ACREDITACION DE OFICINAS DE FARMACIA PARA ELABORAR, CONSERVAR Y DISPENSAR AGONISTAS OPIACEOS | Sede Electrónica

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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PROCEDIMIENTO

040014 ACREDITACION DE OFICINAS DE FARMACIA PARA ELABORAR, CONSERVAR Y DISPENSAR AGONISTAS OPIACEOS

Plazo de resolución

3 MESES

Efectos silencio

Estimatorio

SI6B ACREDITACION DE OFICINAS DE FARMACIA PARA ELABORAR, CONSERVAR Y DISPENSAR AGONISTAS OPIACEOS

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto todo el año.

Objeto

Comprobar los requisitos para que las oficinas de farmacia puedan elaborar, conservar y dispensar agonistas opiáceos con el fin de descentralizar la dispensación de estos tratamientos, acercar los recursos al usuario necesitado de ellos y fomentar las funciones sanitarias del farmacéutico, avanzando en la integración de las oficinas de farmacia en la estructura sanitaria.

Destinatarios

Titulares de las oficinas de farmacia que deseen realizar tratamientos de deshabituación con opiáceos.
En caso de cotitularidad, obligatoriamente se debe designar una persona representante, pudiendo ser uno de los cotitulares.

Requisitos

Disponer de los medios personales y materiales necesarios para la elaboración, conservación y dispensación de agonistas opiáceos.
Zona diferenciada destinada a la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales, con mesa de trabajo.
Pila con toma de agua corriente.
Espacio destinado a la lectura y redacción de documentación.
Despacho de atención personalizada que garantice la confidencialidad del paciente en el momento de la dispensación.
Acceso a la Real Farmacopea Española y al Formulario Nacional.
Dado que el Formulario Nacional recomienda conservación en frío de la solución de clorhidrato de metadona, es necesario un frigorífico dotado de termómetro de temperatura máxima y mínima.
Balanza de precisión de 1 miligramo
Aparatos de medida de volumen (matraces aforados, probetas, pipetas)
Material de vidrio diverso (vidrio de reloj, embudos, vasos de precipitados)
Frascos topacio o similar para envasado de la solución elaborada.

Documentación a aportar

Junto a las solicitudes de autorización inicial se aportará:

- Documento acreditativo de la representación del solicitante de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, en su caso
- Una memoria de organización y funcionamiento que incluirá, al menos, lo siguiente:
- El número máximo de pacientes que se compromete a atender.
- Horario de atención.
- Relación de medios personales y materiales para llevar a cabo estas actividades.
- Espacio donde se va a realizar esta actividad, que deberá ser independiente del área de dispensación y garantizar la confidencialidad del paciente.

Lugar de presentación

La solicitud se deberá presentar telemáticamente con firma electrónica ante el Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha según el formulario publicado en la sede electrónica de la Junta (www.jccm.es).

Información Adicional

- La acreditación tendrá validez por un período de cuatro años. Se podrá solicitar la renovación mediante el formulario publicado en la sede electrónica de la Junta, que deberá presentarse antes de dos meses del fin de la vigencia de la acreditación.
- Una vez acreditada, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de su provincia le facilitará el protocolo del programa de dispensación de metadona (regulado por un convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos). La derivación de personas a este programa se realizará por centros o servicios acreditados para ello.
- Se podrá renunciar a la acreditación por causa justificada, presentando la renuncia mediante el formulario del procedimiento "Renuncia de la acreditación de oficinas de farmacia para elaborar, conservar y dispensar agonistas opiáceos". Se presentará con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha de efectividad de la misma al objeto de planificar la atención a los pacientes.
Decreto 180/1993, de 11/11/1993, Presidencia de la Junta, DE ACREDITACION DE CENTROS Y SERVICIOS PARA REALIZAR TRATAMIENTOS DE DESHABITUACION CON OPIACEOS.
DOCM: 25/09/98 Orden de 18 de septiembre de 1998, de acreditación de las oficinas de farmacia para la elaboración, conservación y dispensación de agonistas opiáceos.
DOCM: 10/07/98 Decreto 75/1998, de 07/07/1998, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE MODIFICA EL PUNTO 1 DEL ARTICULO CUARTO DEL DECRETO 180/1993, DE 11 DE NOVIEMBRE, DE ACREDITACION DE CENTROS Y SERVICIOS PARA REALIZAR TRATAMIENTOS DE DESHABITUACION CON OPIACEOS

Tramitación

Online

Presencial: Oficinas de Registro

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