ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES DONDE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA ES PARTE ARRENDATARIA. | Sede Electrónica

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

190015 ARRENDAMIENTOS DE BIENES INMUEBLES DONDE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA, ES PARTE ARRENDATARIA.

Plazo de resolución

EN QUE SE ESTABLEZCA EN LA CONVOCATORIA, EN CASO DE CONCURSO, Y EN SU DEFECTO TRES MESES.

Efectos silencio

Desestimatorio

SKYI ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES DONDE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA ES PARTE ARRENDATARIA.

Plazo de presentación de solicitudes

En el caso de concurso, en el plazo que se establezca en el pliego de condiciones; si se trata de adjudicación directa, en el plazo que se otorgue en la invitación para ofertar.

Objeto

Por la Consejería u organismo interesado se iniciará el arrendamiento de bienes inmuebles, justificando la necesidad, y determinando las características del contrato a celebrar, la forma de adjudicación y acreditando la existencia de crédito adecuado y suficiente.

La Consejería de Hacienda y AAPP aprobará el pliego de las condiciones (en caso de concurso), el expediente y la adjudicación.

Destinatarios

Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y cualesquiera sujetos con capacidad para dar en arrendamiento bienes inmuebles.

Requisitos

El arrendador, deberá acreditar su personalidad y capacidad, con arreglo a las normas civiles, así como que ostenta la propiedad o disposición del inmueble para ofertarlo en arrendamiento, y cumplir con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones (en caso de concurso) o que consten en la invitación (en caso de adjudicación directa).

No podrán serlo las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas.

Importe

- En el concurso público: El tipo de licitación indicará en el Pliego de Condiciones, y vendrá determinado por el precio que fije la tasación pericial realizada por los servicios técnicos de valoración de la Junta de Comunidades y la renta a pagar será la que oferte el licitador dentro del marco establecido en el pliego de condiciones.

- Si se trata de adjudicación directa: el precio del contrato de arrendamiento no podrá exceder de la tasación pericial.

Criterios

- Los que fije el pliego de condiciones que rija la contratación si se utiliza el concurso público, o los previamente establecidos en el supuesto de adjudicación directa.

Con arreglo a los criterios establecidos, el contrato de arrendamiento se adjudica por el Consejero de Hacienda y AAPP, al ser el competente en materia de patrimonio ( art 49 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de Castilla-La Mancha).

Documentación a aportar

- Oferta del arrendamiento que suscribirá el arrendador.
- Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad para contratar con las Administraciones Públicas del mismo.
- En el caso de las personas jurídicas o, en el de las físicas que actúen mediante representante, se deberá acreditar la representación en los términos previstos en el art. 5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El arrendador aportará nota simple registral de titularidad del inmueble u otro documento acreditativo.
- Los demás requisitos exigidos en el pliego o invitación.

Lugar de presentación

En el registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, y en cualesquiera lugares de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información Adicional

Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:

Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
Teléfono: 925-266500.
DOCM: 03/12/85 Ley 6/1985, de 13/11/1985, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DEL PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1.373/2009, de 28 de agosto.
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Tramitación

Online

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