección para el deporte rendimiento. (Texto íntegro)

      Resolución de 21 de febrero de 2019, Becas para deportistas riojanos con proyección deporte rendimiento (extracto)

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Jorge Belloso Fontecha: 941 291 100; Extensión 31352

    Asistencia técnica

  • Financiación de gastos corrientes para fomentar la progresión e integración en la sociedad de los deportistas discapacitados.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán acceder a estas ayudas aquellos deportistas, que teniendo una discapacidad reconocida oficialmente, mantengan una dedicación especial al deporte y cumplan los siguientes requisitos:

    • Permanecer empadronado en cualquier municipio o municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad total de al menos 2 años en el momento de la solicitud.
    • Disponer de documento oficial acreditativo del grado de discapacidad.
    • Haber obtenido resultados destacados en las dos temporadas anteriores a la convocatoria de la beca en cuantas competiciones de carácter nacional hayan participado.

    Periodo subvencionable

    Programa deportivo previsto desde 1 de octubre de 2018 hasta 30 de septiembre de 2019

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Historial deportivo referido a los dos años o temporadas anteriores a la convocatoria. En el caso de deportistas lesionados en el año anterior a la convocatoria de la beca se deberá presentar un certificado o informe médico justificativo.
    2. Certificado o certificados de empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que comprendan una antigüedad mínima de dos años anteriores al momento de la solicitud, en el supuesto de que el peticionario no autorice a esta Administración a efectuar la consulta relativa a la información que acredite el cumplimiento del mencionado requisito.
    3. Programa deportivo previsto desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018.
    4. Declaración responsable de que se halla al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

    • Memoria de actividades realizadas

    Modelo de solicitud ( 55 Kb)

    Declaración de otras ayudas solicitadas ( 29.5 Kb)

    Declaración responsable ( 28.5 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Historial ( 86.5 Kb)

    JUSTIFICACIÓN DE LA BECA DISCAPACITADOS ( 34 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 1 de marzo de 2019).

      El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de marzo de 2019 y finaliza el 12 de abril de 2019

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

    • Otros plazos

      Plazo de Justificación

      El plazo de justifiación de la subvención concedida termina el día 15 de octubre de 2019

    Más información

    • Normativa:

      Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva.

      Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan becas para deportistas riojanos discapacitados. (Texto íntegro).

      Resolución de 21 de febrero de 2019, Becas para deportistas riojanos discapacitados (extracto)

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio comptente

    Jorge Belloso Fontecha: 941 291 100; Extensión 31352

    Asistencia técnica

  • Concesión de becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Acción Exterior autonómica. Su finalidad es completar el estudio y la formación académica de la persona beneficiaria a través de un aprendizaje directo del funcionamiento de la Dirección General de Acción Exterior y de su Oficina en Bruselas.

    Requisitos

    Requisitos de los solicitantes

    Los solicitantes de esta beca deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. En el momento de presentación de la solicitud:
      1. Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
      2. Estar empadronado en un municipio situado en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Este requisito no se exigirá:
        1. Si el solicitante hubiera obtenido el título considerado en el punto 3. en la Universidad de La Rioja.
        2. Si el solicitante se hallara inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero con provincia de referencia La Rioja.
        3. Si el solicitante fuera socio de un Centro Riojano siempre que, en el momento de publicación de esta orden, figurara como tal en la relación contemplada por el artículo 6, letra g) del Decreto 19/2006, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2005, de 15 de junio de la Comunidad Riojana en el Exterior.
      3. Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Graduado, habiéndolo obtenido en los últimos 5 años anteriores a contar desde el momento de la publicación de la convocatoria, siempre que la duración de la titulación haya sido igual o superior a 4 años o que el plan de estudios tuviera al menos 240 Créditos. También podrán concurrir quienes hubieran obtenido el título de Doctor o Máster Universitario en los últimos dos años.
        1. Los títulos oficiales de educación superior cursados en universidades o instituciones de educación superior ubicadas en el extranjero o de títulos extranjeros de educación superior cuyas enseñanzas hayan sido cursadas total o parcialmente en España en centros debidamente autorizados por las administraciones españolas competentes deberán estar homologados por el ministerio español competente en materia de educación.
    2. Con carácter previo a la concesión de la beca, deberá cumplirse y acreditarse:
      1. No haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna otra beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades de carácter público o privado.
      2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
      3. No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.

    Duración y lugar de realización de las prácticas

    Las becas podrán tener una duración máxima de treinta y seis meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación del becario. Su disfrute se articulará en periodos o etapas de seis meses prorrogables hasta en cinco ocasiones.

    Los lugares de realización de las prácticas serán la sede de la Dirección General de Acción Exterior (cuatro semestres) y la Oficina de La Rioja en Bruselas (dos semestres).

    El número de becas a convocar se determinará en la resolución de convocatoria, en función de las disponibilidades presupuestarias.

    Cuantía económica

    1. El importe mensual de cada beca será de 1.100 euros brutos que se abonarán la primera semana del mes siguiente, previo informe favorable emitido por el Tutor, de conformidad con lo establecido por el artículo 9.1. Dicho importe se incrementará en 600 euros al mes en concepto de plus de transporte y residencia durante los semestres de desarrollo de las prácticas en la Oficina de Bruselas.
    2. Estas cantidades estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo, cada beca estará sujeta al régimen de cotización establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
    3. En caso de producirse renuncia por parte de la persona beneficiaria o la imposibilidad de continuar las prácticas por causa no imputable a la misma, ésta percibirá la cuantía correspondiente al tiempo efectivo de la realización de las prácticas.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • La solicitud se acompañará de la siguiente documentación

    1. Declaración responsable del interesado de que las copias presentadas coinciden con los originales en su poder.
    2. Se aportará copia de los siguientes documentos:
      1. Título académico que deberá hallarse entre los recogidos en el artículo 3 punto 1 a) iii. (o certificado que acredite que el título está en trámite) y, en su caso, credencial de homologación.
      2. iTítulos acreditativos de la formación a considerar para su valoración, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 7.
      3. Certificado o justificante de la experiencia profesional, prácticas o voluntariados a considerar para su valoración en los términos indicados en el artículo 7 de estas bases reguladoras.
      4. Currículum Vitae del solicitante en español, según modelo Europass (http://www.europass.cedefop.europa.eu/es).
      5. Carta de motivación que relacione su perfil con los objetivos de la beca (máxima extensión: 2 hojas).

    La presentación de la solicitud de la beca implicará la aceptación de lo dispuesto en la orden reguladora.

    De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

    Anexo I. Modelo de solicitud ( 36.5 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Se presentarán en el plazo comprendido entre el 16 de enero de 2018 y el 5 de febrero de 2018.

      Fin de plazo: 5 de febrero de 2018

    • Plazo de resolución y notificación

      Las becas deberán resolverse y publicarse en el Boletín Oficial de La Rioja en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa al efecto legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Orden 3/2017, de 28 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Acción Exterior

      Resolución 386/2017, de 28 de diciembre, de la Consejera de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se aprueba el gasto derivado de la convocatoria para el año 2018 de Becs para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Acción Exterior (texto íntegro)

      Extracto de la Resolución de convocatoria 2018

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Isabel Merino Hernáez
    • Virginia García Navas

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de dos becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional para titulados de las áreas de conocimiento de archivística y biblioteconomía, una para cada una de las dos especialidades

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de esta beca quienes reúnan las siguientes condiciones:

    1. Poseer la nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, del Reino de Noruega, de la República de Islandia, o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el Tratado de la Unión Europea.
    2. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones: Grado en Información y Documentación, Licenciatura en Documentación, Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, Licenciatura o grado en Humanidades, o Grado en Historia y Geografía, obtenido con una antigüedad no superior a cinco años respecto a la fecha de la convocatoria.
    3. Estar en situación de desempleo, y/o poseer la tarjeta de mejora de empleo.
    4. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a la condición de becario.
    5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    Finalidad

    La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional en Archivística y Biblioteconomía. Las becas se desarrollarán dentro de un programa que podrá incluir los siguientes grupos de tareas:

    • Atención a los usuarios y/o investigadores
    • Gestión documental
    • Descripción archivística
    • Catalogación y clasificación bibliográfica
    • Información bibliográfica y de referencia

    El programa de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional implica la adquisición de conocimientos sobre las actividades del Archivo Histórico Provincial de La Rioja y de la Biblioteca de La Rioja en las áreas especificadas en el apartado anterior.

    Duración

    El periodo de disfrute de la beca será desde la incorporación del becario hasta el 31 de diciembre del año de incorporación, siendo susceptible de prórroga, hasta un periodo total máximo, incluyendo prórrogas, de tres años, en función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Con un horario a jornada completa de lunes a viernes. Este horario se establecerá por el responsable de la beca dependiendo de las necesidades del servicio.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
    2. Títulos Académicos originales o copia compulsada.
    3. Copia o certificación de expediente académico
    4. Curriculum Vitae.
    5. Tarjeta expedida por el Instituto Nacional de Empleo (INEM), por el Servicio Riojano de Empleo u órgano autonómico equivalente, si el solicitante se encuentra en situación de desempleo, o posee la tarjeta de mejora de empleo. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados podrán prestar su autorización para que la Consejería de Educación, Cultura y Turismo pueda solicitar de oficio este documento, previa autorización del solicitante en documento aportado por el mismo.
    6. Declaración comprensiva de las becas o ayudas procedentes de otras Administraciones Públicas, o de otros Entes Públicos o Privados, nacionales e internacionales, que hubieran sido solicitadas o se hubieran obtenido para la realización de la actividad objeto de la solicitud o en caso contrario, declaración de no haber solicitado ni obtenido beca o ayuda alguna.
    7. Copia compulsada o certificados originales o de los cursos de formación de duración superior a 30 horas sobre la materia objeto de las convocatorias.

    Modelo de solicitud ( 75.9 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 3 de enero de 2018).

      El plazo comienza el 4 de enero y finaliza el 31 de enero de 2018.

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Finalizado dicho plazo sin que esta se hubiese producido, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía.

      Resolución 1388/2017, de 18 de diciembre, , de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se convoca por el procedimiento de concurrencia competitiva, dos becas para la formación de profesionales técnicos de archivos y bibliotecas, una para cada una de las dos especialidades (Texto íntegro)

      Extracto de la Resolución de convocatoria

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Biblioteca de La Rioja

    • Jesús Angel Rodríguez Ortega

    Archivo Histórico Provincial

    • Micaela Pérez Sáenz

    Asistencia técnica

  • Su objetivo es financiar gastos corrientes destinados a la realización de cursos de formación de técnicos, jueces y gestores deportivos.

    Requisitos

    Beneficiarios

    Podrán acceder a las becas, todas aquellas personas físicas empadronadas en algún municipio de La Rioja que pretendan realizar alguna de las siguientes actividades:

    1. Un curso de titulación deportiva para técnicos, jueces o gestores deportivos
      1. De contenido básico para la iniciación en el estamento correspondiente
      2. De perfeccionamiento
    2. Otras actividades de formación

    Periodo de actividades subvencionables

    El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud debera ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Proyecto detallado de la actividad para la que se solicita la ayuda.
    2. Certificado o certificados de empadronamiento en cualquier municipio de Comunidad Autónoma de La Rioja, que comprendan una antigüedad mínima de dos años anteriores al momento de la solicitud, en el supuesto de que el peticionario no autorice a esta Administración a efectuar la consulta relativa a la información que acredite el cumplimiento del mencionado requisito.
    3. Presupuesto de gastos.
    4. Declaración relativa a la posible concurrencia con otras subvenciones o ayudas destinadas a la misma finalidad de otras Administraciones Públicas o Entes de derecho público o privado, nacionales o internacionales.
    5. Declaración responsable de que se halla al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    6. Declaración responsable, en su caso, sobre el cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero.
    7. Con carácter voluntario podrán aportarse además cuantos datos el peticionario estime necesarios para documentar el cumplimiento de los criterios de concesión

    JUSTIFICACIÓN

    1. Certificación de haber superado el curso correspondiente o en su defecto el expediente actualizado del curso académico.
    2. Facturas justificativas de los gastos objeto de beca.
    3. En su caso, para gastos menores ocasionados por desplazamientos, gastos de viaje, manutención y similares, se admitirán liquidaciones practicadas por los beneficiarios, siempre que su cuantía no supere las previstas en la normativa autonómica vigente en la materia.

    Modelo de solicitud ( 59 Kb)

    Presupuesto ( 46.5 Kb)

    Declaración de otras ayudas solicitadas ( 41.5 Kb)

    Declaración responsable ( 28.5 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Declaración Responsable Ley 1/1996 ( 135.5 Kb)

    Justificación Becas Tecnicos, jueces y gestores deportivos ( 58 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 1 de marzo de 2019).

      El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de marzo de 2019 y finaliza el 12 de abril de 2019

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses, contados desde la publicación de la convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

    • Otros plazos

      Plazo de justificación de la beca

      Termina el día 15 de octubre de 2019.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva.

      Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan becas para la formación de técnicos, jueces y gestores deportivos. (Texto íntegro).

      Resolución de 21 de febrero de 2019, Becas para la formación de técnicos, jueces y gestores deportivos (extracto)

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Eduardo Pérez de Colosía Suarez

    Asistencia técnica

  • Requisitos

    Los requisitos que los candidatos deben reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo serán las establecidas en los artículos 5 y 6 de la Orden 1/2013, de 25 de enero, de la Consejería de Presidencia y Justicia, sobre selección de Funcionarios Interinos de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

    Tener en cuenta lo dispuesto en la Resolución de la Convocatoria (BOR nº19 del 14 de febrero de 2018)

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • a) Titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo y Diploma o acreditación de haberla solicitado.

      b) En el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acreditación de la experiencia en medios ofimáticos a que se refiere el artículo 6.2 de la orden 1/2013, de 25 de enero, de la Consejería de Presidencia y Justicia.

      c) Documentación acreditativa de los méritos. Los méritos alegados por los aspirantes, serán acreditados documentalmente con la solicitud de participación, mediante las oportunas certificaciones, títulos o documentos expedidas por el órgano que corresponda.

    Cómo tramitarlo

    Quienes aspiren a formar parte de las bolsas y listas de interinos a las que se refiere esta convocatoria deberán realizar su solicitud de forma electrónica cumplimentando todos los campos obligatorios, aportanto los documentos requeridos y firmar la misma, todo ello con certificado digital a través de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, www.larioja.org en el plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

    Con la presentación de la solicitud, la persona solicitante firma, al mismo tiempo una declaración responsable donde se hace cargo personalmente de la veracidad y precisión de la información y documentación presentada. La Administración podrá en cualquier momento exigir prueba documental adicional sobre cualquiera de los documentos y alegaciones del solicitante.

    Una vez cumplimentada y remitida correctamente la solicitud por vía telemática, el sistema generará un acuse de recibo con la fecha y el número de registro de entrada que acreditará que ha sido enviada correctamente. Sólo en este caso se entenderá correctamente enviada la solicitud electrñonica.

    Cómo obtener el certificado electrónico

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 14 de febrero de 2018)

      El plazo comienza el 15 de febrero y finaliza el 7 de marzo de 2018.

    • Otros plazos

      Artículo 6 de la resolución de convocatoria

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Caducidad de la explotación de recursos mineros a instancia del interesado por agotamiento del recurso

    Requisitos

    El solicitante habrá de ser titular de derechos mineros.

    Documentación

    • Solicitud
    1. Instancia general en la que constarán los datos del titular del derecho señalados en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, solicitando la caducidad por renuncia voluntaria al derecho minero.
    2. Aquellos otros documentos y proyectos previstos en la legislación de minas.

    Solicitud. Instancia general ( 52 Kb)

    Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    Los impresos de solicitud se facilitarán en:
    - La Consejería de Fomento y Política Territorial, c/ Prado Viejo, 62 bis de Logroño
    - El Servicio de Atención al Ciudadano
    Teléfono 900 700 333
    Correo electrónico: informacion@larioja.org
    Las solicitudes podrán presentarse en:
    - El Registro de la Consejería de Fomento y Política Territorial, c/ Prado Viejo, 62 bis de Logroño
    - Oficinas de registro
    - Si desea más información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Abierto todo el año.

    • Otros plazos
      • Subsanación: 10 días
      • Resolución: 3 meses

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de Ordenación del Territorio

    • Fernando Flores Martínez Tlfno: 941291732
    • Sergio Luis García Martínez Tlfno.: 941 291100 ext. 33659
    • Ana Belén Mendez Saenz Tlfno.: 941 291100 ext. 33850

    Asistencia técnica

  • Caducidad de la explotación de recursos mineros a instancia del interesado por renuncia.

    Requisitos

    El solicitante habrá de ser titular de derechos mineros.

    Documentación

    • Solicitud
    1. Instancia general en la que constarán los datos del titular del derecho señalados en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, solicitando la caducidad por renuncia voluntaria al derecho minero.
    2. Documentos acreditativos de que el derecho minero se halla o no libre de cargas o gravámenes y, en el caso de existir éstas, la conformidad del acreedor o arrendatario.
    3. Aquellos otros documentos y proyectos previstos en la legislación de minas

    Solicitud ( 52 Kb)

    Título V del Reglamento General para el Régimen de Minería ( 146.6 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    Los impresos de solicitud se facilitarán en:
    - La Consejería de Fomento y Política Territorial, c/ Prado Viejo, 62 bis de Logroño
    - El Servicio de Atención al Ciudadano
    Teléfono 900 700 333
    Correo electrónico: informacion@larioja.org
    Las solicitudes podrán presentarse en:
    - El Registro de la Consejería de Fomento y Política Territorial, c/ Prado Viejo, 62 bis de Logroño
    - Oficinas de registro
    - Si desea más información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Abierto todo el año.

    • Otros plazos
      • Subsanación: 10 días
      • Resolución: 3 meses

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio de Ordenación del Territorio

    • Fernando Flores Martínez Tlfno: 941291732
    • Sergio Luis García Martínez Tlfno.: 941 291100 ext. 33659
    • Ana Belén Mendez Saenz Tlfno.: 941 291100 ext. 33850

    Asistencia técnica

  • Comunicación del calendario de caza menor por parte de los cotos de caza.

    Requisitos

    Los beneficiarios de estos permisos son los titulares de cotos de caza que tengan aprobada la caza menor en su plan técnico.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará:
    De forma electrónica desde el botón Tramitar
    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

    • Normativa:

      Orden 29/2015, de 23 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las comarcas cinegéticas y los criterios de elaboración de Planes Directores Comarcales

      Orden AGR/28/2019, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se fijan las limitaciones y períodos hábiles de caza en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la temporada cinegética 2019-2020.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre frl Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Marta Fajardo

    Nacho Pascual

    Asistencia técnica

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.