AUTOLIQUIDACION CANON EOLICO | Sede Electrónica
Actualizado el 12 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO
170012 AUTOLIQUIDACION CANON EOLICO
Plazo de resolución
0SJPJ AUTOLIQUIDACION CANON EOLICO
Plazo de presentación de solicitudes
El periodo impositivo coincidirá con los trimestres de cada año natural, produciéndose el devengo el primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año natural.Objeto
Constituye el hecho imponible del canon eólico la generación de afecciones e impactos adversos sobre el medio natural y sobre el territorio, como consecuencia de la instalación en parques eólicos de aerogeneradores afectos a la producción de energía eléctrica, y situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.Destinatarios
Son sujetos pasivos del canon en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que, bajo cualquier título, lleven a cabo la explotación de un parque eólico o instalaciones de generación eólica aunque no sean titulares de una autorización administrativa para su instalación.Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: sólo de forma telemática a través de la Oficina Virtual de Industria (Enlace en tramitación On-Line)Información Adicional
La autoliquidación deberá presentarse en el modelo aprobado en la Orden de 18/05/2011. Sólo serán válidas las autoliquidaciones debidamente suscritas que, ajustadas a los contenidos del modelo aprobado en dicha Orden, se generen mediante la utilización de los programas informáticos de ayuda al contribuyente habilitados por la Consejería de Fomento.Los pagos derivados de las autoliquidaciones del canon eólico se efectuarán en cualquiera de las oficinas de las entidades de crédito autorizadas para la colaboración en la gestión recaudatoria de la JCCM.
Una vez efectuado el pago del canon eólico el ejemplar para la JCCM deberá presentarse en la Dirección General competente en materia de energía en el plazo máximo de 10 días desde la realización del ingreso.
Marco legal
DOCM: 31-MAR-11 Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha.
DOCM: 03-JUN-11 Orden de 18/05/2011, por la que se aprueban los modelos de declaración de alta, modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión.
DOCM: 30-DEC-14 Orden de 12/12/2014, por la que se aprueban los modelos de declaración de alta, modificación y baja y de autoliquidación del canon eólico y se dictan las normas para su gestión.
Tramitación