Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Obtener la acreditación para efectuar podas y otras prácticas culturales en palmeras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, cumpliendo con las medidas fitosanitarias para la erradicación y control de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugineus (Olivier) y Diocalandra Frumenti (Fabricius), con una vigencia de un año.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Tener la formación básica y la experiencia prevista en el Anexo II de la Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugineus (Olivier) y Diocalandra Frumenti (Fabricius) y se establecen las medidas fitosanitarias para su erradicación y control.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Curso de especialización de trabajo en palmeras.
      • Curso de primeros auxilios.
      • Curso básico de prevención en riesgos laborales.
      • Curso básico de manipulador de productos fitosanitarios.
      • Certificación de empresa de 1 año de experiencia en trabajos con palmeras.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Curso de especialización de trabajo en palmeras.
      • Curso de primeros auxilios.
      • Curso básico de prevención en riesgos laborales.
      • Curso básico de manipulador de productos fitosanitarios.
      • Certificación de empresa de 1 año de experiencia en trabajos con palmeras.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Sanidad Vegetal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • En el caso de no poder acreditar la experiencia de un año en trabajos con palmeras, se expedirá una acreditación en prácticas, con validez de un año, debiendo realizar los trabajos acompañado de una persona que disponga de la acreditación.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugineus (Olivier) y Diocalandra Frumenti (Fabricius) y se establecen las medidas fitosanitarias para su erradicación y control. (BOC nº 222, de 06/11/2007)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3536
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220755

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Acreditación provisional de centros y servicios de atención a personas discapacitadas, que adquirirá carácter definitivo desde el momento en que se acredite la adecuación a las condiciones y requisitos previstos reglamentariamente.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Memoria justificativa.
      • Relación del personal
      • Declaración responsable del titular del centro / o servicio en la que se comprometa a mantener los puestos de trabajo del personal mínimo exigido.
      • Planos del edificio, mobiliario, situación y emplazamiento a escala y acotados, firmados por técnico competente en la materia, con especificación de las diferentes zonas de las que consta.
      • Plan de autoprotección en los términos de la normativa por la que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
      • Póliza de seguros
      • Documentación justificativa del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 38 de la Ley 19/1982, de 7 de abril.
      • Memoria del proyecto.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Inspección y Registro de Centros

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, modificada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

      Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3234
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221223

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Acreditación provisional de centros y servicios de atención a personas discapacitadas, que adquirirá carácter definitivo desde el momento en que se acredite la adecuación a las condiciones y requisitos previstos reglamentariamente.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Memoria justificativa.
      • Relación del personal
      • Declaración responsable del titular del centro / o servicio en la que se comprometa a mantener los puestos de trabajo del personal mínimo exigido.
      • Planos del edificio, mobiliario, situación y emplazamiento a escala y acotados, firmados por técnico competente en la materia, con especificación de las diferentes zonas de las que consta.
      • Plan de autoprotección en los términos de la normativa por la que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
      • Póliza de seguros
      • Documentación justificativa del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 38 de la Ley 19/1982, de 7 de abril.
      • Memoria del proyecto.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Inspección y Registro de Centros

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, modificada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

      Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3234
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221223

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar la acreditación/inscripción del centro colaborador y las especialidades formativas que se vayan a desarrollar, a las personas físicas y entidades jurídicas que dispongan de centros de formación y deseen colaborar en las distintas modalidades de medidas de actuación, dirigidas a la formación profesional ocupacional.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos, Empresas, Asociaciones y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Licencia municipal de apertura del establecimiento
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud de Acreditación/Inscripción
      • Memoria descriptiva
      • C.I.F/N.I.F.: de la entidad solicitante
      • Documento de constitución de la entidad y/o estatutos de la misma
      • Documento acreditativo de la representación del representante de la entidad
      • Licencia municipal de apertura o Comunicación de Inicio Previa a la actividad en el Ayuntamiento
      • Documento acreditativo del derecho de uso de instalaciones y espacios: propiedad, arrendamiento, cesión de uso y usufructo del centro de formación
      • Documento acreditativo del derecho de uso de instalaciones y espacios: propiedad, arrendamiento, cesión de uso y usufructo del centro de formación
      • Declaración responsable de la persona que ejerza la representación legal de la entidad solicitante del compromiso de disponibilidad de personal docente
      • Planos de las instalaciones y espacios

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud de Acreditación/Inscripción
      • Memoria descriptiva
      • C.I.F/N.I.F.: de la entidad solicitante
      • Documento de constitución de la entidad y/o estatutos de la misma
      • Documento acreditativo de la representación del representante de la entidad
      • Licencia municipal de apertura o Comunicación de Inicio Previa a la actividad en el Ayuntamiento
      • Documento acreditativo del derecho de uso de instalaciones y espacios: propiedad, arrendamiento, cesión de uso y usufructo del centro de formación
      • Documento acreditativo del derecho de uso de instalaciones y espacios: propiedad, arrendamiento, cesión de uso y usufructo del centro de formación
      • Declaración responsable de la persona que ejerza la representación legal de la entidad solicitante del compromiso de disponibilidad de personal docente
      • Planos de las instalaciones y espacios

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Formación

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio Canario de Empleo (S.C.E.)
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      DECRETO 122/2011, de 17 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias y se regulan los procedimientos para la inscripción y/o acreditación de las entidades y centros de formación. (BOC nº113, de 09.6.2011)

      Normativa estatal

      Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.(BOE nº 87, 11.04.2007)

      Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad (BOE nº27, 31.01.2008)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2390
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220468

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Comunicación, solicitud de autorización, de aprobación y/o mera inscripción de actos relativos al patrimonio y/o a las actividades económicas desarrolladas por las Fundaciones de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Administración, Ciudadanos y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrita la Fundación en el Registro de Fundaciones Canarias
    Tasas:
    (114) Tasas por los servicios administrativos prestados en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones de Canarias y de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Canarias

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Actos relativos al patrimonioy actividades económicas de las fundaciones
      • Justificante del abono de las tasas

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Entidades Jurídicas

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones de Canarias (BOC nº 47, de 17.04.1998)

      Decreto 188/1990, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones Canarias (B.O.C. 127, de 10.10.1990)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3590
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220916

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Comprobar si se mantienen las circunstancias que motivaron la declaración de idoneidad en los siguientes supuestos: por vigencia, por tener conocimiento la administración de modificación de las circunstancias de la persona declarada idónea, por detectarse ocultamiento o falsificación por parte de la persona declarada idónea.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa del cambio de circunstancias comunicado y que se vea afectada por la modificación.
      • En caso de actualización de declaración de idoneidad, los solicitantes tienen que aportar toda la documentación que caducó o se modificó después de la solicitud inicial.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa del cambio de circunstancias comunicado y que se vea afectada por la modificación.
      • En caso de actualización de declaración de idoneidad, los solicitantes tienen que aportar toda la documentación que caducó o se modificó después de la solicitud inicial.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Programas de Prevención y Protección de Menores

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 1/1997, de 7 de febrero (BOC Nª 23, de 17.2.1997), de Atención Integral a los Menores.

      Decreto 54/1998, de 17 de abril (BOC Nº 55, de 6.5.1998), por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Ley 1/1996, de 15 de enero , de Protección Jurídica del Menor, que modifica parcialmente el Código Civil, y la Ley de Enjuiciamiento Civil. (BOE Nº15, de 17.1.96).

      Código Civil, aprobado por el Real Decreto de 24 de julio de 1889.

      Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2045
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221273

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Comprobar si se mantienen las circunstancias que motivaron la declaración de idoneidad en los siguientes supuestos: por vigencia, por tener conocimiento la administración de modificación de las circunstancias de la persona declarada idónea, por detectarse ocultamiento o falsificación por parte de la persona declarada idónea.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa del cambio de circunstancias comunicado y que se vea afectada por la modificación.
      • En caso de actualización de declaración de idoneidad, los solicitantes tienen que aportar toda la documentación que caducó o se modificó después de la solicitud inicial.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Documentación acreditativa del cambio de circunstancias comunicado y que se vea afectada por la modificación.
      • En caso de actualización de declaración de idoneidad, los solicitantes tienen que aportar toda la documentación que caducó o se modificó después de la solicitud inicial.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Programas de Prevención y Protección de Menores

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 1/1997, de 7 de febrero (BOC Nª 23, de 17.2.1997), de Atención Integral a los Menores.

      Decreto 54/1998, de 17 de abril (BOC Nº 55, de 6.5.1998), por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Ley 1/1996, de 15 de enero , de Protección Jurídica del Menor, que modifica parcialmente el Código Civil, y la Ley de Enjuiciamiento Civil. (BOE Nº15, de 17.1.96).

      Código Civil, aprobado por el Real Decreto de 24 de julio de 1889.

      Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2045
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221273

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Actualizar los datos de censo existentes en el Registro de las Explotaciones Ganaderas de Canarias
    A quién está dirigido:
    Administración, Asociaciones, Empresas y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrita la explotación ganadera en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • En caso de actuar mediante representante:
        • Acreditación de la representación

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Ganadería
      Plazo de resolución:
      4 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 14/2014, 26 diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales

      Orden de 20 de marzo de 2018, por la que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias

      Normativa estatal

      Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas. (BOE Nº 89, de 13.4.2004)

      Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos. (BOE Nº 242, de 7.10.2008)

      Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.

      Real Decreto 1084/2005, de 16 de septiembre, de ordenación de la avicultura de carne. (BOE Nº 233, de 29.9.2005)

      Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. (BOE Nº 154, de 26.6.2004)

      Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras. (BOE Nº 78, de 1.4.2003)

      Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. (BOE Nº 62, de 13.3.2002)

      Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas. (BOE Nº 58, de 8.3.2000)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4345
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221136

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Comunicar la puesta en funcionamiento de gruas moviles y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad establecidos para este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Aparatos de Elevacion y Manutencion y en su Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4, referente a grúas móviles autopropulsadas.
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Declaración de adecuación (Mod. GMA_DA).
      • Fotocopia del DNI/NIF del representante o, en su caso, del titular.
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Fotocopia del CIF de la empresa, en su caso.
      • Fotocopia de la escritura de la empresa, en su caso.
      • Fotocopia del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica de vehículos.
      • Documentación específica grúas con marcado "CE.
        • Declaración "CE" de conformidad.

        • Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas correspondientes del Anexo I, suscrito por Organismo de Control y con indicación de las soluciones adoptadas para su cumplimiento.

        • Manual de Instrucciones de la grúa.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Declaración de adecuación (Mod. GMA_DA).
      • Fotocopia del DNI/NIF del representante o, en su caso, del titular.
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Fotocopia del CIF de la empresa, en su caso.
      • Fotocopia de la escritura de la empresa, en su caso.
      • Fotocopia del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica de vehículos.
      • Documentación específica grúas con marcado "CE.
        • Declaración "CE" de conformidad.

        • Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas correspondientes del Anexo I, suscrito por Organismo de Control y con indicación de las soluciones adoptadas para su cumplimiento.

        • Manual de Instrucciones de la grúa.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de la comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante, la Administración Pública podrá realizar posteriormente los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    Normativa

    • Normativa estatal

      Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

      Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

      Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3601
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221344

  • Objeto

    • Determinar los demandantes de viviendas protegidas de promoción pública que han de resultar adjudicatarios de una vivienda protegida de promoción pública integrada en una promoción de nueva construcción..
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 1: Información
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Para poder participar en el procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda es necesario, estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, a la fecha indicada en el anuncio de la promoción (salvo cuando se trate de demandantes que se hallen en alguna de las situaciones excepcionales previstas en el apartado 3 b) del artículo 9, del Decreto 138/2007, de 24 de mayo) así como, cumplir el resto de los requisitos generales que se relacionan en el artículo 3 del citado Decreto.
    • Cumplir, en su caso, los requisitos específicos, que a continuación se relacionan:
    • -Hallarse algún miembro de la unidad familiar en situación de limitación, movilidad o comunicación reducida en los términos del artículo 10 de la Ley de accesibilidad de barreras físicas y de la comunicación.
    • -Ostentar la condición de emigrante retornado.
    • - Ser víctima de violencia de género sujeta a un programa de acogida.
    • -Hallarse en alguno de los supuestos excepcionales que contempla el apartado 3 letra b del artículo 9 del Decreto 138/2007
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Pendiente convocatoria

    Por internet

    Presencial

      • Documentación
      • Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas
      • Certificación catastral relativa a los bienes de la unidad familiar
      • Certificado de empadronamiento
      • Contrato laboral
      • Certificado de reconocimiento de discapacidad
      • de emigrante retornado
      • Violencia de género
      • Certificado de vida laboral
      • Certificado de pensiones y prestaciones sociales
      • de los ingresos de la unidad familiar
      • Sobre necesidad de vivienda y patrimonio

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Unidad de Apoyo del Director del Instituto Canario de Vivienda

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
      Plazo de resolución:
      el establecido en el procedimiento de adjudicación comprendido entre los artículos 13 y 21 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

      Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda. (B.O.C. 114, de 8.6.2007)

      Normativa estatal

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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