Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    030627 SOLICITUD DE AYUDA PREPARATORIA PARA LOS GRUPOS DE ACCION LOCAL QUE ELABORARAN EDLP EN EL PERIODO 2014/2020

    Plazo de resolución

    SEIS MESES, CONTADO DESDE LA FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKL2 SOLICITUD DE AYUDA PREPARATORIA PARA LOS GRUPOS DE ACCION LOCAL QUE ELABORARAN EDLP EN EL PERIODO 2014/2020.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 05 Abr 2016 al Jue, 21 Abr 2016

    Objeto

    Convocar, instruir y resolver el procedimiento de ayuda para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de acuerdo a la medida 19.1. del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Destinatarios

    GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL candidatos a la Orden de 04/02/2016.

    Requisitos

    1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Grupos que participen en la convocatoria establecida por la Orden de 4 de febrero de 2016.
    2. Los grupos deberán destinar las dotaciones financieras asignadas exclusivamente a la preparación de la estrategia de DLP y disponer de los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada, tanto técnica como económicamente, las tareas correspondientes.
    3. Los beneficiarios no podrán estar incursos en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y por reintegro de subvenciones. 4. Los beneficiarios deberán disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
    5. El beneficiario deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Orden de bases reguladoras.

    Importe

    El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva en su modalidad de prorrateo y el importe de la subvención se realizará prorrateándose el crédito disponible, en caso de insuficiencia presupuestaria, a fin de atender a todas las solicitudes presentadas.

    Criterios

    En caso de insuficiencia presupuestaria para atender las propuestas de concesión de ayudas se constituirá una comisión técnica.Tras la pertinente evaluación de las solicitudes, la comisión técnica procederá al prorrateo de las ayudas emitiendo un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada y del prorrateo.

    Documentación a aportar

    1. Copia del DNI del representante del Grupo, salvo que se autorice a su consulta. 2. Certificado del GAL que acredite al representante legal 3. Ficha de terceros original que acredite la cuenta 4. Copia de las escrituras y/o estatutos 5. Certificado de inscripción en el registro de asociaciones.

    Lugar de presentación

    a) Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). b) En el Registro de los Servicios Centrales y las Direcciones Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

    Información Adicional

    Se trata de una nueva ayuda incluida en el PDR 2014/2020 y que nunca ha sido convocada anteriormente.
    Resolución de 30/03/2016, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas para los gastos preparatorios de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, al amparo de la medida 19.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.
    Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030850 AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACION DE RECURSOS AGRICOLAS AMENAZADOS DE EROSION GENETICA EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SLAJ SOLICITUD DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACION DE RECURSOS AGRICOLAS AMENAZADOS DE EROSION GENETICA EN CASTILLA-LA MANCHA.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 10 Oct 2019 al Jue, 09 Ene 2020

    Objeto

    La producción de semillas y material vegetal de variedades autóctonas, reconocidas como variedades de conservación, con la pretensión de conservar y poner en valor los recursos fitogenéticos de la región castellano-manchega.

    Destinatarios

    Las asociaciones de agricultores cuya finalidad sea la producción y comercialización de variedades de conservación.

    Requisitos

    a. Tener personalidad jurídica propia.
    b. Ámbito de actuación en Castilla-La Mancha.
    c. Compromiso de inscripción en los registros pertinentes.
    d. La asociación deberá contar con una localización física donde se centralicen las actuaciones a llevar a cabo.
    e. Deberán cumplir con la normativa de semillas y plantas de vivero.

    Importe

    El límite máximo de la ayuda es de 50.000 euros anuales por asociación y año.
    La intensidad de la ayuda será del 100% de los costes subvencionables.
    El procedimiento de ayuda sera en régimen de concurrencia competitiva, procediendose al prorrateo si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes.

    Criterios

    No se han generado criterios de selección (se procederá al prorrateo)

    Documentación a aportar

    a) Solicitud
    b) Copia de la escritura o documento de constitución, acta fundacional u otro documento acreditativo de su constitución, así como de sus modificaciones posteriores
    c) Fotocopia del NIF del representante en el caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
    d) Documento válido en derecho que acredite la representación
    e) Proyecto o programa de actuación de dos años, para el periodo 2019-2020, con el contenido indicado en el anexo de la Orden de bases

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    semillas@jccm.es
    DOCM: 01/04/19 Orden 54/2019, de 25 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la conservación de recursos agrícolas amenazados de erosión genética, en el marco de la operación 10.2.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 09/10/19 Resolución de 03/10/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, para el año 2019, las ayudas para la conservación de recursos agrícolas amenazados de erosión genética, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 475953.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030847 AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACION, USO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS GENETICOS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SLA3 SOLICITUD DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACION, USO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS GENETICOS GANADEROS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 10 Oct 2019 al Jue, 07 Nov 2019

    Objeto

    Fomentar la conservación y el mantenimiento de recursos genéticos ganaderos, mediante actuaciones de conservación in situ y ex situ

    Destinatarios

    Organizaciones de criadores oficialmente reconocidas para la gestión y control del libro genealógico de razas ganaderas

    Requisitos

    a) Tener personalidad jurídica propia.
    b) Carecer de ánimo de lucro.
    c) Que la organización esté oficialmente reconocida para la gestión del Libro Genealógico y el programa de cría de cualquiera de las razas de ganado autóctono que figuran en el Anexo I de la orden.
    d) Que su ámbito de actuación incluya a los animales de la raza autóctona y sus ganaderías en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

    Importe

    a) La ayuda adoptará la forma de baremos estándar de costes unitarios, que figuran en el Anexo II de la Orden de bases
    b) La intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 100% de los costes subvencionables, con un límite de 15 euros por UGM. A efectos de aplicar la intensidad de esta ayuda se entenderá como UGM el número de machos y hembras reproductores inscritos en el libro genealógico, según la tabla de equivalencias del Anexo III de la Orden de bases.
    c) No obstante lo anterior, el límite máximo de la ayuda es de 200.000 euros anuales por organización.

    Criterios

    C1.- Mayor implantación de la raza en Castilla-La Mancha
    C2.- Nivel de peligro de extinción
    C3.- Número total Unidades de Ganado Mayor
    En caso de empate se priorizará el criterio C1, de persisitir el empate se utilizará el criterio C3

    Documentación a aportar

    a) Solicitud
    b) Tarjeta de Identificación Fiscal
    c) Copia de la escritura o documento de constitución, acta fundacional u otro documento acreditativo de su constitución, así como de sus modificaciones posteriores
    d) Fotocopia del NIF del representante en el caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
    e) Documento válido en derecho que acredite la representación
    f) Programa de actuación de dos años, para el periodo 2019-2020, con el contenido indicado en el artículo 5 de la Orden de bases
    g) Valoración económica propuesta.

    Lugar de presentación

    Telemáticamente con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    ganaderia@jccm.es
    DOCM: 24/05/19 Orden 76/2019, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos en Castilla-La Mancha, dentro de la operación 10.2.1 de conservación de recursos genéticos ganaderos del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 09/10/19 Resolución de 03/10/2019, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, para el año 2019, las ayudas destinadas a la conservación, uso y desarrollo sostenible de los recursos genéticos en Castilla-La Mancha, dentro de la operación 10.2.1 de conservación de recursos genéticos ganaderos del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 475954.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030816 SOLICITUD AYUDAS PARA EL CONTROL DE RENDIMIENTO DE LAS HEMBRAS LECHERAS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SL63 SOLICITUD DE AYUDAS PARA EL CONTROL DE RENDIMIENTO DE LAS HEMBRAS LECHERAS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 08 Ene 2019 al Lun, 04 Feb 2019

    Objeto

    Convocar por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas destinadas al control de rendimiento de las hembras lecheras de las especies bovina, ovina y caprina de raza pura destinadas a la reproducción, sometidas a control de rendimientos lecheros en Castilla-La Mancha, que se contienen en el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, que regula el control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina.

    Destinatarios

    Las asociaciones regionales o nacionales, que integren a los titulares de explotaciones incluidas en el Control Lechero Oficial en Castilla-La Mancha en las que se hayan realizado controles de rendimiento lechero.

    Requisitos

    Los recogidos en el artículo 2 de la correspondiente Orden de bases reguladoras.

    Importe

    La cuantía estimada para la concesión de ayudas al control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha para el año 2019 es de 255.000,00 euros.
    De cara a los beneficiarios, los límites máximos de ayuda por cada lactación finalizada y válida son:
    a) Diez (10) euros, en el caso de controles de rendimientos en hembras de la especie bovina.
    b) Cinco (5) euros, en el caso de controles de rendimientos en hembras de las especies ovina y caprina.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará bajo el régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 7 de la orden de bases reguladoras, que incluye la posibilidad de prorrateo.

    Documentación a aportar

    - Documento de constitución de la entidad, sus estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente.
    - Apoderamiento bastante del representante o documento acreditativo de la representación, en caso necesario.
    - Declaración de cumplimiento de requisitos en cada una de las explotaciones ganaderas. 1 hoja por ganadería, firmada por su titular) según anexo II.

    Lugar de presentación

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se deberán presentar telemáticamente con firma electrónica a través del formulario que se incluirá en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)

    Información Adicional

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación de las ayudas se realizará por vía electrónica. Para ello se requerirá que el interesado esté dado de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)
    La autorización para que la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural pueda proceder a la comprobación y verificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Junta de Comunidades de Casilla-La Mancha conlleva la tasa establecida en el articulo 399 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
    DOCM: 07/01/19 Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2019 las ayudas para el control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 432581.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030291 AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJ11 SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 08 Ene 2019 al Jue, 07 Mar 2019

    Objeto

    Satisfacer las demandas de la sociedad en lo relativo a bienes y servicios ambientales potenciando al mismo tiempo la cubierta forestal arbórea como medio para garantizar su funcionalidad social, protectora, productora y ecológica y que puedan permitir a sus propietarios alguna renta económica compatible con los principios de sostenibilidad de las masas forestales.

    Destinatarios

    Entidades locales, las personas físicas o personas jurídicas, públicas o privadas, o sus asociaciones ya sean titulares de derechos reales de propiedad, de posesión o de usufructo de los montes y superficies forestales incluidos en el ámbito de aplicación de la Orden de bases de la ayuda.

    No podrán solicitar estas ayudas las comunidades de bienes, ni los organismos de la Administración General del Estado, ni de las Comunidades Autónomas, así como las sociedades participadas en al menos un 50% por alguno de los organismos de las Administraciones mencionadas.

    Requisitos

    Montes y superficies forestales que cumplan los siguientes requisitos:

    - Estar ubicados en Castilla-La Mancha en terrenos forestales, calificados en el Sigpac con las claves FO (forestal), PR (pasto arbustivo) y PA (pasto con arbolado).
    - Llevar a cabo actuaciones sobre una superficie igual o superior a 10 ha.
    - Para el caso de explotaciones forestales con una superficie superior a 100 ha, disponer de instrumento de gestión forestal sostenible vigente o presentado ante la Administración Forestal competente en el momento de la publicación de la convocatoria de la ayuda, y aprobado antes de la resolución de la misma.
    - Para el caso de masas creadas con ayudas a la forestación de tierras agrarias o agrícolas, que hayan pasado al menos 15 años desde la última certificación de implantación hasta la publicación de la convocatoria de la ayuda.

    Importe

    Para la convocatoria correspondiente al año 2018 se prevé la existencia de un crédito de 25.000.000 euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2020 y 2021 en las siguientes dotaciones presupuestarias, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente:

    221100000G/442B/76345: 9.000.000 euros. Anualidad 2020: 7.000.000 euros Anualidad 2021: 2.000.000 euros.
    21100000G/442B/77345: 15.000.000 euros. Anualidad 2020: 12.000.000 euros. Anualidad 2021: 3.000.000 euros.
    21100000G/442B/78345: 1.000.000 euros. Anualidad 2020: 800.000 euros. Anualidad 2021: 200.000 euros.

    La intensidad de la ayuda será del 100% del coste total subvencionable justificado.
    El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 2.300 euros.
    Se establece una ayuda máxima de 40.000 euros por beneficiario.

    Criterios

    El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

    Documentación a aportar

    - Personas físicas:
    fotocopia del NIF.
    Si se relaciona a través de un representante, documentación indicada para el caso de personas jurídicas en los apartado b) y c).

    - Personas jurídicas:
    a) Copia de documento acreditativo de su constitución y sus modificaciones.
    b) Fotocopia del NIF del representante.
    c) Documento que acredite la representación.

    - Agrupaciones de titulares de explotaciones forestales.
    Documento acreditativo de su constitución, y sus modificaciones; indicando nombres y NIF de los titulares de explotaciones forestales que forman la agrupación. Documentación indicada para el caso de personas jurídicas en los apartado b) y c).

    - Documentos acreditativos de la propiedad, posesión o usufructo:
    a) Titularidad de la explotación en propiedad: fotocopia escritura de propiedad, nota simple registral, o certificado del Registro de la Propiedad. Excepcionalmente, certificado catastral.
    b) Proindiviso: acuerdo de todos los titulares autorizando al solicitante de la ayuda.
    c) Entidades Locales: certificado del Secretario con el visto bueno del Alcalde en el que conste que el inmueble está incluido en el Inventario de Bienes.
    d) Agrupaciones de titulares forestales: certificado del secretario indicando que la agrupación es titular de derechos reales sobre los recintos solicitados
    e) En el caso de un derecho real de posesión o de usufructo: fotocopia del contrato de arrendamiento, cesión, aparcería. Autorización del propietario.

    - Memoria técnica de los trabajos a realizar, valorados según el Anexo I de la Orden de bases reguladora de la ayuda, y suscrita por técnico competente en materia forestal.

    Lugar de presentación

    a) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www. jccm.es)
    b) Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.

    Información Adicional


    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa de 8.58 euros. Para cumplimentar el 046 PINCHE AQUÍ

    Si desea presentar subsanaciones a su solicitud Pinche aqui
    Reglamento de la Ley 38/2003, Real Decreto 887/2006. Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo Reglamento (UE) nº 807/2014 de la Comisión Reglamento (UE) nº 808/2014 de la Comisión Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo Título III, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
    Reglamento (UE) nº 807/2014 de la Comisión
    Reglamento (UE) nº 808/2014 de la Comisión
    Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
    DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08/03/2007, DE EVALUACION AMBIENTAL EN CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 07/01/19 Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se realiza la convocatoria para el año 2018 de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
    DOCM: 27/07/16 Orden de 20/07/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    Reglamento de la Ley 38/2003, Real Decreto 887/2006.
    DOCM: 26/05/99 Ley 9/1999, de 26/05/1999, DE CONSERVACION DE LA NATURALEZA
    DOCM: 30/12/06 Ley 9/2006, de 21/12/2006, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MODIFICACION DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES
    DOCM: 23/06/08 Ley 3/2008, de 12/06/2008, DE MONTES Y GESTION FORESTAL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030599 AYUDAS PARA LA GESTION DE LOS PURINES GENERADOS EN EXPLOTACIONES PORCINAS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    EL PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER SERÁ DE 3 MESES A CONTAR DESDE LA FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKGG SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA GESTION DE LOS PURINES GENERADOS EN EXPLOTACIONES PORCINAS DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Mar, 05 Mayo 2015 al Sáb, 04 Jul 2015

    Objeto

    Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas correspondientes a la gestión alternativa de los purines generados en explotaciones porcinas que se destinaban a las plantas de cogeneración ubicadas en Castilla-La Mancha cerradas en 2014

    Destinatarios

    Las personas físicas, las personas jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aún careciendo de personalidad jurídica, que puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención

    Requisitos

    a) Las personas físicas, las personas jurídicas y aquellos integrantes de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) en estado de alta como explotación de porcino de producción y/o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes. b) En su caso, estar legalmente constituidas a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales. d) En el supuesto de estar sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, el beneficiario deberá disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme.

    Importe

    1. La cuantía máxima por gasto de transporte es 1,30 euros para el purín procedente de explotaciones ganaderas situadas en zonas vulnerables. Y de 0,65 euros para el purín procedente de explotaciones fuera de zonas vulnerables a contaminación de nitratos.
    2. En inversiones la cuantía máxima será, hasta el 40% del importe de la inversión subvencionable.

    Criterios

    1. El procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva, priorizandose de conformidad con los criterios que se establecen en el apartado siguiente. 2. Dentro de cada una de las actuaciones subvencionables del artículo 2 se priorizaran las solicitudes entre sí, en función del mayor a menor aporte de purines entregado en 2013 a las plantas de cogeneración cerradas en 2014. En caso de empate, se dará prioridad a las solicitudes por fecha y número de registro de entrada

    Documentación a aportar

    1.-Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación, salvo que ya obre en poder de esta Administración.
    a) NIF/NIE de la persona solicitante o de quien la represente que podrá ser sustituido por una autorización a esta Administración para consultar los datos contenidos en el NIF de forma telemática.
    b) Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho.
    c) En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, en su caso. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, se verificará de oficio.
    d) Proyecto y factura proforma de las inversiones a realizar, en su caso, así como del presupuesto del proyecto, en su caso.
    e) Acreditar mediante una declaración responsable firmada por el ganadero y el agricultor que contenga al menos la referencia SIGPAC de las parcelas implicadas (municipio, polígono, parcela y recinto), la fecha aproximada de aplicación o, en su caso, a aplicar, la distancia y la cantidad prevista aplicada o, en su caso, a aplicar, además de una declaración del titular de las tierras de aceptación de la valorización en las mismas y justificación de la propiedad o de su arrendamiento. En caso de que las parcelas sean del mismo titular de la explotación ganadera, igualmente justificación de la propiedad y declaración responsable del mismo.
    f) Documentación que acredite que se tiene un compromiso firmado con una planta de tratamiento autorizada, que contenga la cantidad a entregar, y la duración de dicho compromiso.
    g) Tres ofertas de diferentes proveedores, cuando corresponda.
    2.- Declaraciones responsables que la persona solicitante ratificará mediante la firma de la solicitud, y que en ella se indican.

    Lugar de presentación

    Las personas jurídicas sólo presentarán sus solicitudes de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). Las personas físicas, podrán presentar sus solicitudes además de por medios telemáticos, en cualquiera de lugares previstos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modelo Anexo I

    Información Adicional

    Dudas en ganaderia@jccm.es
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas pinche aquí (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L 352, de 24.12.2013)
    DOCM: 04/05/15 Orden de 22/04/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas correspondientes a la gestión alternativa de los purines generados en explotaciones porcinas que se destinaban a las plantas de cogeneración ubicadas en Castilla-La Mancha cerradas en 2014.
    Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030587 AYUDAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS POR PARTE DE LAS AGRUPACIONES DE SANIDAD VEGETAL EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKDR SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN GESTION INTEGRADA DE PLAGAS POR LAS ASV DE CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Jue, 18 Ago 2016 al Sáb, 03 Sep 2016

    Objeto

    Convocar las ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla la Mancha; esta ayuda consiste en una subvención en especie dirigida a los agricultores que se basa en el asesoramiento técnico en materia de gestión integrada de plagas.

    Destinatarios

    Agricultores titulares de Pequeñas y Medianas Empresas agrícolas que soliciten el asesoramiento en materia de gestión integrada de plagas a una ASV como entidad colaboradora.

    Requisitos

    - Ser una ASV reconocida en base a la Orden de 16 de marzo de 2015, inscrita en el Registro de ASV y activa en el momento de solicitar la ayuda, o en disposición de cumplir dichas condiciones.

    - Suscribir un convenio de colaboración con la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

    - Ser titular de una cuenta bancaria específica para la gestión de estas subvenciones

    - Disponer de fondos para cubrir, los gastos que genere la prestación, así como equipos y material para el seguimiento constante de plagas

    - Dentro de su ámbito de actuación prestar asesoramiento técnico en consultas relacionadas con la gestión integrada de plagas

    - Reunir el resto de requisitos así como cumplir con las obligaciones y compromisos previstos en las bases reguladoras y convocatoria de esta ayuda.

    Importe

    El importe de la ayuda a cada agricultor se limitará a 1500 euros por asesoramiento, con los siguientes límites.

    a) Contratación de personal técnico: el 50 por ciento de las actuaciones del técnico, con una subvención máxima de 4.000 euros/año

    b) Adquisición del material de seguimiento y tratamiento de plagas: hasta el 75 por ciento de los gastos elegibles, con un máximo de 2.000 euros/año

    c) Asesoramiento de superficie de cultivo, con los importes máximos de subvención por unidad de superficie indicados en el anexo de la presente Orden, hasta un máximo de 5.000 euros/año

    d) Gastos de inscripción o matrícula en cursos o jornadas de formación por parte del técnico/s de la ASV: el 75 por ciento de los gastos auxiliables con un máximo de 400 euros/año

    Criterios

    - El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Criterios de valoración

    - Las solicitudes serán valoradas entre 0 y100 puntos

    a) Nº de agricultores de la ASV (70 ptos)
    b) Nº de hectáreas de la ASV (30 ptos)

    - En el caso de que mas de una ASV obtuviera la misma puntuación se aplicará, para establecer el orden de prelación, la fecha de presentación de la solicitud.

    Documentación a aportar

    - Nif del representante de la entidad solicitante, salvo que haya autorizado la consulta de datos

    - Documento acreditativo de la representatividad

    - Anexo III. Relación informatizada actualizada de socios que forman parte de la ASV

    Lugar de presentación

    - De forma telemática a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (www.jcccm.es)

    Información Adicional

    La notificación se hará por medios electrónicos. Para ello, las ASV tendrán que estar dadas de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para darse de alta pinche aquí ( https://notifica.jccm.es/Notificador/)
    DOCM: 31/08/15 Orden de 27 de julio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 18/11/15 Orden de 16/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 27/07/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 17/08/16 Resolución de 10/08/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314835.
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha
    DOCM: 31/08/15 Orden de 27 de julio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 18/11/15 Orden de 16/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 27/07/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 17/08/16 Resolución de 10/08/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314835.
    DOCM: 18/11/15 Orden de 16/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 27/07/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha
    DOCM: 31/08/15 Orden de 27 de julio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 18/11/15 Orden de 16/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 27/07/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 17/08/16 Resolución de 10/08/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314835.
    DOCM: 18/11/15 Orden de 16/11/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 27/07/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 17/08/16 Resolución de 10/08/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314835.
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha
    DOCM: 31/08/15 Orden de 27 de julio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 31/08/15 Orden de 27 de julio de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de control realizados por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 24/04/15 Orden de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal en Castilla-La Mancha
    DOCM: 17/08/16 Resolución de 10/08/2016, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan ayudas para la prestación de servicios de asesoramiento en gestión integrada de plagas por parte de las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 314835.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

  • La presente orden tiene por objeto convocar en el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países como medida incluida en el Real Decreto 1079/2004,de 19 de diciembre. Convocar, las ayudas para la promoción del vino en terceros países.

    Criterios

    a) Cumplimiento de los requerimientos de los artículos 5, 6, y 7 de la Orden.

  • Apoyar la promoción de los artesanos y empresas artesanas en Castilla- La Mancha, con el fin de potenciar su tejido y fomentar la competitividad y rentabilidad de su actividad económica productiva.

    Criterios

    La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer un orden de prelación entre las mismas, a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el Capítulo II de la Orden de 04 de abril de 2016 y de los de la Disposición Novena de la Resolución de 07 de junio de 2016.

  • PROCEDIMIENTO

    030281 ACTIVIDADES FORMATIVAS DIRIGIDAS A LOS PROFESIONALES DEL SECTOR AGROALIMENTARIO Y DEL MEDIO RURAL.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKAH SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA REALIZACION DE CURSOS DE FORMACION, TALLERES Y BREVES ESTANCIAS O INTERCAMBIOS Y VISITAS. EJERCICIO 2019

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Sáb, 06 Abr 2019 al Jue, 09 Mayo 2019

    Objeto

    Contribuir al aumento de la cualificación profesional de las personas dedicadas a actividades agrarias y no agrarias dentro del entorno rural y destinadas a personas que ejerzan o vayan a ejercer su actividad profesional en los sectores agrícola, ganadero, forestal y agroambiental, en el marco del art.14 del R (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural través del FEADER y del PDR de Castilla-La Mancha 2014-2020.

    Destinatarios

    Las entidades que impartan las acciones formativas previstas en las operaciones incluidas en el artículo 4 de esta Orden de bases y, en concreto, las pequeñas y medianas empresas y organizaciones profesionales agrarias u otras asociaciones de ámbito al menos provincial introducidas en el medio rural con capacidad técnica y económica, instalaciones y medios propios adecuados para llevar a cabo las actividades de formación.

    Requisitos

    - No concurrir ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    - Así como acatar el contenido del artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
    - Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de ayuda.

    Importe

    Estas ayudas son cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) con un 90%, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con un 3 % y la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con un 7%.

    - Los límites máximos de la convocatoria dedicados a los cursos de formación y talleres será de 997.500 euros.
    - Para las Breves Estancias será de 52.500 euros.
    - El límite máximo subvencionable por beneficiario será de 150.000 euros. - La cuantía de las subvenciones a conceder será del 100% del presupuesto de las actividades formativas, sin superar los límites anteriormente indicados.
    - El IVA no es un gasto subvencionable excepto cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre el IVA.

    Criterios

    El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, produciéndose el reparto de las ayudas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la orden de bases.

    Documentación a aportar

    - Fotocopia del documento acreditativo de la naturaleza de la entidad y de sus estatutos.
    - Documento acreditativo del poder de representación
    - DNI del representante
    - Ficha técnica de cada tipo de actividad formativa (según modelo de la convocatoria anexo VI)
    - Relación de personal capacitado para llevar a cabo las acciones formativas
    - Acreditación de los docentes de formar parte de la plantilla de trabajadores
    - Acreditación de la experiencia en prestación del servicio de formación emitida por las entidades por las entidades responsables de los mismos.
    - Acreditación de la experiencia formativa y la gestión y organización de eventos que impliquen desplazamientos y viajes enfocados al intercambio en explotaciones agrícolas y forestales.
    - Memoria comprensiva de la estructura y capacidad de la entidad prestadora del servicio de formación (instalaciones, medios didácticos, formación académica y/o profesional del personal docente).
    - Memoria compresiva de la estructura y capacidad administrativa para planificar, organizar y gestionar intercambios de participantes.

    Lugar de presentación

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PAC de las AAPP, se establece la obligatoriedad de comunicarse con las Administraciones Públicas utilizando sólo medios electrónicos.

    Por ello, la utilización de los medios electrónicos será obligatoria para la presentación de las solicitudes de ayuda y documentación debiendo utilizar un sistema de firma electrónica avanzada, a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la JCCM (www.jccm.es)

    Información Adicional

    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@
    DOCM: 29/01/19 Orden 5/2019, de 22 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
    DOCM: 05/04/19 Resolución de 29/03/2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan en 2019 ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 447195.

    Tramitación - Fuera de Plazo

    Internet:Tramitación Online

    Alertas informativas

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