Gobierno de Canarias

  • Objeto

    • Favorecer la incorporación al mercado laboral de las personas demandantes de empleo que tienen a su cargo a hijo/as menores de 3 años, favoreciendo la conciliación familiar y laboral.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Demandantes de empleo que suscriban un contrato laboral entre abril y octubre de 2015, y que tengan hijo/as menores de tres años escolarizados en guardería.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Podrán ser beneficiarias de subvención, las personas que acrediten los siguientes requisitos:
    • 1º) Tener su residencia en Canarias, lo que se acreditará a través del DNI o tarjeta de residente, siempre que estén vigentes y figure el domicilio en Canarias, o a través de certificado de empadronamiento en vigor de su ayuntamiento.
    • 2º) Haber sido contratadas con carácter indefinido o temporal, (en este caso con una duración mínima de tres (3) meses), a jornada completa o a tiempo parcial, por un importe bruto mensual inferior a 1.500,00 euros, incluida la parte correspondiente de las pagas extras anuales establecidas según el Convenio que corresponda. En el caso de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 50% del total de la jornada ordinaria establecida.
    • Al respecto del requisito de la contratación laboral previa, los contratos laborales deberán haberse suscrito dentro del periodo temporal que se determina en la respectiva Convocatoria.
    • 3º) Estar inscrita como persona desempleada demandante de empleo en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo, con una inscripción ininterrumpida, en el momento de ser contratada de, al menos, un mes. La acreditación de este extremo se realizará de oficio por el Servicio Canario de Empleo.
    • Sin reunir el requisito del período mínimo de inscripción de un mes establecido en el párrafo anterior, podrán acceder a la subvención "Cheque-guardería" aquellas personas que presenten al menos alguna de las situaciones especiales siguientes, siempre que conste su previa inscripción como desempleada en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo:
    • a) Trabajadores con discapacidad reconocida, igual o superior al 33%.
    • b) Perceptores de la Prestación Canaria de Inserción
    • c) Menores de 30 años, o mayores de 45, en la fecha de formalización del contrato.
    • d) Mujeres víctimas de violencia de género.
    Cuantía
    • 150 euros por mes de permanencia en guardería, con un máximo de 12 mensualidades.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Para la valoración del conjunto de solicitudes presentadas dentro de cada uno de los periodos establecidos en la respectiva Convocatoria, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de prelación, por este orden:
    • 1º) Mayor número de hijos por los que se solicita la subvención.
    • 2º) A igualdad en el criterio anterior, menor edad media de los hijos por los que se solicita la subvención.
    • 3º) Si persiste la igualdad, tendrá preferencia la solicitud que se hubiera presentado con mayor prontitud, según la fecha y número de registro de entrada en el SCE
    Forma de Abono:
    • De forma trimestral, se abonará en firme una vez presentadas las correspondientes facturas de guardería.

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 1/4/2015 0:0

    Fecha Fin: 10/9/2015 23:59

  • Condición:
    • Para los contratos celebrados en los meses de abril a agosto de 2015
  • Fecha Inicio: 1/9/2015 0:0

    Fecha Fin: 10/11/2015 23:59

  • Condición:
    • Para los contratos celebrados en los meses de septiembre a octubre de 2015
  • Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Declaración responsable
      • Solicitud reembolso de la subvención
      • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
      • Certificado de residencia
      • Libro de familia
      • Contrato laboral de la persona beneficiaria
      • Última declaración de la renta, o declaración jurada de estar exento de su presentación.
      • Orden a favor de la víctima o Sentencia
      • Certificado de minusvalía
      • Alta de terceros

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Empleo

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 08.04.2009)

      Resolución de 13 de marzo de 2015, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2015 del programa de conciliación de la vida familiar y laboral "Cheque-guardería". (BOC nº 63, de 01.04.2015)

      Resolución, 10 mar 2016, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, relativa a la declaración de crédito disponible para la convocatoria de subvenciones previstas al amparo del Programa «Cheque-Guardería», convocadas mediante Resolución de 13 de marzo de 2015

  • Objeto

    Apoyar la contratación de trabajadores que ocupan plazas de inserción durante los primeros tres años. Creación de la plaza de inserción hasta el primer año de contratación y mantenimiento desde entonces hasta que transcurran tres años desde su creación.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Beneficiarios:
    Las empresas de inserción que reúnan las condiciones mencionadas anteriormente.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    a) Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción cuyo mantenimiento haya sido objeto de subvención por parte del Servicio Canario de Empleo, sin conseguir que la persona que la ocupaba pase a ocupar otra plaza normalizada en dicha empresa o se inserte en el mercado de trabajo ordinario, salvo que los Servicios Sociales Públicos municipales en los que se inició el procedimiento de acceso a la empresa de inserción emitan informe favorable respecto al cumplimiento del itinerario de inserción sociolaboral del trabajador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 137/2009, ya citado.
    b) La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta, es decir, la entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción sociolaboral perteneciente a alguno de los colectivos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE núm. 299, de 14-12-2007).
    c) Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE, en los términos establecidos en el Decreto 137/2009, de 20 de octubre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, el procedimiento de acceso a las mismas y el Registro de Empresas de Inserción (BOC 241, de 10/12/2009).
    d) Cumplir con las obligaciones establecidas tanto en el art. 6 del citado Decreto 137/2009 ya citado, como en 9.3 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE núm. 299, de 14-12-2007).
    Cuantía
    Un millón doscientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y un euros con veintinueve céntimos (1.246.841,29) euros
    Criterios de valoración y baremación:
    Para empresas de inserción con más de un año de antigüedad en el momento de la solicitud:
    Dos puntos por cada persona insertada en el mercado con un tiempo mínimo de contratación de seis meses.
    Número de personas en proceso de inserción beneficiadas, 2 puntos por cada uno.
    Número de mujeres o menores de 30 años en proceso de inserción, un punto por cada uno.
    Para empresas de inserción con menos de un año de antigüedad en el momento de la solicitud:
    Número de plazas de inserción a tiempo completo, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud: 2 puntos por cada plaza.
    Número de puestos de trabajo que no sean de inserción, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud: 1 punto por cada plaza.
    Relación trabajadores en proceso de inserción/trabajadores totales de la empresa en el momento de la solicitud, si es del 70 al 90%, 10 puntos y si es del 50 al 69%, 5 puntos.
    Número de mujeres o menores de 30 años en proceso de inserción: un punto por cada persona.
    Forma de Abono:
    Todas las subvenciones se abonarán anticipadamente

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 4/7/2015 0:0

    Fecha Fin: 31/8/2015 23:59

    Por internet

      • Solicitud de subvención
      • Declaración responsable
      • Memoria de la actividad
      • Relación nominal de gastos FSE
      • Relación nominal de gastos. Ministerio
      • Previsión de ingresos y gastos
      • (DNI) o (NIE).
      • Si el solicitante tiene personalidad jurídica, (CIF).
      • Declaración responsable
      • Certificados de estar al corriente de sus obligaciones
      • Memoria en relación con la actuación
      • Contrato laboral de cada uno de los trabajadores
      • Alta en la Seguridad Social de cada uno de los trabajadores
      • Escritura de poder suficiente y subsistente o poder bastanteado

      Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial


    • Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción Económica Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden, 22 mayo 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 16 de octubre de 2015, de la Presidencia, por la que se procede a la ampliación de la dotación económica prevista en el resuelvo tercero de la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de fecha 23 de junio de 2015 por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Resolución, 23 jun 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

  • Objeto

    Apoyar la contratación de técnico/s de acompañamiento a la producción, de técnico/s de acompañamiento a la inserción y del director/a o gerente.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Beneficiarios:
    Las empresas de inserción que reúnan las condiciones mencionadas anteriormente.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    a) Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción cuyo mantenimiento haya sido objeto de subvención por parte del Servicio Canario de Empleo.
    b) La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta, es decir, la entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción sociolaboral perteneciente a alguno de los colectivos previstos en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
    c) Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE.
    d) Cumplir con las obligaciones establecidas tanto en el art. 6 del citado Decreto 137/2009 ya citado, como en 9.3 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
    Cuantía
    Un millón doscientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y un euros con veintinueve céntimos (1.246.841,29) euros
    Criterios de valoración y baremación:
    Para empresas de inserción con más de un año de antigüedad en el momento de la solicitud:
    Dos puntos por cada persona insertada en el mercado con un tiempo mínimo de contratación de seis meses.
    Número de personas en proceso de inserción beneficiadas, 2 puntos por cada uno.
    Número de mujeres o menores de 30 años en proceso de inserción, un punto por cada uno.
    Para empresas de inserción con menos de un año de antigüedad en el momento de la solicitud:
    Número de plazas de inserción a tiempo completo, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud: 2 puntos por cada plaza.
    Número de puestos de trabajo que no sean de inserción, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud: 1 punto por cada plaza.
    Relación trabajadores en proceso de inserción/trabajadores totales de la empresa en el momento de la solicitud, si es del 70 al 90%, 10 puntos y si es del 50 al 69%, 5 puntos.
    Número de mujeres o menores de 30 años en proceso de inserción: un punto por cada persona.
    Forma de Abono:
    Todas las subvenciones se abonarán anticipadamente

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 4/7/2015 0:0

    Fecha Fin: 31/8/2015 23:59

    Por internet

      • Solicitud de subvención
      • Memoria de la actividad
      • Declaración responsable
      • Relación nominal de gastos FSE
      • Relación nominal de gastos. Ministerio
      • Previsión de gastos e ingresos
      • (DNI) o (NIE).
      • Si el solicitante tiene personalidad jurídica, (CIF).
      • Declaración responsable
      • Certificados de estar al corriente de sus obligaciones
      • Memoria en relación con la actuación
      • Currículum
      • Memoria descriptiva
      • Contrato de trabajo o de prestación de servicios, según proceda.
      • Previsión de ingresos y gastos
      • Escritura de poder suficiente y subsistente o poder bastanteado

      Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial


    • Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción Económica Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 23 jun 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 16 de octubre de 2015, de la Presidencia, por la que se procede a la ampliación de la dotación económica prevista en el resuelvo tercero de la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de fecha 23 de junio de 2015 por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Orden, 22 mayo 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

  • Objeto

    Una vez que el trabajador haya finalizado su proceso de inserción en una empresa de inserción, fomentar el establecimiento como autónomo/a, la incorporación como socio/ trabajador/a a una entidad de economía social o la incorporación al empleo asalariado
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Beneficiarios:
    Las empresas de cualquier naturaleza jurídica que reúnan las condiciones mencionadas anteriormente.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    a) Que no estén vinculadas con ninguna empresa de inserción ni con sus administradores o apoderados.
    b) Que la inserción definitiva del trabajador suponga un incremento de empleo respecto a la media de los doce meses anteriores a la fecha de contratación/incorporación del mismo. A efectos del cálculo del incremento de empleo, se considerarán tanto los socios trabajadores o de trabajo como los trabajadores con contrato indefinido.
    c) Además en el caso las subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado será necesario que las empresas suscriban un contrato laboral con un trabajador, de duración no inferior a un año o, en su defecto, que aunque el contrato inicial sea inferior a un año, la entidad solicitante lo prorrogue de tal manera que la relación laboral se establezca en el momento de la solicitud por una duración superior a un año.
    Cuantía
    Un millón doscientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y un euros con veintinueve céntimos (1.246.841,29) euros
    Criterios de valoración y baremación:
    Número de mujeres, menores de 30 años o mayores de 45 años insertados que hayan ocupado una plaza de inserción previamente, cinco puntos por cada uno.
    Por cada puesto de trabajo fijo o indefinido que tiene la empresa en el momento de la solicitud: 2 puntos.
    Forma de Abono:
    Todas las subvenciones se abonarán anticipadamente

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 4/7/2015 0:0

    Fecha Fin: 31/8/2015 23:59

    Por internet

      • Solicitud de subvención
      • Declaración responsable
      • Memoria de la actividad
      • Relación nominal de gastos. Ministerio
      • (DNI) o (NIE).
      • Si el solicitante tiene personalidad jurídica, (CIF).
      • Declaración responsable
      • Certificados de estar al corriente de sus obligaciones
      • Memoria en relación con la actuación
      • Certificado que el trabajador ha finalizado su proceso de inserción
      • Documentación acreditativa de que se ha producido la incorporación al mercado de trabajo
      • Escritura de poder suficiente y subsistente o poder bastanteado
      • Para la incorporación del trabajador al empleo asalariado: Contrato de trabajo formalizado

      Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud de subvención
      • Declaración responsable
      • Memoria de la actividad
      • Relación nominal de gastos. Ministerio
      • (DNI) o (NIE).
      • Si el solicitante tiene personalidad jurídica, (CIF).
      • Declaración responsable
      • Certificados de estar al corriente de sus obligaciones
      • Memoria en relación con la actuación
      • Certificado que el trabajador ha finalizado su proceso de inserción
      • Documentación acreditativa de que se ha producido la incorporación al mercado de trabajo
      • Escritura de poder suficiente y subsistente o poder bastanteado
      • Para la incorporación del trabajador al empleo asalariado: Contrato de trabajo formalizado

      Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción Económica Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden, 22 mayo 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 16 de octubre de 2015, de la Presidencia, por la que se procede a la ampliación de la dotación económica prevista en el resuelvo tercero de la Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de fecha 23 de junio de 2015 por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Resolución, 23 jun 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, por la que se convoca para el ejercicio 2015 la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

  • Objeto

    Concesión por el SCE de subvenciones para financiar el coste de la realización en canarias de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral encaminados hacia la inserción laboral de personas en situación de desventaja social, pertenecientes a los siguientes colectivos personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad conforme a lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
    A quién está dirigido:
    Administración y Ciudadanos
    Beneficiarios:
    Los destinatarios de los PIIIL, serán personas en desventaja social, que estén desempleadas e inscritas en la oficina de empleo y que se encuentren dentro de los siguientes colectivos:
    1. Personas en exclusión social o en riesgo de padecerla.
    2. Inmigrantes.
    3. Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, conforme a lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    Los que se establecen en la Base Cuarta. Requisitos que deben reunir los solicitantes para la obtención de las subvenciones.
    Cuantía
    2.850.000,00 euros.
    Criterios de valoración y baremación:
    Los criterios de valoración de las solicitudes presentadas se desarrolla en la base Décimo quinta, Anexo 1.
    Forma de Abono:
    El abono de las subvenciones concedidas se realizará de forma anticipada y por el 100% del importe concedido, previa solicitud planteada por la entidad beneficiaria, sin prestación de garantías al estar estas entidades exoneradas de dicho deber según lo dispuesto en el artículo 38.8.d) del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 30/9/2016 0:0

    Fecha Fin: 19/10/2016 23:59

    Por internet

      • Anexo IV: Solicitud de subvención
      • Anexo V: Declaración responsable
      • Anexo VII: Modelo de previsión de ingresos y gastos
      • Anexo VIII: Acreditación de la experiencia de la entidad
      • Anexo IX: Acreditación de la pertenencia a alguna/as red/es de entidad/es sin ánimo de lucro

      Otra documentación de interés:
      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Formación I

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 11/2014, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Decreto 122/2011, 17 mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias y se regulan los procedimientos para la inscripción y/o acreditación de las entidades y centros de formación

      Extracto de la Resolución de 19 de septiembre de 2016, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, destinadas a la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, para el ejercicio 2016

      Resolución, 3 oct 2016, del Director del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, convocadas por Resolución de 19 de septiembre de 2016 (BOC 190, 29.9.2016), de la Presidenta

      Resolución, 19 sep 2016, de la Presidenta Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinadas a la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva.

  • Objeto

    • Apoyar la contratación de trabajadores que ocupan plazas de inserción durante los primeros tres años.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Empresas de inserción.
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1º Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción que haya sido objeto de subvención por parte del SCE.
    • 2º La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta.
    • 3º Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE.
    • 4º Al menos el 20% de los trabajadores que se den de alta en las plazas de inserción a partir del 31/10/2017 deben de estar ocupadas por personas que pertenezcan a los colectivos citados en el apartado a) y b) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción .
    • 5º Cumplir con las obligaciones establecidas en el art. 6 del citado Decreto 137/2009 y en el 9.3 de la Ley 44/2007,
    Cuantía
    • - Por cada plaza de inserción durante su primer año las empresas de inserción podrán acceder a una subvención de importe máximo de nueve mil euros (9.000,00 €).
    • - Por cada plaza de inserción durante su segundo y tercer año las empresas de inserción podrán acceder a una subvención de importe máximo de seis mil quinientos euros (6.500,00 €).
    • Cuando la contratación se efectúe a tiempo parcial, el importe de la ayuda que corresponda se reducirá en la misma proporción que la jornada que, en ningún caso, podrá ser inferior al 50% de la ordinaria en la empresa.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Serán los siguientes:
    • Número de personas pertenecientes a los colectivos citados en el apartado c) d) y e) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: dos puntos por cada persona, hasta un máximo de 10.
    • Relación número de plazas de inserción/ número de técnicos de acompañamiento a la inserción contratados por la empresa de inserción o la entidad promotora, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: si tiene un técnico por cada cinco plazas o menos, 10 puntos, si tiene uno por cada 6 a 9 plazas, 5 puntos y si tiene un técnico por cada 10 plazas o más, no puntúa.
    • Si desarrollan alguna actividad económica en las siguientes islas: Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera o El Hierro, 10 puntos.
    • a) Para empresas de inserción con menos de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
    • El número de plazas de inserción y de puestos de trabajo creados. Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: número de plazas de inserción y número de puestos de trabajo que no sean de inserción, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud de subvención.
    • b) Para empresas de inserción con más de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
    • Nivel de inserción de los trabajadores que han ocupado una plaza de inserción en la entidad durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud: dos puntos por cada persona insertada en el mercado con un tiempo mínimo de contratación de seis meses.
    • Dado que las acciones subvencionadas garantizan que las entidades solicitantes luchan contra cualquier forma de discriminación y fomentan la igualdad de oportunidades para todos, en caso de que una vez aplicados los criterios de valoración previstos anteriormente se produjera empate entre las solicitudes presentadas, se utilizará para desempatar la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
    • Si la actividad económica principal de la entidad solicitante contribuye al desarrollo sostenible y, en particular, a la protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la biodiversidad y la prevención y gestión de riesgos: 20 puntos.
    • Medidas o acciones de información y comunicación propuestas por la entidad solicitante, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social Europeo, 5 puntos por cada acción de este tipo valorada positivamente, hasta un máximo de 20 puntos.
    • Si aun así persistiera el empate se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes objeto de empate.
    • En cualquier caso, si los puestos de trabajo valorados fueran a tiempo parcial, los criterios se valorarán en proporción al tiempo efectivo de duración de la jornada de trabajo.
    Forma de Abono:
    • Las subvenciones se abonarán anticipadamente, previa presentación de la siguiente documentación:
    • Escrito de la entidad beneficiaria para aceptar la subvención y acreditar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.
    • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en caso de que no se autorice expresamente al SCE para recabar dichos certificados en el momento de solicitar la subvención.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 28/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/10/2019 23:59

    Por internet

      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Memoria detallada de actividades
      • Memoria económica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
      • Solicitud subvención directa a la contratación de personas con especiales dificultades de inserción socio-laboral en las plazas de inserción
      • Memoria actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 20 oct 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2020 para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 17 de septiembre de 2019 de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4429
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221324

  • Objeto

    • Apoyar la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción, de técnicos de acompañamiento a la inserción socio-laboral y del director o gerente
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Empresas de inserción
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1º Que no hayan amortizado ninguna plaza de inserción que haya sido objeto de subvención por parte del SCE.
    • 2º La plaza de inserción en el momento de la solicitud, deberá estar cubierta, es decir, la entidad tiene que cotizar en la Seguridad Social, por una persona con la que se haya formalizado el proceso de inserción socio-laboral.
    • 3º Estar inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción dependiente del SCE.
    • 4º Cumplir con las obligaciones establecidas en el art. 6 del Decreto 137/2009 y en el 9.3 de la Ley 44/2007 para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
    Cuantía
    • - Subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción y a la inserción. El importe máximo de la subvención para la contratación de técnicos de acompañamiento a la producción será de tres mil doscientos cincuenta euros (3.250 €) anuales por plaza de inserción existente en la entidad en el momento de solicitar la subvención. El mismo importe máximo se podrá conceder para la contratación de técnicos de acompañamiento a la inserción.
    • - Subvención para contratación de gerentes, cuyo importe máximo variará según el número de plazas de inserción existentes en la entidad en el momento de solicitar la subvención:
    • - Si cuenta con menos de cinco plazas, el importe será de cuatro mil euros (4.000,00 €) anuales por plaza de inserción.
    • - En caso de que tenga cinco plazas o más, tres mil euros (3.000,00 €) anuales por plaza.
    • En cualquier caso el cálculo del máximo por plaza de inserción se reducirá proporcionalmente en el caso de que existan plazas de inserción con jornada parcial.
    • En todo caso, no podrán superar los costes de los puestos de trabajo señalados a continuación:
    • Técnico de acompañamiento a la producción: 19.257,38 €
    • Técnico de acompañamiento a la inserción: 25.652,91 €
    • Gerente: 26.790,89 €
    Criterios de valoración y baremación:
    • Número de personas pertenecientes a los colectivos citados en el apartado c) d) y e) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: dos puntos por cada persona, hasta un máximo de 10.
    • Relación número de plazas de inserción/ número de técnicos de acompañamiento a la inserción contratados por la empresa de inserción o la entidad promotora, que tiene la entidad en el momento de solicitar la subvención: si tiene un técnico por cada cinco plazas o menos, 10 puntos, si tiene uno por cada 6 a 9 plazas, 5 puntos y si tiene un técnico por cada 10 plazas o más, no puntúa.
    • Si desarrollan alguna actividad económica en las siguientes islas: Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera o El Hierro, 10 puntos.
    • - Para empresas de inserción con menos de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
    • El número de plazas de inserción y de puestos de trabajo creados. Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: número de plazas de inserción y número de puestos de trabajo que no sean de inserción, que tiene cubiertas la empresa en la fecha de solicitud de subvención.
    • - Para empresas de inserción con más de dos años de antigüedad en el momento de la solicitud, también se valorará hasta 20 puntos el siguiente criterio:
    • Nivel de inserción de los trabajadores que han ocupado una plaza de inserción en la entidad durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud: dos puntos por cada persona insertada en el mercado con un tiempo mínimo de contratación de seis meses.
    • Dado que las acciones subvencionadas garantizan que las entidades solicitantes luchan contra cualquier forma de discriminación y fomentan la igualdad de oportunidades para todos, en caso de que una vez aplicados los criterios de valoración previstos anteriormente se produjera empate entre las solicitudes presentadas, se utilizará para desempatar la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
    • Si la actividad económica principal de la entidad solicitante contribuye al desarrollo sostenible y, en particular, a la protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la biodiversidad y la prevención y gestión de riesgos: 20 puntos.
    • Medidas o acciones de información y comunicación propuestas por la entidad solicitante, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social Europeo, 5 puntos por cada acción de este tipo valorada positivamente, hasta un máximo de 20 puntos.
    • Si aun así persistiera el empate se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes objeto de empate.
    • En cualquier caso, si los puestos de trabajo valorados fueran a tiempo parcial, los criterios se valorarán en proporción al tiempo efectivo de duración de la jornada de trabajo.
    Forma de Abono:
    • Las subvenciones se abonarán anticipadamente, previa presentación de la siguiente documentación:
    • Escrito de la entidad beneficiaria para aceptar la subvención y acreditar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.
    • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en caso de que no se autorice expresamente al SCE para recabar dichos certificados en el momento de solicitar la subvención.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 28/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/10/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Memoria detallada de actividades
      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Memoria técnica
      • Memoria actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
      • Memoria economica justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 20 oct 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2020 para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 17 de septiembre de 2019 de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4430
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221340

  • Objeto

    • Una vez que el trabajador haya finalizado su proceso de inserción en una empresa de inserción, fomentar el establecimiento como autónomo/a, la incorporación como socio/ trabajador/a a una entidad de economía social o la incorporación al empleo asalariado.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Empresas que no sean de inserción y autónomos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1º Que no estén vinculadas con ninguna empresa de inserción ni con sus administradores o apoderados.
    • 2º La inserción definitiva del trabajador tiene que suponer un incremento de empleo respecto a la media de los doce meses anteriores a la fecha de contratación/incorporación del mismo. A efectos del cálculo del incremento de empleo, se considerarán tanto los socios trabajadores o de trabajo como los trabajadores con contrato indefinido.
    • 3º En el caso de las subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado será necesario que las empresas suscriban un contrato laboral con un trabajador, de duración no inferior a un año.
    Cuantía
    • a) Subvenciones para la incorporación del trabajador al autoempleo: la subvención será de ocho mil euros (8.000 euros) por cada socio trabajador que se incorpore a una entidad de economía social o por cada trabajador autónomo que se constituya como tal.
    • b) Subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado: la cuantía de la subvención sera de cinco mil euros (5.000 euros) por persona contratada a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente si el contrato de trabajo es a tiempo parcial.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Número de personas insertadas en la empresa que hayan ocupado una plaza de inserción previamente, valorándose especialmente si han pertenecido a los colectivos relacionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción: diez puntos por cada uno, hasta un máximo de 20.
    • Número de mujeres, menores de 30 años o mayores de 45 años contratados durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud con un tiempo mínimo de contratación de seis meses: cinco puntos por cada uno, hasta un máximo de 10.
    • Tiempo transcurrido desde que se inició la contratación de la persona haya ocupado una plaza de inserción hasta el momento de la solicitud: si ha trascurrido mas de tres a seis meses 5 puntos y si han transcurrido más de seis meses 10 puntos .
    • Número de puestos de trabajo fijo o indefinido que tiene la empresa en el momento de la solicitud: dos puntos por cada uno, hasta un máximo de 10.
    • Dado que las acciones subvencionadas garantizan que las entidades solicitantes luchan contra cualquier forma de discriminación y fomentan la igualdad de oportunidades para todos, en caso de que una vez aplicados los criterios de valoración previstos anteriormente se produjera empate entre las solicitudes presentadas, se utilizará para desempatar la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
    • Si la actividad económica principal de la entidad solicitante contribuye al desarrollo sostenible y, en particular, a la protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la biodiversidad y la prevención y gestión de riesgos: 20 puntos.
    • Medidas o acciones de información y comunicación propuestas por la entidad solicitante, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social Europeo, 5 puntos por cada acción de este tipo valorada positivamente, hasta un máximo de 20 puntos.
    • Si aun así persistiera el empate se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes objeto de empate.
    • En cualquier caso, si los puestos de trabajo valorados fueran a tiempo parcial, los criterios se valorarán en proporción al tiempo efectivo de duración de la jornada de trabajo.
    Forma de Abono:
    • Las subvenciones se abonarán anticipadamente, previa presentación de la siguiente documentación:
    • Escrito de la entidad beneficiaria para aceptar la subvención y acreditar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.
    • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en caso de que no se autorice expresamente al SCE para recabar dichos certificados en el momento de solicitar la subvención.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 28/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/10/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Memoria detallada de actividades
      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Memoria económica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
      • Memoria actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 20 oct 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2020 para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 17 de septiembre de 2019 de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4431
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221367

  • Objeto

    • Una vez que el trabajador haya finalizado su proceso de inserción en una empresa de inserción, fomentar el establecimiento como autónomo/a, la incorporación como socio/ trabajador/a a una entidad de economía social o la incorporación al empleo asalariado.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Empresas que no sean de inserción y autónomos
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1º Que no estén vinculadas con ninguna empresa de inserción ni con sus administradores o apoderados.
    • 2º La inserción definitiva del trabajador tiene que suponer un incremento de empleo respecto a la media de los doce meses anteriores a la fecha de contratación/incorporación del mismo. A efectos del cálculo del incremento de empleo, se considerarán tanto los socios trabajadores o de trabajo como los trabajadores con contrato indefinido.
    • 3º En el caso de las subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado será necesario que las empresas suscriban un contrato laboral con un trabajador, de duración no inferior a un año.
    Cuantía
    • a) Subvenciones para la incorporación del trabajador al autoempleo: la subvención será de ocho mil euros (8.000 euros) por cada socio trabajador que se incorpore a una entidad de economía social o por cada trabajador autónomo que se constituya como tal.
    • b) Subvenciones para la incorporación del trabajador al empleo asalariado: la cuantía de la subvención sera de cinco mil euros (5.000 euros) por persona contratada a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente si el contrato de trabajo es a tiempo parcial.
    Criterios de valoración y baremación:
    • Número de personas insertadas en la empresa que hayan ocupado una plaza de inserción previamente, valorándose especialmente si han pertenecido a los colectivos relacionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción: diez puntos por cada uno, hasta un máximo de 20.
    • Número de mujeres, menores de 30 años o mayores de 45 años contratados durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud con un tiempo mínimo de contratación de seis meses: cinco puntos por cada uno, hasta un máximo de 10.
    • Tiempo transcurrido desde que se inició la contratación de la persona haya ocupado una plaza de inserción hasta el momento de la solicitud: si ha trascurrido mas de tres a seis meses 5 puntos y si han transcurrido más de seis meses 10 puntos .
    • Número de puestos de trabajo fijo o indefinido que tiene la empresa en el momento de la solicitud: dos puntos por cada uno, hasta un máximo de 10.
    • Dado que las acciones subvencionadas garantizan que las entidades solicitantes luchan contra cualquier forma de discriminación y fomentan la igualdad de oportunidades para todos, en caso de que una vez aplicados los criterios de valoración previstos anteriormente se produjera empate entre las solicitudes presentadas, se utilizará para desempatar la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
    • Si la actividad económica principal de la entidad solicitante contribuye al desarrollo sostenible y, en particular, a la protección medioambiental, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la biodiversidad y la prevención y gestión de riesgos: 20 puntos.
    • Medidas o acciones de información y comunicación propuestas por la entidad solicitante, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social Europeo, 5 puntos por cada acción de este tipo valorada positivamente, hasta un máximo de 20 puntos.
    • Si aun así persistiera el empate se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes objeto de empate.
    • En cualquier caso, si los puestos de trabajo valorados fueran a tiempo parcial, los criterios se valorarán en proporción al tiempo efectivo de duración de la jornada de trabajo.
    Forma de Abono:
    • Las subvenciones se abonarán anticipadamente, previa presentación de la siguiente documentación:
    • Escrito de la entidad beneficiaria para aceptar la subvención y acreditar que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad subvencionada.
    • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en caso de que no se autorice expresamente al SCE para recabar dichos certificados en el momento de solicitar la subvención.

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 28/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/10/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud
      • Memoria detallada de actividades
      • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
      • Memoria económica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
      • Memoria actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Presencial

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución, 20 oct 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras con una vigencia limitada hasta el ejercicio 2020 para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

      Resolución de 17 de septiembre de 2019 de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2019, para la concesión de subvenciones dirigidas a la inserción laboral en empresas de inserción y a la inserción laboral definitiva en el mercado de trabajo ordinario de personas en situación de exclusión social, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4431
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221367

  • Objeto

    • Subvencionar la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de desempleados y de trabajadores
    • - Los modelos normalizados se encuentran en el menú de la derecha: ENLACES DE INTERÉS
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Beneficiarios:
    Cooperativas y sociedades laborales
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1º La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la subvención. A efectos del cálculo del incremento del empleo se tendrá en cuenta el número de socios trabajadores o de trabajo y el número de trabajadores con contrato indefinido.
    • 2º No podrá concederse esta subvención cuando se trate de incorporación de socios trabajadores o de trabajo que hubieran ostentado tal condición en la misma empresa en los dos años anteriores a su incorporación como socios.
    • 3º Además con carácter previo a la solicitud, la persona que se incorpora como socio tiene que estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y pertenecer a alguno de los colectivos siguientes:
    • a) Desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo. b) Desempleados mayores de 45 años. c) Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante, al menos, 6 meses de los anteriores 8 meses si es menor de 25 años, ó 12 meses de los anteriores 16 meses si tiene 25 años o más. d) Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido sea igual o superior a 180 días si es menor de 25 años, ó igual o superior a 360 días si tiene 25 años o más. e) Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento. f) Desempleados minusválidos, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. g) Desempleados en situación de exclusión social. h) Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de 6 meses a la fecha de solicitud de la subvención.
    Cuantía
    • La cuantía de esta subvención, en el caso de incorporaciones a jornada completa, será: A) 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de las letras a),b),c), d) y h) ó 7.000 euros si la persona incorporada es mujer. B) 7.000 euros si se incorpora una mujer perteneciente al colectivo de la letra e); C)10.000 euros en el caso de desempleados minusválidos, colectivo de la letra f); D) 8.000 euros en el caso de desempleados en situación de exclusión social, colectivo de la letra g). En todos los casos, si la incorporación es a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración de la jornada de trabajo.
    Criterios de valoración y baremación:
    • a) Empleo generado.
    • b) Porcentaje de mujeres en el empleo generado.
    • c) Contribución a la integración de colectivos en situación de exclusión social.
    • d) Actividades desarrolladas en el marco de los nuevos yacimientos de empleo definidos por la Unión Europea.
    • e) Incorporación de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
    • f) Desarrollo de proyectos de I+D+i.
    • g) Incidencia en la creación y mantenimiento del empleo en el entorno geográfico en que se desarrolle la actuación.
    • h) Contribución a la mejora del medio ambiente
    Forma de Abono:
    • Con carácter previo al abono de la subvención, el beneficiario deberá justificar haber realizado la actuación

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 5/7/2019 0:0

    Fecha Fin: 11/9/2019 23:59

    Por internet

      • Solicitud y declaración responsable
      • Memoria actuación
      • Certificado socios
      • Certificado trabajadores

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Promoción de la Economía Social

    Quién resuelve

    Observaciones

    • Los modelos normalizados se encuentran en el menú de la derecha: ENLACES DE INTERÉS

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Resolución de 10 de junio de 2019, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de personas en calidad de socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias para el ejercicio 2019, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      Normativa estatal

      ORDEN TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.(BOE nº 270, de 11.11 de 2005)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4205
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221245

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