Subvenciones para reforestaciones y creación de superficies forestales

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Se conceden ayudas destinadas a la reforestación de terrenos rústicos, su mantenimiento durante los tres primeros años y el abono de las primas compensatorias a los beneficiarios de ayudas por forestaciones efectuadas según el Programa de Reforestación 1994/2005.

Requisitos

Se entenderá por reforestación el establecimiento sobre un terreno rústico que se encuentre desarbolado con una densidad de pies de especies arbóreas inferior al 20% de fracción de cabida cubierta , mediante la impalntación de al menos una de las especies forestales que se especifican el el Anexo I de la Orden.

Tipos de ayudas

Las ayudas incluirán uno o más de los siguientes conceptos:

  1. Costes de implantación: gastos de forestación y obras complementarias.
  2. Primas de mantenimiento.
  3. Primas compensatorias a beneficiarios de subvenciones para reforestaciones de tierras agrarias efectuadas con anterioridad al año 2006 incluido.

Beneficiarios y requisitos

  1. Para los costes de implantación de la primera forestación de terrenos rústicos y para su mantenimiento inicial, todos los propietarios o titulares de derechos reales de terrenos rústicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que cumplan las condiciones de superficies mínimas:
    • Para forestaciones que tengan por finalidad la creación de ecosistemas forestales permanentes:
      • 5 hectáreas con carácter general.
      • 1 hectárea en el caso de forestaciones de terrenos colindantes a masas forestales arboladas o forestaciones previamente existentes siempre que la superficie del conjunto de terrenos (los que se van a forestar más los ya arbolados) sea superior a 5 hectáreas.
    • Para forestaciones de carácter productor de madera y plantaciones de quercíneas o avellanos micorrizadas con trufa, realizadas con alguna de las especies siguientes: arces (Acer campestre, A. pseudoplatanus), castaño (Castanea sativa), cerezo (Prunus avium), fresnos (Fraxinus angustifolia, F. excelsior), nogal (Juglans regia), Pino de Oregón (Pseudotsuga menziesii), roble albar (Quercus petraea), roble americano (Quercus rubra), o serbales (Sorbus aucuparia, S. aria, S. domestica, S. torminalis).
      • 1 hectárea con carácter general.
  2. Para las subvenciones para la compensación de la pérdida de rentas agrarias y para el mantenimiento de las repoblaciones efectuadas con anterioridad al año 2006 incluido, con arreglo a la normativa por la que les fueron concedidas, podrán ser beneficiarios aquellos beneficiarios de ayudas para la forestación de tierras agrarias a los que se concedieron primas compensatorias y/o primas de mantenimiento, que sigan siendo propietarios o titulares de derechos reales de las forestaciones realizadas.

Documentación

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes
    1. Solicitudes para gastos de forestación y obras complementarias:
      • El plazo de solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria anual en el Boletín Oficial de La Rioja. Hasta el 30 de junio de 2019. (Según regula la Resolución 1101/2019, de 27 de mayo).
    2. Solicitudes de primas de mantenimiento: (SOLICITUD ÚNICA PAC)
    3. Solicitudes de primas compensatorias: (SOLICITUD ÚNICA PAC)
  • Plazo de resolución y notificación

    SEIS MESES, desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria anual.

Más información

  • Normativa:

    Orden 37/2015, de 16 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para reforestaciones y creación de superficies forestales.

    Orden 5/2017, de 2 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 37/2015.

    Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

    Resolución 1101/2019, de 31 de mayo, Texto completo de Convocatoria 2019 de ayudas de reforestación y creación de superficies forestales

    Resolución 1101/2019, de 31 de mayo, de convocatoria 2019 de ayudas de reforestación y creación de superficies forestales (extracto)

    Resolución 316/2019, Texto completo Convocatoria 2019 (Primas de mantenimiento y compensatorias)

    Resolución 316/2019, Extracto Resolución 2019 de convocatoria (Primas de mantenimiento y compensatorias)

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    Según normativa aplicable

  • Recurso que procede:

    Alzada

  • Observaciones:

    Hay que distinguir dos tipos de ayudas:

    1) Costes de implantación de las reforestaciones. (Ayuda inicial)

    2) Primas de mantenimiento y compensatorias incluidas en la Solicitud Única de la PAC. (Quienes tengan derecho a percibirlas)

    ACCESO PARA LAS AYUDAS DE SOLICITUD ÚNICA DE LA PAC

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Julio de la Cruz Moreno

    Servicio competente

    • Cortijo Martínez Pinillos

    Asistencia técnica

    FAQ (Preguntas frecuentes)

      ¿A través de este procedimiento puedo tramitar las Ayudas de la PAC (Primas de mantenimiento y primas compensatorias? NO, estas ayudas se tramitan a través de la siguiente aplicación: Solicitud Única PAC


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
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