Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    040014 ACREDITACION DE OFICINAS DE FARMACIA PARA ELABORAR, CONSERVAR Y DISPENSAR AGONISTAS OPIACEOS

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SI6B ACREDITACION DE OFICINAS DE FARMACIA PARA ELABORAR, CONSERVAR Y DISPENSAR AGONISTAS OPIACEOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Comprobar los requisitos para que las oficinas de farmacia puedan elaborar, conservar y dispensar agonistas opiáceos con el fin de descentralizar la dispensación de estos tratamientos, acercar los recursos al usuario necesitado de ellos y fomentar las funciones sanitarias del farmacéutico, avanzando en la integración de las oficinas de farmacia en la estructura sanitaria.

    Destinatarios

    Titulares de las oficinas de farmacia que deseen realizar tratamientos de deshabituación con opiáceos.
    En caso de cotitularidad, obligatoriamente se debe designar una persona representante, pudiendo ser uno de los cotitulares.

    Requisitos

    Disponer de los medios personales y materiales necesarios para la elaboración, conservación y dispensación de agonistas opiáceos.
    Zona diferenciada destinada a la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, con mesa de trabajo.
    Pila con toma de agua corriente.
    Espacio destinado a la lectura y redacción de documentación.
    Despacho de atención personalizada que garantice la confidencialidad del paciente en el momento de la dispensación.
    Acceso a la Real Farmacopea Española y al Formulario Nacional.
    Dado que el Formulario Nacional recomienda conservación en frío de la solución de clorhidrato de metadona, es necesario un frigorífico dotado de termómetro de temperatura máxima y mínima.
    Balanza de precisión de 1 miligramo
    Aparatos de medida de volumen (matraces aforados, probetas, pipetas)
    Material de vidrio diverso (vidrio de reloj, embudos, vasos de precipitados)
    Frascos topacio o similar para envasado de la solución elaborada.

    Documentación a aportar

    Junto a las solicitudes de autorización inicial se aportará:

    - Documento acreditativo de la representación del solicitante de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, en su caso
    - Una memoria de organización y funcionamiento que incluirá, al menos, lo siguiente:
    - El número máximo de pacientes que se compromete a atender.
    - Horario de atención.
    - Relación de medios personales y materiales para llevar a cabo estas actividades.
    - Espacio donde se va a realizar esta actividad, que deberá ser independiente del área de dispensación y garantizar la confidencialidad del paciente.

    Lugar de presentación

    La solicitud se deberá presentar telemáticamente con firma electrónica ante el Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha según el formulario publicado en la sede electrónica de la Junta (www.jccm.es).

    Información Adicional

    - La acreditación tendrá validez por un período de cuatro años. Se podrá solicitar la renovación mediante el formulario publicado en la sede electrónica de la Junta, que deberá presentarse antes de dos meses del fin de la vigencia de la acreditación.
    - Una vez acreditada, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de su provincia le facilitará el protocolo del programa de dispensación de metadona (regulado por un convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos). La derivación de personas a este programa se realizará por centros o servicios acreditados para ello.
    - Se podrá renunciar a la acreditación por causa justificada, presentando la renuncia mediante el formulario del procedimiento "Renuncia de la acreditación de oficinas de farmacia para elaborar, conservar y dispensar agonistas opiáceos". Se presentará con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de efectividad de la misma al objeto de planificar la atención a los pacientes.
    Decreto 180/1993, de 11/11/1993, Presidencia de la Junta, DE ACREDITACION DE CENTROS Y SERVICIOS PARA REALIZAR TRATAMIENTOS DE DESHABITUACION CON OPIACEOS.
    DOCM: 25/09/98 Orden de 18 de septiembre de 1998, de acreditación de las oficinas de farmacia para la elaboración, conservación y dispensación de agonistas opiáceos.
    DOCM: 10/07/98 Decreto 75/1998, de 07/07/1998, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE MODIFICA EL PUNTO 1 DEL ARTICULO CUARTO DEL DECRETO 180/1993, DE 11 DE NOVIEMBRE, DE ACREDITACION DE CENTROS Y SERVICIOS PARA REALIZAR TRATAMIENTOS DE DESHABITUACION CON OPIACEOS

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    040243 ACREDITACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA: AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA

    Plazo de resolución

    6 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SK1J ACREDITACION DE SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA: AYUDA A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA

    Plazo de presentación de solicitudes

    No está sujeta a plazo.

    Objeto

    Acreditar servicios sociales privados de atención domiciliaria, concretamente servicios de ayuda a domicilio y de teleasistencia

    Destinatarios

    Empresas, entidades sin ánimo de lucro, trabajadores autónomos.

    Requisitos

    Disponer de:
    Cartera de Servicios con las prestaciones.
    Carta de Servicio con los compromisos de calidad, derechos y deberes de los usuarios, forma de presentación de quejas y sugerencias
    Plan de Calidad.
    Inscripción en el Registro de Servicios Sociales
    Libro-registro de usuarios.
    Organigrama y plantilla adecuada
    Cumplir reserva legal a favor de trabajadores con discapacidad.
    La persona que ocupa gerencia o dirección contar con 3 años de experiencia específica en el sector o titulación universitaria.
    Cualificarían profesional de auxiliares de ayuda a domicilio: Título de FP de Grado Medio de atención a personas en situación de dependencia, de atención sociosanitaria o de cuidados auxiliares de enfermería, o bien, certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o de auxiliar de ayuda a domicilio.

    Criterios

    Cumplir los requisitos.

    Documentación a aportar

    Documentación.
    1.- Para acreditaciones de Prestación de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia.
    - Cartera de Servicios (En los términos de los artículos 6, 7 y 14 de la Orden).
    - Carta de Servicios (En los términos de los artículos 6 y 8 de la Orden)
    - Plan de Calidad del Servicio (En los términos del artículo 6 de la Orden).
    - Organigrama y Plantilla del Personal adscrito.
    - En caso de entidades jurídicas copia de la escritura de constitución.
    No es necesario presentar la cartera de servicios, la Carta de Servicios y el Plan de Calidad del Servicio no es necesario si posee norma UNE 158301 (Servicio de Ayuda a Domicilio) o UNE 158401 (Servicio Teleasistencia)
    2.- Para auxiliares Autónomos de Ayuda
    - Documentación acreditativa de su cualificación profesional.
    Si se actúa por medio de representante, acreditación de la representación que ostenta.

    Lugar de presentación

    Telemática.
    Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales.
    Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Dirección General de Calidad, Planificación, Ordenación e Inspección) si se solicita para más de una provincia.

    Información Adicional

    La acreditación en sí no conlleva la obligación de abonar tasa. Pero siendo requisito de la acreditación la Inscripción en el Registro de Servicios Sociales, aquellos interesados que no estén inscritos en el mismo y soliciten la acreditación, con el objeto de no hacerles iniciar dos procedimientos distintos, con dicha solicitud deberán justificar el abono de la tasa correspondiente a la Inscripción en los términos previstos en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
    Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (artículos 16.3 y 34.2)
    DOCM: 25/06/13 Orden de 18/06/2013, de los requisitos y el procedimiento de acreditación de los servicios de atención domiciliaria en Castilla-La Mancha.
    Resolución de 2 de diciembre de 2008 de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020186 ACREDITACION E INSCRIPCION REGISTRAL DE ENTIDADES DE VOLUNTARIADO

    Plazo de resolución

    1 MES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SC13 ACREDITACION E INSCRIPCION REGISTRAL DE ENTIDADES DE VOLUNTARIADO

    Plazo de presentación de solicitudes

    Abierto todo el año

    Objeto

    Regula la acreditación y el Registro Central de Entidades de Voluntariado para desarrollar lo dispuesto en los artículos 11 al 13 de la Ley 4/1995, de 16 de marzo, del Voluntariado en Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Podrán ser acreditadas como entidades de voluntariado, cualesquiera organizaciones libremente constituídas, independientemente de su forma jurídica, que tengan entre sus fines desarrollar actividades contempladas en el ámbito de aplicación de la Ley de voluntariado en Castilla-La Mancha.

    Criterios

    El cumplimiento de los requisitos del Decreto 127/1996, de 15 de octubre, de la acreditación y el Registro Central de Entidades de Voluntariado en Castilla-La Mancha y la Ley de Voluntariado de Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    a) Fotocopia de la tarjeta del Código de Identificación Fiscal de la entidad
    b) Fotocopia de los Estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente, así como copia del reglamento de Régimen Interno, si lo hubiera.
    c) Certificado de la propia entidad sobre la composición de los órganos de gobierno, relación nominal de sus miembros y los cargos que ocupan dentro de la entidad, actualmente.
    d) Memoria de actividades relacionadas con el voluntariado social o cívico desarrolladas durante el año anterior a la fecha de la solicitud. La memoria debe incluir, como mínimo, una breve descripción de todos los programas ejecutados expresando los objetivos y resultados alcanzados, con referencia a los realizados en colaboración con las Administraciones Públicas, los medios y fuentes de financiación propios o externos, y la implantación territorial en Castilla-La Mancha detallada.
    e) Póliza de seguros de responsabilidad civil y accidentes a favor de los voluntarios que colaboran con la entidad, donde conste el número de voluntarios asegurados, y justificantes de pago de la prima abonada en la anualidad en curso.

    La documentación de los apartados a) y b) no será necesaria cuando la entidad ya esté inscrita en el Registro Central del Voluntariado y esté solicitando la renovación de la acreditación.

    Lugar de presentación

    a)Presentación telemática, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección: www.jccm.es

    b) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    Consejería de Bienestar Social.- Servicio de Cooperación, Migraciones y Voluntariado.- Avda. de Francia 4 45071-Toledo.
    Tfnos: 925389134- 925267123
    mochoa@jccm.es
    casperilla@jccm.es
    coopera.bs@jccm.es
    DOCM: 18/10/96 Decreto 127/1996, de 15/10/1996, , DE LA ACREDITACIÓN Y EL REGISTRO CENTRAL DE ENTIDADES DE VOLUNTARIADO EN CASTILLA-LA MANCHA.
    DOCM: 26/02/14 Orden de 04/02/2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, del modelo de solicitud para la inscripción en el Registro de Entidades de Voluntariado
    DOCM: 21/04/95 Ley 4/1995, de 16/03/1995, DE VOLUNTARIADO EN CASTILLA-LA MANCHA

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocar el procedimiento para la certificación del nivel de competencia en los idiomas inglés, francés, alemán e italiano de los profesores de Castilla-La Mancha para los niveles A2, B1, B2 y C1, en correspondencia con lo establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (en adelante MCERL), en el curso 2012/2013.

  • Obtención del acta de puesta en servicio del parque eólico, que permite, una vez ejecutado el proyecto, poner en tensión las instalaciones y proceder a su explotación comercial.

    Criterios

    La instalación ejecutada debe ser concordante con el proyecto aprobado.

  • Obtención del acta de puesta en servicio de las instalaciones eléctricas de alta tensión, que permite, una vez ejecutado el proyecto, poner en tensión las instalaciones y proceder a su explotación comercial.

    Criterios

    El acta de puesta en servicio será emitida por la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en el supuesto de instalaciones ubicadas íntegramente en la respectiva provincia, cualquiera que fuere su tensión, atribuyéndose la competencia a la Dirección General de Industria, Energía y Minería en caso contrario.

  • Convocar tanto a personas físicas como jurídicas para que presenten ofertas de actividades de animación a la lectura, con el fin de ser incluidas en la Guía de Recursos de Animación a la Lectura de Castilla-La Mancha 2015.

    Criterios

    Consultar la Base Séptima de la Resolución de convocatoria.

  • PROCEDIMIENTO

    030100 ACTIVIDADES DE FORMACION INICIAL Y CONTINUA PARA POLICIAS LOCALES, VIGILANTES MUNICIPALES, BOMBEROS, TECNICOS Y VOLUNTARIOS DE PROTECCION CIVIL

    Plazo de resolución

    DURANTE EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SK74 ACTIVIDADES DE FORMACION INICIAL Y CONTINUA PARA BOMBEROS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el D.O.C.M. y concluirá en la fecha establecida por el organismo del que dependan los solicitantes (superior a los treinta días previos a la celebración de la actividad)

    Objeto

    Convocar actividades de formación inicial y continua para el año 2019, destinados a bomberos de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Bomberos de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Los solicitantes deben encontrarse en situación de servicio activo en el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Municipio/Provincia solicitante.

    Para las actividades formativas que puedan implicar ejercicio físico intenso o prácticas de riesgo, se podrá requerir en la convocatoria detallada en el Anexo I, acreditación de aptitud física.

    Criterios

    Los establecidos en la base Sexta de la resolución

    Lugar de presentación

    Mediante la Aplicación de Gestión Integral de la Formación (AGIF) o bien en la forma y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    epcsecretaria@jccm.es
    DOCM: 28/12/18 Resolución de 18/12/2018, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convocan actividades de formación inicial y continua del año 2019, para policías locales, vigilantes municipales, agentes de movilidad, bomberos/as, técnicos/as, voluntarios/as de protección civil y otros colectivos relacionados con el Sistema Nacional de Protección Civil en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    030100 ACTIVIDADES DE FORMACION INICIAL Y CONTINUA PARA POLICIAS LOCALES, VIGILANTES MUNICIPALES, BOMBEROS, TECNICOS Y VOLUNTARIOS DE PROTECCION CIVIL

    Plazo de resolución

    DURANTE EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SILP ACTIVIDADES DE FORMACION INICIAL Y CONTINUA PARA POLICIAS LOCALES, VIGILANTES MUNICIPALES Y AGENTES DE MOVILIDAD

    Plazo de presentación de solicitudes

    Se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el D.O.C.M. y concluirá en la fecha establecida por el organismo del que dependan los solicitantes (superior a los treinta días previos a la celebración de la actividad)

    Objeto

    Convocar actividades de formación inicial y continua para el año 2019, destinados a policías locales, vigilantes municipales y agentes de movilidad de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Policías locales, vigilantes municipales y agentes de movilidad de Castilla-La Mancha

    Requisitos

    Los solicitantes deben encontrarse en situación de servicio activo en el Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en la Entidad Local solicitante.

    Para las actividades formativas que puedan implicar ejercicio físico intenso o prácticas de riesgo, se podrá requerir en la convocatoria detallada en el Anexo I, acreditación de aptitud física.

    Criterios

    Los establecidos en la base Sexta de la resolución

    Lugar de presentación

    Mediante la Aplicación de Gestión Integral de la Formación (AGIF) o bien en la forma y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Información Adicional

    epcsecretaria@jccm.es
    DOCM: 28/12/18 Resolución de 18/12/2018, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convocan actividades de formación inicial y continua del año 2019, para policías locales, vigilantes municipales, agentes de movilidad, bomberos/as, técnicos/as, voluntarios/as de protección civil y otros colectivos relacionados con el Sistema Nacional de Protección Civil en Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • Convocar actividades de formación inicial y continua para el año 2015, destinados a voluntarios de protección civil de Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Los establecidos en la base Sexta de la resolución.

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