Gobierno de Castilla-La Mancha

  • Regular el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas de estancias temporales en Centros Residenciales de mayores de la red pública de Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Tendrán preferencia en el acceso a plazas de estacia temporal las personas que por su grado de dependencia, reconocido en aplicación de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, tengan derecho a ser atendidas en un centro residencial con carácter temporal cuando así lo contemple su Programa individual de Atención. En igualdad de circunstancias la prioridad se determinará según la capacidad económica del solicitante.

  • PROCEDIMIENTO

    040152 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

    Plazo de resolución

    VER EN REQUISITOS

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SIY3 EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DE PLANES Y PROGRAMAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los mismo.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan elaborar un plan o programa de los contemplados en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, independientemente considerado de la Administración que en su momento sea la competente para su adopción o aprobación. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación ambiental estratégica se dividen en dos tipos: la evaluación de ambiental estratégica ordinaria y la evaluación ambiental estratégica simplificada.

    Requisitos

    Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para aprobar o adoptar el plan o programa que se quiere impulsar.
    Emisión de la Declaración Ambiental Estratégica (tramitación Ordinaria): 4 MESES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo, que pueden ampliarse 2 MESES más por razones justificadas. Emisión del Informe Ambiental Estratégico (tramitación Simplificada): 20 DÍAS desde la finalización de las consultas previas.

    Documentación a aportar

    El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o programa: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria. - El Documento Inicial Estratégico, cuyo contenido se establece en el artículo 18 de la Ley 21/2013. - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de planes y programas, en su caso. El promotor de un plan o programa que deba ser objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la aprobación o adopción del plan o progama: - El borrador del plan o programa. - La solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada. - El Documento Ambiental Estratégico, cuyo contenido se establece en el art. 29 de la Ley 21/2013. En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para la elaboración del Documento Inicial Estratégico, el Documento Ambiental Estratégico y el Estudio Ambiental Estratégico.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
    b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)
    En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa. Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
    DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
    Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040153 EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS

    Plazo de resolución

    VER REQUISITOS.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    S478 EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Identificar, describir y evaluar de forma apropiada, en función de cada caso particular, los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre el ser humano, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes materiales, el patrimonio histórico y la interacción entre los factores mencionados anteriormente.

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que pretendan realizar un proyecto de los comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla - La Mancha, con independencia de la Administración que sea la competente para su autorización. De acuerdo con la Ley 21/2013, los procedimientos de evaluación de impacto ambiental se dividen en dos tipos: la evaluación de impacto ambiental ordinaria y la evaluación de impacto ambiental simplificada.

    Requisitos

    Todos los trámites deben ser iniciados a través del órgano sustantivo, que es el órgano que tiene las competencias para autorizar el proyecto que se quiere impulsar.
    Emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (tramitación Ordinaria):
    1 MES desde la recepción del expediente desde el órgano sustantivo o desde que finalice el período de información pública si la realizase el órgano ambiental.
    2 MESES si el proyecto afecta a Área Protegida.
    Emisión del Informe de Impacto Ambiental (tramitación Simplificada):
    1 MES desde la finalización de las consultas previas.

    Documentación a aportar

    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la autorización del proyecto:
    - El proyecto con la documentación sustantiva requerida.
    - La solicitud de Evaluación Ambiental.
    - El Estudio de Impacto Ambiental, cuyo contenido se establece en el art. 35 y Anexo VI de la Ley 21/2013.
    - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de proyectos del anexo I de la Ley 4/2007 y de la Ley 21/2013.
    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria también podrá solicitar al órgano ambiental, previamente al inicio del procedimiento de evaluación, que elabore el Documento de Alcance del Estudio de Impacto Ambiental, que servirá de ayuda al promotor para elaborar dicho Estudio (Actuaciones previas). Para ello presentará ante el órgano sustantivo la siguiente documentación:
    - La solicitud de determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
    - El Documento Inicial, cuyo contenido se establece en el art. 34.2 de la Ley 21/2013.
    El promotor de un proyecto que deba ser objeto de una Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada presentará la siguiente documentación ante el órgano con competencia sustantiva para la autorización del proyecto, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial:
    - La solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada.
    - El Documento Ambiental, cuyo contenido se establece en el art. 45 de la Ley 21/2013.
    - Justificante de ingreso del importe de la tasa correspondiente a evaluación ambiental de proyectos del anexo II de la Ley 4/2007 y de la Ley 21/2013.
    En el área ¿Modelos del Trámite¿ se incluyen modelos genéricos para elaboración de estos documentos.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
    b) En el Registro de los Servicios Centrales, las Direcciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa. Para más información (http://pagina.jccm.es/agricul/tasas/Tasa_008.pdf)
    En la aplicación informática NEVIA se muestran los proyectos, planes y programas que son objeto de evaluación ambiental en Castilla ¿ La Mancha, incluyendo información sobre su tramitación administrativa.
    Para consultar (https://neva.jccm.es/nevia/forms/nevif100.php)
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas pinche aquí (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    Por último, puede ponerse en contacto en: Viceconsejería de Medio Ambiente, C/ Quintanar de la Orden, s/n, Tfno: 925 24 87 49, Fax: 925 24 85 32, correo electrónico: eambiental@jccm.es.
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
    Ley 21/2013, de 09-12-2013, de Evaluación Ambiental. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12913
    DOCM: 15/01/03 Decreto 178/2002, de 17/12/2002, , POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE DESARROLLO DE LA LEY 5/1999, DE 8 DE ABRIL, DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, Y SE ADAPTAN SUS ANEXOS

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • Realizar la convocatoria específica del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de la cualificación (SSC089_2) Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (Nivel 2), en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

  • PROCEDIMIENTO

    180068 EXCEDENCIA FORZOSA DE PERSONAL LABORAL

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJSO EXCEDENCIA FORZOSA DE PERSONAL LABORAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral

    Requisitos

    Ser personal laboral
    Ser nombrado como personal eventual, ejercer un cargo público por elección o designación o funciones sindicales de ámbito provincial o superior, de acuerdo con lo previsto en la Ley orgánica de Libertad Sindical, que imposibilite el normal desempeño de puestos de trabajo perciba retribuciones por su nombramiento o elección.

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Documentación acreditativa del nombramiento, elección o designación que de el pase a excedencia forzosa.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180018 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SF46 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES PERSONAL FUNCIONARIO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario

    Requisitos

    Atender al cuidado de hijos o hijas por naturaleza, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.
    Atender al cuidado de un familiar a su cargo hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Libro de familia
    Resolución judicial o administrativa en caso de adopción o acogimiento. (cuidado de hijos)
    Certificación médica en la que se acredite que tiene un familiar a su cargo que necesita el cuidado de otra persona por edad, accidente, discapacidad o enfermedad (cuidado de familiares)
    Declaración jurada o promesa de no desempeñar actividad que impida o menoscabe el cuidado del familiar.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 22-MAR-11 Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180069 EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES PERSONAL LABORAL

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJSP EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES PERSONAL LABORAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral

    Requisitos

    Ser personal laboral
    Atender al cuidado de hijos o hijas por naturaleza, adopción, guarda legal o acogimiento permanente o preadoptivo.
    Atender al cuidado de un familiar a su cargo hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Libro de familia Resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda legal o acogimiento. (cuidado de hijos) Certificación médica en la que se acredite que tiene un familiar a su cargo que necesita el cuidado de otra persona por edad, accidente, discapacidad o enfermedad (cuidado de familiares) Declaración jurada o promesa de no desempeñar actividad que impida o menoscabe el cuidado del familiar.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180070 EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD PERSONAL LABORAL FIJO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJSQ EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD PERSONAL LABORAL FIJO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral fijo

    Requisitos

    Ser personal laboral fijo
    Desempeñar un puesto como personal funcionario o personal laboral en distinta categoría profesional en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha u otro puesto en otra Administración Pública o empresa pública.

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Documentación a aportar

    Documentación acreditativa del nombramiento, toma de posesión o contrato como personal funcionario o laboral.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 08/05/15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 28/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180086 EXCEDENCIA VOLUNTARIA ESPECIAL DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJV3 EXCEDENCIA VOLUNTARIA ESPECIAL DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal funcionario de carrera

    Requisitos

    Ser personal funcionario de carrera.
    Subordinada a las necesidades del servicio.
    Duración mínima de seis meses y máxima de tres años.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del Empleado
    DOCM: 06-AUG-12 Ley 6/2012, de 2 de agosto, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 08-MAY-15 Decreto 22/2015, de 30/04/2015, de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    180121 EXCEDENCIA VOLUNTARIA ESPECIAL

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK3M EXCEDENCIA VOLUNTARIA ESPECIAL DE PERSONAL LABORAL

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Recepción de solicitudes, verificación del cumplimiento de requisitos y resolución.

    Destinatarios

    Personal laboral fijo.

    Requisitos

    Ser personal laboral fijo. Supeditada a las necesidades y al buen funcionamiento de los servicios públicos. Duración mínima de seis meses y máxima de tres años.

    Importe

    Sin costes.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

    Lugar de presentación

    Portal del empleado.
    DOCM: 09/11/17 Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

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