SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS. | Sede Electrónica

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

030291 AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020

Plazo de resolución

6 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SJ11 SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA EJECUCION DE TRATAMIENTOS SELVICOLAS.

Plazo de presentación de solicitudes


Del Mar, 08 Ene 2019 al Jue, 07 Mar 2019

Objeto

Satisfacer las demandas de la sociedad en lo relativo a bienes y servicios ambientales potenciando al mismo tiempo la cubierta forestal arbórea como medio para garantizar su funcionalidad social, protectora, productora y ecológica y que puedan permitir a sus propietarios alguna renta económica compatible con los principios de sostenibilidad de las masas forestales.

Destinatarios

Entidades locales, las personas físicas o personas jurídicas, públicas o privadas, o sus asociaciones ya sean titulares de derechos reales de propiedad, de posesión o de usufructo de los montes y superficies forestales incluidos en el ámbito de aplicación de la Orden de bases de la ayuda.

No podrán solicitar estas ayudas las comunidades de bienes, ni los organismos de la Administración General del Estado, ni de las Comunidades Autónomas, así como las sociedades participadas en al menos un 50% por alguno de los organismos de las Administraciones mencionadas.

Requisitos

Montes y superficies forestales que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar ubicados en Castilla-La Mancha en terrenos forestales, calificados en el Sigpac con las claves FO (forestal), PR (pasto arbustivo) y PA (pasto con arbolado).
- Llevar a cabo actuaciones sobre una superficie igual o superior a 10 ha.
- Para el caso de explotaciones forestales con una superficie superior a 100 ha, disponer de instrumento de gestión forestal sostenible vigente o presentado ante la Administración Forestal competente en el momento de la publicación de la convocatoria de la ayuda, y aprobado antes de la resolución de la misma.
- Para el caso de masas creadas con ayudas a la forestación de tierras agrarias o agrícolas, que hayan pasado al menos 15 años desde la última certificación de implantación hasta la publicación de la convocatoria de la ayuda.

Importe

Para la convocatoria correspondiente al año 2018 se prevé la existencia de un crédito de 25.000.000 euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2020 y 2021 en las siguientes dotaciones presupuestarias, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente:

221100000G/442B/76345: 9.000.000 euros. Anualidad 2020: 7.000.000 euros Anualidad 2021: 2.000.000 euros.
21100000G/442B/77345: 15.000.000 euros. Anualidad 2020: 12.000.000 euros. Anualidad 2021: 3.000.000 euros.
21100000G/442B/78345: 1.000.000 euros. Anualidad 2020: 800.000 euros. Anualidad 2021: 200.000 euros.

La intensidad de la ayuda será del 100% del coste total subvencionable justificado.
El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 2.300 euros.
Se establece una ayuda máxima de 40.000 euros por beneficiario.

Criterios

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Documentación a aportar

- Personas físicas:
fotocopia del NIF.
Si se relaciona a través de un representante, documentación indicada para el caso de personas jurídicas en los apartado b) y c).

- Personas jurídicas:
a) Copia de documento acreditativo de su constitución y sus modificaciones.
b) Fotocopia del NIF del representante.
c) Documento que acredite la representación.

- Agrupaciones de titulares de explotaciones forestales.
Documento acreditativo de su constitución, y sus modificaciones; indicando nombres y NIF de los titulares de explotaciones forestales que forman la agrupación. Documentación indicada para el caso de personas jurídicas en los apartado b) y c).

- Documentos acreditativos de la propiedad, posesión o usufructo:
a) Titularidad de la explotación en propiedad: fotocopia escritura de propiedad, nota simple registral, o certificado del Registro de la Propiedad. Excepcionalmente, certificado catastral.
b) Proindiviso: acuerdo de todos los titulares autorizando al solicitante de la ayuda.
c) Entidades Locales: certificado del Secretario con el visto bueno del Alcalde en el que conste que el inmueble está incluido en el Inventario de Bienes.
d) Agrupaciones de titulares forestales: certificado del secretario indicando que la agrupación es titular de derechos reales sobre los recintos solicitados
e) En el caso de un derecho real de posesión o de usufructo: fotocopia del contrato de arrendamiento, cesión, aparcería. Autorización del propietario.

- Memoria técnica de los trabajos a realizar, valorados según el Anexo I de la Orden de bases reguladora de la ayuda, y suscrita por técnico competente en materia forestal.

Lugar de presentación

a) Las personas físicas, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www. jccm.es)
b) Las personas jurídicas y demás sujetos contempladas en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática.

Información Adicional


Este procedimiento conlleva el pago de una tasa de 8.58 euros. Para cumplimentar el 046 PINCHE AQUÍ

Si desea presentar subsanaciones a su solicitud Pinche aqui
Reglamento de la Ley 38/2003, Real Decreto 887/2006. Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo Reglamento (UE) nº 807/2014 de la Comisión Reglamento (UE) nº 808/2014 de la Comisión Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo Título III, del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Reglamento (UE) nº 807/2014 de la Comisión
Reglamento (UE) nº 808/2014 de la Comisión
Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
DOCM: 20/03/07 Ley 4/2007, de 08/03/2007, DE EVALUACION AMBIENTAL EN CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 07/01/19 Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se realiza la convocatoria para el año 2018 de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
DOCM: 27/07/16 Orden de 20/07/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Reglamento de la Ley 38/2003, Real Decreto 887/2006.
DOCM: 26/05/99 Ley 9/1999, de 26/05/1999, DE CONSERVACION DE LA NATURALEZA
DOCM: 30/12/06 Ley 9/2006, de 21/12/2006, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MODIFICACION DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES
DOCM: 23/06/08 Ley 3/2008, de 12/06/2008, DE MONTES Y GESTION FORESTAL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA

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Internet:Tramitación Online

Presencial: Oficinas de Registro

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