SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA GESTION DE LOS PURINES GENERADOS EN EXPLOTACIONES PORCINAS DE CASTILLA-LA MANCHA | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

030599 AYUDAS PARA LA GESTION DE LOS PURINES GENERADOS EN EXPLOTACIONES PORCINAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Plazo de resolución

EL PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER SERÁ DE 3 MESES A CONTAR DESDE LA FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Efectos silencio

Desestimatorio

SKGG SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA GESTION DE LOS PURINES GENERADOS EN EXPLOTACIONES PORCINAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Plazo de presentación de solicitudes


Del Mar, 05 Mayo 2015 al Sáb, 04 Jul 2015

Objeto

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas correspondientes a la gestión alternativa de los purines generados en explotaciones porcinas que se destinaban a las plantas de cogeneración ubicadas en Castilla-La Mancha cerradas en 2014

Destinatarios

Las personas físicas, las personas jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aún careciendo de personalidad jurídica, que puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención

Requisitos

a) Las personas físicas, las personas jurídicas y aquellos integrantes de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) en estado de alta como explotación de porcino de producción y/o reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado y de las concesiones administrativas correspondientes. b) En su caso, estar legalmente constituidas a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Cumplir las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales. d) En el supuesto de estar sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, el beneficiario deberá disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme.

Importe

1. La cuantía máxima por gasto de transporte es 1,30 euros para el purín procedente de explotaciones ganaderas situadas en zonas vulnerables. Y de 0,65 euros para el purín procedente de explotaciones fuera de zonas vulnerables a contaminación de nitratos.
2. En inversiones la cuantía máxima será, hasta el 40% del importe de la inversión subvencionable.

Criterios

1. El procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva, priorizandose de conformidad con los criterios que se establecen en el apartado siguiente. 2. Dentro de cada una de las actuaciones subvencionables del artículo 2 se priorizaran las solicitudes entre sí, en función del mayor a menor aporte de purines entregado en 2013 a las plantas de cogeneración cerradas en 2014. En caso de empate, se dará prioridad a las solicitudes por fecha y número de registro de entrada

Documentación a aportar

1.-Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación, salvo que ya obre en poder de esta Administración.
a) NIF/NIE de la persona solicitante o de quien la represente que podrá ser sustituido por una autorización a esta Administración para consultar los datos contenidos en el NIF de forma telemática.
b) Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho.
c) En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, en su caso. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, se verificará de oficio.
d) Proyecto y factura proforma de las inversiones a realizar, en su caso, así como del presupuesto del proyecto, en su caso.
e) Acreditar mediante una declaración responsable firmada por el ganadero y el agricultor que contenga al menos la referencia SIGPAC de las parcelas implicadas (municipio, polígono, parcela y recinto), la fecha aproximada de aplicación o, en su caso, a aplicar, la distancia y la cantidad prevista aplicada o, en su caso, a aplicar, además de una declaración del titular de las tierras de aceptación de la valorización en las mismas y justificación de la propiedad o de su arrendamiento. En caso de que las parcelas sean del mismo titular de la explotación ganadera, igualmente justificación de la propiedad y declaración responsable del mismo.
f) Documentación que acredite que se tiene un compromiso firmado con una planta de tratamiento autorizada, que contenga la cantidad a entregar, y la duración de dicho compromiso.
g) Tres ofertas de diferentes proveedores, cuando corresponda.
2.- Declaraciones responsables que la persona solicitante ratificará mediante la firma de la solicitud, y que en ella se indican.

Lugar de presentación

Las personas jurídicas sólo presentarán sus solicitudes de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). Las personas físicas, podrán presentar sus solicitudes además de por medios telemáticos, en cualquiera de lugares previstos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modelo Anexo I

Información Adicional

Dudas en ganaderia@jccm.es
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas pinche aquí (https://notifica.jccm.es/Notificador/)
Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L 352, de 24.12.2013)
DOCM: 04/05/15 Orden de 22/04/2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas correspondientes a la gestión alternativa de los purines generados en explotaciones porcinas que se destinaban a las plantas de cogeneración ubicadas en Castilla-La Mancha cerradas en 2014.
Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Tramitación - Fuera de Plazo

Internet:Tramitación Online

Presencial: Oficinas de Registro

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