Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Habilitación por parte del Registro de Asociaciones de Canarias de los libros contables, de actas y/o de socios (Trámite voluntario)
    A quién está dirigido:
    Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Inscripción previa en el Registro de Asociaciones de Canarias
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Copia simple del documento oficial de identidad
      • Autorización expresa de representación
      • Solicitud habilitación-voluntaria libros de Asociaciones declaradas de Utilidad Pública e Interés Público.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Entidades Jurídicas

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias (B.O.C. nº 47, de 10.3.2003), modificada por Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales.

      Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (B.O.C. nº 38, de 21.2.2007)

      Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias. (BOC nº 218, de 10.11.2014)

      Normativa estatal

      Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. (BOE nº 73, de 26,03,2002)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3594
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220511

  • Objeto

    Establecer las condiciones específicas para la obtención de la condición de entidad colaboradora en materia de subvenciones de la Consejería con competencias en Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, así como las condiciones de funcionamiento y control de dichas entidades.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones, Empresas y Administración
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Cumplir algunos de los requisitos señalados en el artículo 5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Pendiente convocatoria

    Por internet

    Presencial

      • En el caso de personas jurídicas que adopten la forma de sociedad.
        • Escritura de constitución
      • En caso de que la entidad adopte una forma jurídica distinta de la mercantil.
        • Escritura de constitución
      • Para las Administraciones y organismos públicos.
        • Será suficiente la aportación de una certificación acreditativa de la representación y del ejercicio del cargo de la persona titular del órgano u organismo interesado en actuar como entidad colaboradora.
      • Datos generales relativos a la sede central o de la radicación principal de la actividad en Canarias.
      • Memoria de actividades afines a las reguladas en esta Orden o, en su caso, como entidad colaboradora de cualquier otra Administración o Departamento.
      • Relación del personal
      • Descripción de las instalaciones, medios tecnológicos y elementos materiales con los que cuenta en cada uno de los centros de trabajo que van a destinarse a las actividades contempladas en esta Orden.
      • Póliza de seguros
      • Declaración responsable.
      • La documentación acreditativa de que la empresa o entidad solicitante reúne los requisitos para contratar con la Administración que establece la legislación de contratos del sector público.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 25 1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • El procedimiento se iniciará de oficio por el Departamento mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. Una vez abierto el plazo, las entidades interesadas deben presentar la solicitud de acreditación como de entidad colaboradora de la Administración en materia de subvenciones según el modelo que se apruebe.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Orden de 28 de octubre de 2014, por la que se establecen los requisitos específicos para la habilitación de las entidades colaboradoras de este Departamento en materia de subvenciones en las áreas de políticas sociales, cultura, patrimonio cultural y deportes, y por la que se crea el Registro especial de estas entidades (BOC NÚM. 220, de 12.11.2014)

      Orden de 10 de marzo de 1995, de la Consejeríade Economía y Hacienda, por la que se establecenlos requisitos de solvencia y eficacia para ser entidadcolaboradora en materia de ayudas y subvencionesde la Administración Pública de laComunidad Autónoma de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

  • Objeto

    • Establecer las condiciones específicas para la obtención de la condición de entidad colaboradora en materia de subvenciones de la Consejería con competencias en Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, así como las condiciones de funcionamiento y control de dichas entidades.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones, Empresas y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Cumplir algunos de los requisitos señalados en el artículo 5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Pendiente convocatoria

    Por internet

    Presencial

      • En el caso de personas jurídicas que adopten la forma de sociedad.
        • Escritura de constitución
      • En caso de que la entidad adopte una forma jurídica distinta de la mercantil.
        • Escritura de constitución
      • Para las Administraciones y organismos públicos.
        • Será suficiente la aportación de una certificación acreditativa de la representación y del ejercicio del cargo de la persona titular del órgano u organismo interesado en actuar como entidad colaboradora.
      • Datos generales relativos a la sede central o de la radicación principal de la actividad en Canarias.
      • Memoria de actividades afines a las reguladas en esta Orden o, en su caso, como entidad colaboradora de cualquier otra Administración o Departamento.
      • Relación del personal
      • Descripción de las instalaciones, medios tecnológicos y elementos materiales con los que cuenta en cada uno de los centros de trabajo que van a destinarse a las actividades contempladas en esta Orden.
      • Póliza de seguros
      • Declaración responsable.
      • La documentación acreditativa de que la empresa o entidad solicitante reúne los requisitos para contratar con la Administración que establece la legislación de contratos del sector público.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      DesestimatorioArtículo 25 1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • El procedimiento se iniciará de oficio por el Departamento mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. Una vez abierto el plazo, las entidades interesadas deben presentar la solicitud de acreditación como de entidad colaboradora de la Administración en materia de subvenciones según el modelo que se apruebe.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Orden de 28 de octubre de 2014, por la que se establecen los requisitos específicos para la habilitación de las entidades colaboradoras de este Departamento en materia de subvenciones en las áreas de políticas sociales, cultura, patrimonio cultural y deportes, y por la que se crea el Registro especial de estas entidades (BOC NÚM. 220, de 12.11.2014)

      Orden de 10 de marzo de 1995, de la Consejeríade Economía y Hacienda, por la que se establecenlos requisitos de solvencia y eficacia para ser entidadcolaboradora en materia de ayudas y subvencionesde la Administración Pública de laComunidad Autónoma de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Habilitar como entidades colaboradoras de atención integral a menores, a aquellas fundaciones y asociaciones de carácter no lucrativo, legalmente constituidas, en cuyos estatutos figure como fin u objeto la atención o protección de menores.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Ciudadanos, Administración y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Copia autenticada del documento de constitución de la entidad y sus estatutos, así como certificado de inscripción en los registros correspondientes a su naturaleza jurídica.
      • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad colaboradora y acreditación de la entidad del firmante de la solicitud y de la representación que ostente.
      • Cualesquiera otros documentos e informes que se estimen pertinentes a criterio de la entidad solicitante.
      • Relación nominal acompañada de copia compulsada, de los documentos nacionales de identidad de los miembros del órgano de dirección de la entidad, justificando su formación y experiencia en materia de atención y protección de menores.
      • Proyecto económico de ingresos y gastos.
      • Relación detallada de los medios personales, materiales y patrimoniales de los que dispone para el desarrollo de sus funciones.
      • Proyecto de actuación con descripción de las actividades y tareas planeadas y con indicación de la metodología de trabajo.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Planificación, Gestión y Administración

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Articulo 5.3 del Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el que se regula la habilitación de las entidades colaboradoras de atención integral a menores.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 130/1999, de 17 de junio, por el que se regula la habilitación de las entidades colaboradoras de atención integral a menores. (BOC Nº87, de 7.7.1999).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2062
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221275

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Verificar el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir los centros hospitalarios para ser homologados en el grupo hospitalización subgrupo media estancia.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud Homologación Centros Hospitalización Media Estancia.
      • Anexo2: Homologación Centros Hospitalización Media Estancia
      • Declaración Responsable

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Central de Inspección y conciertos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección del Servicio Canario de Salud
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 105/2006, de 20 de julio, por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario. (BOC Nº 148, de 1.8.2006).

      Orden, 28 nov 2006, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo hospitalizacion, subgrupo: media estancia

      ORDEN de 27 de marzo de 2018, por la que se modifica la Orden de 28 de noviembre de 2006, que establece los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo de hospitalización, subgrupo: Media estancia.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1779
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221082

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Verificar el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir los centros hospitalarios para ser homologados en el grupo hospitalización subgrupo media estancia.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud Homologación Centros Hospitalización Media Estancia.
      • Anexo2: Homologación Centros Hospitalización Media Estancia
      • Declaración Responsable

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Central de Inspección y conciertos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección del Servicio Canario de Salud
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 105/2006, de 20 de julio, por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario. (BOC Nº 148, de 1.8.2006).

      Orden, 28 nov 2006, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo hospitalizacion, subgrupo: media estancia

      ORDEN de 27 de marzo de 2018, por la que se modifica la Orden de 28 de noviembre de 2006, que establece los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo de hospitalización, subgrupo: Media estancia.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1779
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221082

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Verificar el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir los centros hospitalarios para ser homologados en el grupo procedimientos quirúrgicos subgrupo cirugía con internamiento.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud Homologación Centros Procedimientos Cirugia con Internamiento.
      • Anexo2: Homologación Centros Procedimientos Cirugia con Internamiento
      • Declaración Responsable

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Central de Inspección y conciertos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección del Servicio Canario de Salud
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 27 de noviembre de 2006, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo de procedimientos quirúrgicos, subgrupo: cirugía con internamiento. (BOC Nº 242, de 15.12.2006).

      Decreto 105/2006 por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario. (BOC Nº 148, de 1.8.2006).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1804
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221075

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Verificar el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir los centros hospitalarios para ser homologados en el grupo procedimientos quirúrgicos subgrupo cirugía con internamiento.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud Homologación Centros Procedimientos Cirugia con Internamiento.
      • Anexo2: Homologación Centros Procedimientos Cirugia con Internamiento
      • Declaración Responsable

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Central de Inspección y conciertos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección del Servicio Canario de Salud
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 27 de noviembre de 2006, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los centros sanitarios para su homologación en el grupo de procedimientos quirúrgicos, subgrupo: cirugía con internamiento. (BOC Nº 242, de 15.12.2006).

      Decreto 105/2006 por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario. (BOC Nº 148, de 1.8.2006).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1804
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221075

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Procedimiento para la homologación de las acciones organizadas y realizadas por departamentos, órganos superiores, organismos y entes públicos de las Administraciones Públicas de Canarias sin competencias en materia de formación.
    A quién está dirigido:
    Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los contemplados en la Orden de de 7 de agosto de 1998, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por instituciones públicas y privadas, y dirigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • La solicitud habrá de presentarse al menos con un mes de antelación a la fecha de celebración de la acción formativa.
  • Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Memoria
      • Documentación acreditativa de la experiencia formativa de la institución solicitante.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 7 de agosto de 1998, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por instituciones públicas y privadas, y dirigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas Canarias.

      Resolución de 16 de diciembre de 2014, del Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud de homologación de actividades formativas que podrán ser iniciados telemáticamente.

      Normativa estatal

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2120
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220681

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Procedimiento para la homologación de las acciones organizadas y realizadas por instituciones de carácter público y privado con experiencia acreditada en la formación de recursos humanos o en áreas de conocimiento relacionadas con las administraciones públicas
    A quién está dirigido:
    Asociaciones y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Los contemplados en la Orden de de 7 de agosto de 1998, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por instituciones públicas y privadas, y dirigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Periodo cada año

    Fecha Inicio: 1/1/

    Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • La solicitud de homologación habrá de presentarse al menos con dos meses de antelación a la fecha de celebración de la acción formativa o de la de inicio del plan de formación, acompañada de la documentación.
  • Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa de la experiencia formativa de la institución solicitante
      • Memoria detallada de actividades

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Instituto Canario Administración Pública

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 16 de diciembre de 2014, del Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.) de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud de homologación de actividades formativas que podrán ser iniciados telemáticamente.

      Orden de 7 de agosto de 1998, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas organizadas por instituciones públicas y privadas, y dirigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas Canarias

      Normativa estatal

      Ley 39/2015, de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3300
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220726

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