Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    190015 ARRENDAMIENTOS DE BIENES INMUEBLES DONDE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA, ES PARTE ARRENDATARIA.

    Plazo de resolución

    EN QUE SE ESTABLEZCA EN LA CONVOCATORIA, EN CASO DE CONCURSO, Y EN SU DEFECTO TRES MESES.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKYI ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES DONDE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA ES PARTE ARRENDATARIA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    En el caso de concurso, en el plazo que se establezca en el pliego de condiciones; si se trata de adjudicación directa, en el plazo que se otorgue en la invitación para ofertar.

    Objeto

    Por la Consejería u organismo interesado se iniciará el arrendamiento de bienes inmuebles, justificando la necesidad, y determinando las características del contrato a celebrar, la forma de adjudicación y acreditando la existencia de crédito adecuado y suficiente.

    La Consejería de Hacienda y AAPP aprobará el pliego de las condiciones (en caso de concurso), el expediente y la adjudicación.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y cualesquiera sujetos con capacidad para dar en arrendamiento bienes inmuebles.

    Requisitos

    El arrendador, deberá acreditar su personalidad y capacidad, con arreglo a las normas civiles, así como que ostenta la propiedad o disposición del inmueble para ofertarlo en arrendamiento, y cumplir con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones (en caso de concurso) o que consten en la invitación (en caso de adjudicación directa).

    No podrán serlo las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas.

    Importe

    - En el concurso público: El tipo de licitación indicará en el Pliego de Condiciones, y vendrá determinado por el precio que fije la tasación pericial realizada por los servicios técnicos de valoración de la Junta de Comunidades y la renta a pagar será la que oferte el licitador dentro del marco establecido en el pliego de condiciones.

    - Si se trata de adjudicación directa: el precio del contrato de arrendamiento no podrá exceder de la tasación pericial.

    Criterios

    - Los que fije el pliego de condiciones que rija la contratación si se utiliza el concurso público, o los previamente establecidos en el supuesto de adjudicación directa.

    Con arreglo a los criterios establecidos, el contrato de arrendamiento se adjudica por el Consejero de Hacienda y AAPP, al ser el competente en materia de patrimonio ( art 49 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de Castilla-La Mancha).

    Documentación a aportar

    - Oferta del arrendamiento que suscribirá el arrendador.
    - Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad para contratar con las Administraciones Públicas del mismo.
    - En el caso de las personas jurídicas o, en el de las físicas que actúen mediante representante, se deberá acreditar la representación en los términos previstos en el art. 5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    - El arrendador aportará nota simple registral de titularidad del inmueble u otro documento acreditativo.
    - Los demás requisitos exigidos en el pliego o invitación.

    Lugar de presentación

    En el registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, y en cualesquiera lugares de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:

    Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
    Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
    Teléfono: 925-266500.
    DOCM: 03/12/85 Ley 6/1985, de 13/11/1985, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DEL PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
    Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1.373/2009, de 28 de agosto.
    Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010513 ASIGNACION GRATUITA DE DERECHOS DE EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO PARA NUEVOS ENTRANTES PARA EL PERIDO 2013-2020.

    Plazo de resolución

    SK2B ASIGNACION GRATUITA DE DERECHOS DE EMISION DE GASES DE EFECTO INVERNADERO PARA NUEVOS ENTRANTES PARA EL PERIODO 2013-2020

    Plazo de presentación de solicitudes

    Antes de un año, desde la puesta en funcionamiento de la instalación.

    Objeto

    Asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para nuevos entrantes.

    Destinatarios

    Instalaciones sometidas al régimen de comercio de derechos de emisión (según el anexo I de la ley 1/2005), que lleven menos de 1 año de funcionamiento. Tendrán derecho a la asignación gratuita los sectores o subsectores expuestos a la fuga de carbono durante el periodo 2013-2020, para el resto la asignación gratuita irá decreciendo desde el 80% para 2013, hasta el 30% para 2020, estando prevista su desaparición en 2027.

    Requisitos

    Estar en posesión de la autorización de emisión.
    Presentar la información y los datos necesarios para calcular la asignación de conformidad con lo exigido por la decisión 2011/278/UE así como información sobre la metodología empleada para obtener dichos datos.
    Informe de verificación

    Criterios

    Los contenidos en la Decisión de la Comisión 2011/278/UE (CIMS) y desarrollados en las medidas nacionales de aplicación (NIMS). La asignación de derechos para el perido 2013-2020 se basa en índices o 'benchmarks'.

    Documentación a aportar

    Formulario para la recogida de datos. (según plantilla CE):
    http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/NE%26C_data_file_COM_es_corrSCUF_tcm7-230178.XLS
    Modelo de informe metodológico. (según plantilla CE):
    http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/inf_metodol%C3%B3gico_nuevos_entrantes-cambios_capacidad-ceses-2013-20_tcm7-230183.doc
    Un informe de verificación, que demuestre que los datos han sido verificados y validados por una tercera parte (existe una plantilla a disposición de los verificadores de la CE)
    Acreditación de la titularidad.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Principales documentos, presentaciones, guía de CIMS y preguntas frecuentes:http://ec.europa.eu/clima/policies/ets/cap/allocation/documentation_en.htm
    Página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente:http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/temas/comercio-de-derechos-de-emision/el-comercio-de-derechos-de-emision-en-espana/asignacion-de-derechos-de-emision/Periodo_13_20.aspx
    Corresponde al estado español la resolución del procedimiento de asignación individualizada de derechos de emisión en nuestro territorio, debiendo la comunidad autónoma remitir la solicitud y el resto de documentación al ministerio en el plazo de 10 días desde su recepción.

    Además tendrás que añadir en información adicional la coletilla de Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    Decisión de la Comisión 2011/278/UE, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
    Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero y sus modificaciones.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    120039 ASISTENCIA SANITARIA AL ALUMNADO DE CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS CON ENFERMEDAD CRÓNICA O QUE PRECISE ATENCIÓN SANITARIA ESPECÍFICA

    Plazo de resolución

    0

    NJN0 ASISTENCIA SANITARIA AL ALUMNADO DE CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS CON ENFERMEDAD CRONICA O QUE PRECISE ATENCION SANITARIA ESPECIFICA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Garantizar la asistencia sanitaria integral al alumnado con enfermedad crónica o que precise atención sanitaria específica que lo precise y la información al centro docente y al centro de salud sobre su enfermedad a través de un protocolo.

    Destinatarios

    Alumnado escolarizado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos que pertenezca al servicio de salud de nuestra Comunidad Autónoma.

    Requisitos

    Alumnado escolarizado que padece enfermedades crónicas o que precisa de atención sanitaria específica.
    Es necesario que se demande por la/s persona/s que tenga/n a cargo el alumno/a

    Documentación a aportar


    El Anexo I de esta Resolución, junto al informe oficial de salud de su hija o hijo.

    Lugar de presentación

    En su propio Centro Docente.

    Información Adicional

    Protocolo:
    1. La madre, padre o tutor/a legal del alumno/a podrá informar de esta situación a la dirección del centro docente. Para ello, presentará cumplimentado el Anexo I junto al informe oficial de salud de su hija o hijo.
    2. La dirección del centro docente dará traslado a la Delegación Provincial de Educación, Ciencia y Cultura de esta demanda que será valorada por el servicio de inspección médica. El resto del procedimiento está regulado en el apartado cuarto de esta Resolución.
    que precisa atención, con indicación del centro docente al que pertenece.
    3. Cada centro de salud organizará la asistencia sanitar
    DOCM: 14/04/11 Resolución de 08/04/2011, de la Viceconsejería de Educación y Cultura y del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por la que se regula la cooperación entre los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y los centros de salud de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, y se establecen los procedimientos de vinculación entre ambos centros.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    170012 AUTOLIQUIDACION CANON EOLICO

    Plazo de resolución

    0

    SJPJ AUTOLIQUIDACION CANON EOLICO

    Plazo de presentación de solicitudes

    El periodo impositivo coincidirá con los trimestres de cada año natural, produciéndose el devengo el primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año natural.

    Objeto

    Constituye el hecho imponible del canon eólico la generación de afecciones e impactos adversos sobre el medio natural y sobre el territorio, como consecuencia de la instalación en parques eólicos de aerogeneradores afectos a la producción de energía eléctrica, y situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Son sujetos pasivos del canon en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que, bajo cualquier título, lleven a cabo la explotación de un parque eólico o instalaciones de generación eólica aunque no sean titulares de una autorización administrativa para su instalación.

    Lugar de presentación

    Las solicitudes podrán presentarse: sólo de forma telemática a través de la Oficina Virtual de Industria (Enlace en tramitación On-Line)

    Información Adicional

    La autoliquidación deberá presentarse en el modelo aprobado en la Orden de 18/05/2011. Sólo serán válidas las autoliquidaciones debidamente suscritas que, ajustadas a los contenidos del modelo aprobado en dicha Orden, se generen mediante la utilización de los programas informáticos de ayuda al contribuyente habilitados por la Consejería de Fomento.
    Los pagos derivados de las autoliquidaciones del canon eólico se efectuarán en cualquiera de las oficinas de las entidades de crédito autorizadas para la colaboración en la gestión recaudatoria de la JCCM.
    Una vez efectuado el pago del canon eólico el ejemplar para la JCCM deberá presentarse en la Dirección General competente en materia de energía en el plazo máximo de 10 días desde la realización del ingreso.
    DOCM: 31-MAR-11 Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha.
    DOCM: 03-JUN-11 Orden de 18/05/2011, por la que se aprueban los modelos de declaración de alta, modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión.
    DOCM: 30-DEC-14 Orden de 12/12/2014, por la que se aprueban los modelos de declaración de alta, modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    010357 AUTORIZACION ADMINISTRATIVA PARA PUNTOS LIMPIOS FIJOS EN CASTILLA-LA MANCHA

    Plazo de resolución

    10 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJL5 AUTORIZACION ADMIISTRATIVA PARA LA INSTALACION DE PUNTOS LIMPIOS EN C-LM

    Plazo de presentación de solicitudes

    Previo a la apertura de un punto limpio fijo, punto limpio móvil, o punto de acopio municipal

    Objeto

    Notificación de puntos limpios fijos, puntos limpios móviles o puntos de acopio municipal, de acuerdo con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, para su inscripción en el registro de Castilla-La Mancha

    Destinatarios

    -Los ayuntamientos titulares de este tipo de instalaciones y equipos

    Requisitos

    -Los requisitos contemplados en los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Decreto 179/2009, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha 2009-2019 y en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

    Importe

    -No lleva asociado.

    Documentación a aportar

    Solicitud de inscripción para puntos limpos fijos, puntos limpios móviles y puntos de acopio municipal en Castilla-La Mancha debidamente cumplimentada

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede
    DOCM: 19/02/02 ORDEN MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización Y eliminación de residuos y la lista europea de residuos
    Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre Pilas y Acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos
    DOCM: 14/02/11 Orden de 28/01/2011, por la que se regulan los procedimientos de autorización y notificación de puntos limpios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
    Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre Aparatos Elécticos y Electrónicos y la gestión de sus residuos
    Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
    Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición.
    DOCM: 27/11/09 Decreto 179/2009, de 24/11/2009, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha 2009-2019.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040150 AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA.

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SJBD AUTORIZACION ADMINISTRATIVA DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMOSFERA.

    Plazo de presentación de solicitudes

    Previo a la actividad.

    Objeto

    Aprobación de proyecto de medidas correctoras de contaminación a la atmósfera.

    Destinatarios

    Instalaciones incluidas en los grupos A y B de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    Requisitos

    Presentación de solicutud y proyecto de medidas correctoras de la contaminación a la atmósfera y cumplimiento de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    Criterios

    Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    Documentación a aportar

    Poryecto de medidas correctoras de contaminación a la atmósfera.

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa, para más información Pinche Aquí

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Tramitación de la autorización administrativa de cese total o parcial de actividades de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 13/2002, disposiciones que se dicten en su desarrollo y demás legislación específica aplicable a cada centro, servicio o establecimiento sanitario, así como, en su caso, la legislación vigente sobre la ordenación y planificación sanitaria en la comunidad autónoma.

  • TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CESE TOTAL O PARCIAL DE LOS CENTROS SANITARIOS CON INTERNAMIENTO.

    Criterios

    CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO 13/2002, DISPOSICIONES QUE SE DICTEN EN SU DESARROLLO Y DEMÁS LEGISLACIÓN ESPECÍFICA APLICABLE A CADA CENTRO, SERVICIO O ESTABLECIMIENTO SANITARIO.

  • Tramitación de la autorización administrativa de instalación de los centros sanitarios con internamiento.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 13/2002, disposiciones que se dicten en su desarrollo y demás legislación específica aplicable a cada centro, servicio o establecimiento sanitario, así como, en su caso, la legislación vigente sobre la ordenación y planificación sanitaria en la comunidad autónoma.

  • Tramitación de la autorización administrativa de instalación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento.

    Criterios

    Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 13/2002, disposiciones que se dicten en su desarrollo y demás legislación específica aplicable a cada centro, servicio o establecimiento sanitario, así como, en su caso, la legislación vigente sobre la ordenación y planificación sanitaria en la comunidad autónoma.

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