BECA DE ESPECIALIZACIÓN, FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL DE INVESTIGACIÓN EN DIVERSOS ÁMBITOS DE LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES PARA EL AÑO 2015

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Convocar una beca de investigación para el ejercicio 2015 destinada a la formación de postgraduados universitarios de nivel superior, con la titulación indicada a continuación, que deseen realizar trabajos de investigación propuestos y dirigidos por la Administración Autonómica en las siguientes materias relacionadas con la defensa y protección de los consumidores:

Diseño y desarrollo de sistemas de información digital y búsquedas bibliográficas como apoyo a las actividades del Instituto de Consumo de Extremadura, la evaluación y el análisis de la cadena documental (selección, adquisición, realización del análisis documental y organización de los depósitos informativos), búsqueda y recuperación de información, gestión de recursos web, edición de productos documentales -resúmenes de índices o de prensa- tratamiento continuado de la información documental y planificar y gestionar la información electrónica del Instituto de Consumo de Extremadura y la difusión y transferencia del conocimiento en materia de consumo a los profesionales.

Destinatarios

Licenciado en Documentación o equivalente (Grado en Información y Documentación), que cumplan los requisitos establecidos.

Plazo de presentación

Del 17 de diciembre de 2014 hasta el 5 de enero de 2015, ambos inclusive.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud de admisión (Anexo I)

Decreto 217/2012, de 26 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de consumo (D.O.E. Nº 212, DE 02-11-12)

ORDEN de 1 de diciembre de 2014 por la que se aprueba la convocatoria de una beca de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos ámbitos de la protección de los consumidores en Extremadura, para el año 2015 (D.O.E. Nº 241, DE 16-12-2014)

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de seis meses a contar a partir de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

* Características de la beca.

- La beca no supondrá relación laboral o funcionarial alguna entre el beneficiario y la Junta de Extremadura durante el desarrollo de la misma ni a su extinción. Tampoco constituye mérito ni otorga derecho preferente alguno al mismo para futuras contrataciones ni para el ingreso en la Administración.

- El procedimiento general para la concesión de la beca será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica.

- La actividad del becario se desarrollará en las dependencias del Instituto de Consumo de la Consejería de Salud y Política Sociosanitaria, con carácter general, si bien deberá adaptarseesta actividad a las necesidades de los Servicios de la Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura (en adelante,INCOEX), para tareas concretas inherentesal desarrollo de la beca.

- La beca se disfrutará desde la fecha de su concesión hasta finalizar el año 2015, pudiéndose renovar por años naturales hasta un máximo de cuatro años, siempre que se cumplan las obligaciones inherentes a la misma, no se consideren agotadas las líneas de investigación dentro de los proyectos de gasto y exista la correspondiente dotación presupuestaria. La prórroga de la beca no supondrá en ningún caso la alteración de la naturaleza de la misma.

- La concesión de esta beca es incompatible con la percepción de cualquier otra retribución o ayuda pública o privada, a excepción de lo establecido en el artículo 17.7 del Decreto 217/2012, de 26 de octubre.

* Requisitos del beneficiario.

1. Podrán concurrir a la convocatoria de la beca aquellas personas mayores de edad que reúnan en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados miembros cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Estar en posesión de la titulación Licenciado en Documentación o equivalente, Grado en Información y Documentación.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del normal desarrollo de los trabajos.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2. Asimismo y en caso de resultar seleccionado para el disfrute de la beca, la persona solicitante deberá acreditar estar en situación de desempleo en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 a) de la orden de convocatoria.

* Criterios de valoración y ponderación.

1. La selección de los aspirantes a la concesión de la beca se hará a través de un proceso compuesto de dos fases:

La primera fase consistirá en la valoración y evaluación por parte de la Comisión de Valoración de la documentación presentada por los solicitantes, tanto de la titulación requerida como de la formación complementaria o experiencia laboral anterior.

La segunda fase consistirá en una entrevista personal, a la que serán convocados aquellos solicitantes que en la primera fase obtengan mayor puntuación, hasta un máximo de 5 aspirantes, los cuales serán requeridos por la Comisión de Valoración mediante notificación que se les dirigirá al efecto, indicándoles la fecha y lugar en los que tendrá lugar la citada entrevista.

Se otorgará una puntuación máxima de 15 puntos en la primera fase de selección, y una puntuación máxima de 7 puntos en la segunda. La calificación definitiva será la resultante de la suma total de los puntos obtenidos en las dos fases.

2. En la primera fase, para la valoración de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes criterios de evaluación:

— Méritos académicos del solicitante. Se valorarán las calificaciones obtenidas en la titilación universitaria aportada como requisito, y en su caso, los estudios de postgrados en la forma que a continuación se determina:

a) Las calificaciones obtenidas en la titulación universitaria aportada como requisito se valorarán con 0,10 puntos por cada matrícula de honor o sobresaliente y 0,05 por notable, con una valoración máxima de 4 puntos.

b) Respecto de los estudios de postgrado (Diplomado, Experto, Máster o Doctorado) relacionados con la titulación exigida para la beca a la que se opte, se valorarán los estudios desarrollado por la Escuela de Administración Pública de Extremadura y las Universidades Públicas, con una puntuación de 0,50 por cada uno de los estudios desarrollados, y con una valoración que no podrá superar en este apartado 4 puntos.

— Experiencia laboral y de investigación en temas relacionados con la convocatoria valorándose de la siguiente forma:

a) Experiencia profesional/laboral: se valorará la participación docente o coordinación en actividades formativas desarrolladas por las entidades antes mencionadas, que estén relacionadas con el objeto de la beca (0,10 puntos por cada hora docente impartida y 0,01 puntos por cada hora de coordinación) con una valoración máxima será de 3 puntos:

b) Experiencia en investigación: Se otorgarán 0,10 puntos por proyectos de investigación en que se haya participado; adicionando 0,10 puntos por cada año de duración del proyecto a partir del primer año, con una valoración máxima de 2 puntos.

— Cursos de Formación relacionados con la materia objeto de la beca, desarrollados en la Escuela de Administración Pública, Universidades Públicas. La valoración máxima será de 2 puntos, otorgándose 0,05 puntos para cursos de 0-10 horas lectivas, 0,15 puntos para cursos de 11-30 horas lectivas, 0,30 puntos para cursos de 31-100 horas lectivas y 0,50 puntos para cursos con más de 100 horas lectivas.

3. En la segunda fase, la Comisión de Valoración, tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración:

— Conocimientos específicos sobre la materia objeto de la beca. La valoración máxima de este apartado será de 4 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

a) Conocimientos sobre la materia objeto de la beca de investigación, valorados por la Comisión en base a 5 preguntas a razón de 0,20 puntos por respuesta acertada hasta un máximo de 1 punto.

b) Cuestiones generales sobre protección de los consumidores valorados por la Comisión en base a 5 preguntas a razón de 0,20 puntos por respuesta acertada hasta un máximo de 1 punto.

c) Metodología de investigación, valorados por la Comisión en base a 2 preguntas a razón de 0,50 puntos por respuesta acertada hasta un máximo de 1 punto.

d) Evaluación de los proyectos, valorados por la Comisión en base a 2 preguntas a razón de 0,50 puntos por respuesta acertada hasta un máximo de 1 punto.

— Conocimientos en lenguas extranjeras, con Certificado de la Escuela Oficial de Idiomas. La valoración máxima será de 2 puntos, otorgándose 0.20 puntos por curso académico superado.

— Conocimientos de cuestiones prácticas de ofimática. La valoración máxima será de 1 punto, otorgándose 0.20 a cada una de las 5 cuestiones prácticas que se planteen sobre el paquete ofimático y sean resueltas.

* Lista de espera.

Con los aspirantes que, reuniendo los requisitos necesarios para obtener la beca objeto de la convocatoria, no hayan obtenido la puntuación suficiente para ser beneficiario de la misma, se formará una lista de espera, de la que podrán ser llamados para suplir la vacante ocasional que pudiera producirse, según su orden de puntuación.

* Prórroga.

1. El beneficiario de la beca que pretendan optar a la prórroga de la misma de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1.5 de esta orden, deberá presentar ante la persona titular de la Gerencia del Instituto de Consumo de Extremadura, en el periodo comprendido entre uno y dos meses antes de la finalización de la beca, la correspondiente solicitud, acompañada de una memoria de las actuaciones realizadas hasta esa fecha, así como de las que se pretendan realizar a lo largo del año para el que se solicita la prórroga.

2. A la vista de esta documentación, la persona titular de la Gerencia del Instituto de Consumo elevará una propuesta de prórroga a la persona titular de la Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura, en la que se recogerá el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la beca por parte del beneficiario, la importancia del mantenimiento de las líneas de investigación dentro de los proyectos de gasto y la existencia de la correspondiente dotación presupuestaria. Antes de la finalización de la beca, la persona titular de la Dirección General del Instituto de Consumo, dictará resolución que será notificada al interesado.

La cuantía individualizada mensual bruta de la ayuda será 2.6 por el IPREM mensual, sobre la que se practicará la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se podrán percibir ayudas complementarias en concepto de desplazamiento para trabajos de campo exigidos por la investigación, determinándose su cuantía, de conformidad con la normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Las solicitudes, acompañadas de la documentación relacionada, se formalizarán en el impreso normalizado que figura como Anexo I. El modelo de solicitud y demás anexos estarán a disposición de los solicitantes en la dirección de la página web del Instituto de Consumo de Extremadura www.incoex.org.

A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte. Sólo en el caso de que el interesado no preste su autorización para su comprobación de oficio.

b) Currículum vitae del solicitante, en el que se haga constar la titulación exigida en la convocatoria, los méritos que se alegan y las certificaciones académicas y experiencia profesional exclusivamente relacionadas con el objeto de la beca a la que se opte. Todo ello acompañado por los documentos originales o las copias compulsadas que los acrediten, para su valoración por la Comisión conforme a lo establecido en el artículo 6 de la orden de convocatoria.

c) Fotocopia compulsada del Título académico o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título.

d) Certificado oficial del expediente académico de la titulación cursada, en el que figuren expresamente la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas y la calificación media.

e) En su caso, certificaciones de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud de admisión (Anexo I)

Anexos

Declaración responsable de no estar sometido a expediente disciplinario alguno ni haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas (Anexo III)

Declaración responsable de no percibir ninguna otra retribución, beca o ayuda de cualquier tipo de entidad, pública o privada, o de renuncia, en su caso (Anexo IV)

Lí­nea de investigación (Anexo II)

Decreto 217/2012, de 26 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social en materia de consumo (D.O.E. Nº 212, DE 02-11-12)

ORDEN de 1 de diciembre de 2014 por la que se aprueba la convocatoria de una beca de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos ámbitos de la protección de los consumidores en Extremadura, para el año 2015 (D.O.E. Nº 241, DE 16-12-2014)

Titular de la Dirección General del INCOEX.

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de seis meses a contar a partir de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

http://www.incoex.org

í?rgano gestor

INSTITUTO DE CONSUMO DE EXTREMADURA
C/ ADRIANO,4
06800 MERIDA
consultas@incoex.org
924004700

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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