Reconocimiento de la aplicación del tipo impositivo general de 7% IGIC en la entrega o importación de los vehículos de motor destinados al transporte habitual de personas con discapacidad igual o mayor al 33% y menor al 65%.
Objeto
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- Autorizar la aplicación del beneficio fiscal consistente en la tributación al tipo general de 7% IGIC en la adquisición o importación de un vehículo de motor, turismo o mixto adaptable, destinado al uso exclusivo de personas con discapacidad igual o mayor al 33% y menor al 65%, previstos en el artículo 59.Dos.1.i) y 2 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 2: Descarga formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Requisitos previstos en el artículo 59.Dos.1.i) y 2 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud
- NIF del adquirente o importador, o en su caso, NIF del representante y acreditación de la representación.
- NIF de la persona con discapacidad o Libro de Familia, y/o NIF del representante y acreditación de la representación.
- * Certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- * Certificado de afiliación a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).
- * Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
- * Acreditación del carácter de pensionista de la Seguridad Social que tiene reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez.
- * Acreditación del carácter de pensionista de clases pasivas que tiene reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Ficha técnica del vehículo
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Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Agencia Tributaria Canaria
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Agencia Tributaria Canaria
- Plazo de resolución:
- 1 mes
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Disposición Adicional primera. Dos del Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- Recursos:
- Potestativo de Reposición
Reclamación Económica Administrativa
Observaciones
- A quién debe dirigirse para solicitar información:
1.- Cuando se trate de una adquisición: Administración de Tributos Interiores y Propios de Las Palmas, Administración de Tributos Interiores y Propios de S/C de Tenerife y Administraciones Tributarias Insulares.
2.- Cuando se trate de una importación: Administración de Tributos a la Importación de Las Palmas, Administración de Tributos a la Importación de S/C de Tenerife y Administraciones Tributarias Insulares.
-La aplicación de este beneficio fiscal está condicionada al previo reconocimiento del derecho por parte de la Administración Tributaria.
-No se admitirán solicitudes presentadas con posterioridad al devengo de la entrega o presentación de la declaración de importación de despacho a consumo.
-Que hayan transcurridos al menos, cuatro años desde la adquisición o importación de otro vehículo en análogas condiciones, excepto en el supuesto de siniestro total o baja definitiva del vehículo.
-Que no tenga más de un vehículo adaptado que se haya beneficiado de la reducción de tipo impositivo.
-Se perderá el derecho al beneficio fiscal del vehículo adquirido o importado cuando sea objeto de una transmisión posterior por actos inter vivos durante el plazo de los cuatro años siguientes a la fecha de adquisición o importación.
-La solicitud debe estar suscrita tanto por el adquirente o el importador como por la persona con discapacidad.
Normativa
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Normativa autonómica
Decreto 268/2011 , de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económicos y Fiscal de Canarias (BOC nº 159 de 12/08/2011)
Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (BOC nº 124, de 26.06.12)
Normativa estatal
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE nº 302, de 18.12.2003)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3364
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220567
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