Ayudas para la creación de grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agraria
Creación de grupos operativos para desarrollar proyectos de carácter innovador en el sector agrario.
Requisitos
La ayuda tiene como finalidad la creación de grupos operativos que pretendan resolver un problema concreto o aprovechar una oportunidad determinada del sector agrario, alcanzando, a su vez, los objetivos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) centrados en facilitar el intercambio de experiencias y buenas prácticas en el sector.
Los proyectos que realicen los grupos operativos deben estar orientados a:
- promover un sector agroalimentario que utilice eficientemente los recursos, que sea económicamente viable, productivo y competitivo y que sea respetuoso con el medio ambiente,
- contribuir a un abastecimiento estable y sostenible de alimentos, piensos y biomateriales, tanto de los tipos ya existentes como nuevos, adaptando la oferta a la demanda,
- crear vínculos entre los conocimientos y tecnologías punteros y los agricultores, ganaderos, administradores de montes, comunidades rurales, empresas, ONG y servicios de asesoramiento.
Beneficiarios
La ayuda se dirige a solicitantes con personalidad física o jurídica, pública o privada, que pretendan constituirse como grupo operativo para desarrollar un proyecto de cooperación con carácter innovador en el sector agrario y agroalimentario.
Los grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación están constituidos por, al menos, dos actores del sector agroalimentario de entre los siguientes tipos: agricultores, ganaderos, investigadores, asesores, empresas agroalimentarias, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, empresas tecnológicas, ONG, consumidores, entidades públicas y cualquier otro actor.
Para poder beneficiarse de esta ayuda es condición indispensable la presentación, en primer lugar, en el plazo previsto para esta primera convocatoria, de una propuesta para la creación del grupo operativo y, en segundo lugar, en el plazo previsto por una convocatoria posterior que será publicada en el plazo máximo de un año respecto a la anterior, la propuesta de actuación o proyecto que vaya a desarrollarse por parte de ese grupo operativo.
Los grupos propuestos serán seleccionados por la Comisión de Valoración según los criterios que figuran en el anexo I (ver apartado más información).
Los grupos operativos pueden contar con el apoyo de un agente de innovación, que será evaluado por la Comisión de valoración en base a los criterios que figuran en el anexo II (ver apartado más información).
Gastos subvencionables
- Costes de puesta en marcha y funcionamiento de las actividades del grupo operativo, donde se incluyen gastos de viaje y reuniones.
- Acciones formativas que posibiliten la capacitación de los miembros del grupo operativo, vinculadas a los objetivos propuestos por el grupo.
- Elaboración de un plan empresarial o instrumento equivalente.
- Estudios y diagnósticos vinculados a la temática del proyecto del grupo operativo.
- Diseño y redacción del proyecto de innovación en el que se especifiquen las actividades y costes que dependen de cada agente.
- Evaluaciones o análisis necesarios para poder valorar o definir los resultados esperados con el proyecto.
- Costes derivados de la adquisición de material fungible requerido.
- Costes de adquisición de fondos bibliográficos y de programas informáticos cuando estén debidamente justificados para el desarrollo de la actividad.
- Gastos de personal técnico propio de los integrantes del grupo operativo que incluirán costes salariales de personal técnico y cuota de la Seguridad Social.
- Costes derivados de la contratación de un agente de Innovación.
- Costes de estudios previos o de valoración de la situación inicial cuando sean necesarios para la realización de la propuesta.
- Otros, siempre que se demuestre vinculación directa con la puesta en marcha del grupo operativo.
Esta ayuda asciende al 100% de los gastos subvencionables con un máximo de 30.000 ? por el total de los gastos de constitución que se percibirán de una sola vez.
Esta ayuda incluye la destinada a financiar la figura del agente de innovación, a la que se destinará un límite máximo subvencionable del 50% del total de la ayuda solicitada para la constitución del grupo operativo.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Datos del coordinador de la agrupación: CIF, domicilio fiscal, teléfono, correo electrónico. Los datos del resto de solicitantes aparecerán recogidos en el documento vinculante.
- Acreditación de los representantes legales de cada una de las entidades cooperadoras de la medida, en su caso.
- Ficha de alta a terceros del coordinador de la agrupación.
- Declaración expresa de todos los solicitantes de las ayudas solicitadas o concedidas con la misma finalidad.
- Documento vinculante que refleje el acuerdo de colaboración y los compromisos suscritos por las entidades cooperadoras (consultar anexo III de la Orden 17/2016, de 11 de julio).
- Memoria conforme al Anexo IV de la Orden 17/2016, referida a:
Además del impreso de solicitud se deberá presentar la siguiente documentación:
- Relación de las personas físicas y jurídicas idóneas que participan.
- Objetivos del grupo operativo y papel de cada uno de sus miembros.
- Relevancia de los resultados potenciales del proyecto o propuesta para los usuarios finales.
- Planteamiento básico del proyecto o actuación que se quiere desarrollar por el grupo operativo, incluyendo un presupuesto global del mismo y cronograma de las actividades y el plazo total de creación del grupo operativo.
- En el caso de que el grupo operativo proponga contar con la figura del agente de innovación, deberá presentar un currículo vitae del mismo.
- Presupuesto para la creación y establecimiento del grupo operativo.
Impreso de solicitud ( 44 Kb)
Ficha de alta de terceros ( 153.2 Kb)
Solicitud de pago ( 142.3 Kb)
Cuenta justificativa ( 150.3 Kb)
Cómo tramitarlo
Las solicitudes se deben presentar electrónicamente desde el botón Tramitar.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el BOR (Pendiente de publicación)
Fin de plazo: 5 de enero de 2018.
- Plazo de resolución y notificación
Seis meses máximo.
Más información
- Otros Impresos
- Normativa:
Orden 17/2016, de 11 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las ayudas a las acciones de cooperación con carácter innovador
Resolución, Convocatoria 2018
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
En caso de no estar anteriormente habilitado para el acceso a la aplicación, deberá solicitar el alta a través del correo electrónico pdr@larioja.org.
Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico experimentacion.agraria@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Investigación Agraria y Sanidad Vegetal
- Cargo que resuelve: Consejero
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Pablo Alonso Tafalla (ext. 33840)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño