Reconocimiento declaración y calificación del grado de discapacidad
Objeto
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- Reconocer la calificación del grado de discapacidad a fin de permitir el acceso a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen a las personas con discapacidad, así como su revisión.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
- Este procedimiento será de aplicación a las solicitudes de reconocimiento del grado de discapacidad que se presenten por las personas físicas interesadas, que se hallaren empadronadas en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Solicitud
- Libro de familia
- Número de afiliación a Seguridad Social indicado en el modelo de solicitud.
- Declaración de guardador de hecho
- Informes clínicos (Anexo I-B).
- Informes médicos y / o psicológicos.
- Copia simple del Documento de identidad de su país de origen vigente o el Pasaporte, y el Certificado de residencia permanente de Ciudadano de la Unión en vigor.
- copia simple de la Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en vigor, que acredite la situación de residencia legal del extranjero en España.
- Bastará que expresen su consentimiento de acceso a sus datos de identidad y de residencia, y en caso contrario, acompañará a la solicitud copia simple del DNI y certificado de inscripción como residente en el Consulado español correspondiente.
- Debe aportar además del DNI, el Certificado de Concordancia expedido por la policía donde consta el cambio de NIE a DNI.
- Las solicitudes podrán contener autorización expresa a la Administración gestora.
- En todos los casos.
- Las copias de documentos que acompañen a la solicitud
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
-
- Solicitud
- Libro de familia
- Número de afiliación a Seguridad Social indicado en el modelo de solicitud.
- Declaración de guardador de hecho
- Informes clínicos (Anexo I-B).
- Informes médicos y / o psicológicos.
- Copia simple del Documento de identidad de su país de origen vigente o el Pasaporte, y el Certificado de residencia permanente de Ciudadano de la Unión en vigor.
- copia simple de la Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en vigor, que acredite la situación de residencia legal del extranjero en España.
- Bastará que expresen su consentimiento de acceso a sus datos de identidad y de residencia, y en caso contrario, acompañará a la solicitud copia simple del DNI y certificado de inscripción como residente en el Consulado español correspondiente.
- Debe aportar además del DNI, el Certificado de Concordancia expedido por la policía donde consta el cambio de NIE a DNI.
- Las solicitudes podrán contener autorización expresa a la Administración gestora.
- En todos los casos.
- Las copias de documentos que acompañen a la solicitud
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Dirección General de Dependencia y Discapacidad
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Dependencia y Discapacidad
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Cuando la resolución no se dicte en el plazo de tres meses, la solicitud podrá entenderse desestimada en virtud de la excepción del artículo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce
- Recursos:
- Reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral
Observaciones
- Las competencias que en materia de calificación de grado de discapacidad corresponden, conforme al artículo 6 del Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, a la Comunidad Autónoma de Canarias, serán ejercidas por la Dirección General de Políticas Sociales, con arreglo a las atribuciones que determine el Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.
Normativa
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Normativa autonómica
Orden de 3 de diciembre de 2012, por la que se corrigen errores en la Orden de 18 de octubre de 2012, que determina el procedimiento para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Resolución de 19 de febrero de 2014, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento de reconocimiento del derecho a la pensión no contributiva por causa de invalidez y sus revisiones, y la necesaria coordinación con el reconocimiento del grado de discapacidad de las personas interesadas y los trámites administrativos que deben sustanciarse para esta finalidad en las oficinas de registro de este Centro Directivo. (BOC nº 59, de 25.03.2014)
Orden de 18 de octubre de 2012, por la que se determina el procedimiento para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Normativa estatal
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de noviembre. BOE nº 289, de 03 de diciembre de 2013
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (texto consolidado).
Normativa europea
Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020:un compromiso renovado para una Europa sin barreras.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1978
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221221
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