Ayudas para la creación de grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agraria

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Creación de grupos operativos para desarrollar proyectos de carácter innovador en el sector agrario.

Requisitos

La ayuda tiene como finalidad la creación de grupos operativos que pretendan resolver un problema concreto o aprovechar una oportunidad determinada del sector agrario, alcanzando, a su vez, los objetivos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) centrados en facilitar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en el sector.

Los proyectos que realicen los grupos operativos deben estar orientados a:

  • promover un sector agroalimentario que utilice eficientemente los recursos, que sea económicamente viable, productivo y competitivo y que sea respetuoso con el medio ambiente,
  • contribuir a un abastecimiento estable y sostenible de alimentos, piensos y biomateriales, tanto de los tipos ya existentes como nuevos, adaptando la oferta a la demanda,
  • crear vínculos entre los conocimientos y tecnologías punteros y los agricultores, ganaderos, administradores de montes, comunidades rurales, empresas, ONG y servicios de asesoramiento.

Beneficiarios

La ayuda se dirige a solicitantes con personalidad física o jurídica, pública o privada, que pretendan constituirse como grupo operativo para desarrollar un proyecto de cooperación con carácter innovador en el sector agrario y agroalimentario.

Los grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación están constituidos por, al menos, dos actores del sector agroalimentario de entre los siguientes tipos: agricultores, ganaderos, investigadores, asesores, empresas agroalimentarias, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, empresas tecnológicas, ONG, consumidores, entidades públicas y cualquier otro actor.

Para poder beneficiarse de esta ayuda es condición indispensable la presentación, en primer lugar, en el plazo previsto para esta primera convocatoria, de una propuesta para la creación del grupo operativo y, en segundo lugar, en el plazo previsto por una convocatoria posterior que será publicada en el plazo máximo de un año respecto a la anterior, la propuesta de actuación o proyecto que vaya a desarrollarse por parte de ese grupo operativo.

Los grupos propuestos serán seleccionados por la Comisión de Valoración según los criterios que figuran en el anexo I (ver apartado más información).

Los grupos operativos pueden contar con el apoyo de un agente de innovación, que será evaluado por la Comisión de valoración en base a los criterios que figuran en el anexo II (ver apartado más información).

Gastos subvencionables

  • Costes de puesta en marcha y funcionamiento de las actividades del grupo operativo, donde se incluyen gastos de viaje y reuniones.
  • Acciones formativas que posibiliten la capacitación de los miembros del grupo operativo, vinculadas a los objetivos propuestos por el grupo.
  • Elaboración de un plan empresarial o instrumento equivalente.
  • Estudios y diagnósticos vinculados a la temática del proyecto del grupo operativo.
  • Diseño y redacción del proyecto de innovación en el que se especifiquen las actividades y costes que dependen de cada agente.
  • Evaluaciones o análisis necesarios para poder valorar o definir los resultados esperados con el proyecto.
  • Costes derivados de la adquisición de material fungible requerido.
  • Costes de adquisición de fondos bibliográficos y de programas informáticos cuando estén debidamente justificados para el desarrollo de la actividad.
  • Gastos de personal técnico propio de los integrantes del grupo operativo que incluirán costes salariales de personal técnico y cuota de la Seguridad Social.
  • Costes derivados de la contratación de un agente de Innovación.
  • Costes de estudios previos o de valoración de la situación inicial cuando sean necesarios para la realización de la propuesta.
  • Otros, siempre que se demuestre vinculación directa con la puesta en marcha del grupo operativo.

Esta ayuda asciende al 100% de los gastos subvencionables con un máximo de 30.000 ? por el total de los gastos de constitución que se percibirán de una sola vez.

Esta ayuda incluye la destinada a financiar la figura del agente de innovación, a la que se destinará un límite máximo subvencionable del 50% del total de la ayuda solicitada para la constitución del grupo operativo.

Documentación

  • Solicitud, escrito o comunicación
  • Además del impreso de solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:

    • Datos del coordinador de la agrupación: CIF, domicilio fiscal, teléfono, correo electrónico. Los datos del resto de solicitantes aparecerán recogidos en el documento vinculante.
    • Acreditación de los representantes legales de cada una de las entidades cooperadoras de la medida, en su caso.
    • Ficha de alta a terceros del coordinador de la agrupación.
    • Declaración expresa de todos los solicitantes de las ayudas solicitadas o concedidas con la misma finalidad.
    • Documento vinculante que refleje el acuerdo de colaboración y los compromisos suscritos por las entidades cooperadoras (consultar anexo III de la Orden 17/2016, de 11 de julio).
    • Memoria conforme al Anexo IV de la Orden 17/2016, referida a:
  1. Relación de las personas físicas y jurídicas idóneas que participan.
  2. Objetivos del grupo operativo y papel de cada uno de sus miembros.
  3. Relevancia de los resultados potenciales del proyecto o propuesta para los usuarios finales.
  4. Planteamiento básico del proyecto o actuación que se quiere desarrollar por el grupo operativo, incluyendo un presupuesto global del mismo y cronograma de las actividades y el plazo total de creación del grupo operativo.
  5. En el caso de que el grupo operativo proponga contar con la figura del agente de innovación, deberá presentar un currículo vitae del mismo.
  6. Presupuesto para la creación y establecimiento del grupo operativo.
  • La solicitud de ayuda conllevará la autorización al órgano gestor, para recabar la información necesaria de los registros oficiales cuando sean necesarios para la resolución del expediente así como a recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Dirección General competente en materia de Tributos del Gobierno de La Rioja.
  • Impreso de solicitud ( 44 Kb)

    Ficha de alta de terceros ( 153.2 Kb)

    Solicitud de pago ( 142.3 Kb)

    Cuenta justificativa ( 150.3 Kb)

    Cómo tramitarlo

    Las solicitudes se deben presentar electrónicamente desde el botón Tramitar.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el BOR (Pendiente de publicación)

      Fin de plazo: 5 de enero de 2018.

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses máximo.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      En caso de no estar anteriormente habilitado para el acceso a la aplicación, deberá solicitar el alta a través del correo electrónico pdr@larioja.org.

      Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico experimentacion.agraria@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Pablo Alonso Tafalla (ext. 33840)

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.