Volveremos Aragón. - Convocatoria 2024.. 10486. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Subvencionar a los establecimientos por los saldos admitidos como medio de pago a los clientes usuarios de la aplicación móvil “Volveremos”, generados con sus compras de bienes de consumo en establecimientos adheridos.

¿Quién puede solicitarlo?

Pequeñas o medianas empresas (Pymes) que tengan establecimientos minoristas abiertos al público en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”.

Requisitos principales

  • La Pyme beneficiaria de la ayuda deberá ser titular de, al menos, un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • La actividad principal del negocio del beneficiario deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.
  • Para ser beneficiarios de las ayudas financiadas con fondos municipales, los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el párrafo anterior podrán ser ampliados para incluir actividades de servicios, de acuerdo con lo que conste en el convenio de colaboración firmado con cada entidad local.

Plazos

El plazo de presentación es del 20/07/2024 al 31/12/2024.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El programa “Volveremos” subvenciona al establecimiento los saldos admitidos como medio de pago a los clientes usuarios de la aplicación móvil “Volveremos”, generados con sus compras de bienes de consumo en establecimientos adheridos. Dicho saldo se genera con cada compra realizada en los establecimientos durante las fechas establecidas en cada campaña, siendo admitidos como medio de pago en las siguientes compras realizadas en la misma red de establecimientos adheridos hasta agotar el presupuesto asignado o hasta finalizar el periodo vigente indicado en esta convocatoria.

Resumen

El programa “Volveremos” ofrece subvenciones a establecimientos por los saldos que los clientes usan a través de la app “Volveremos”. Estos saldos se generan al comprar en comercios adheridos y se pueden usar en futuras compras en la misma red hasta agotar el presupuesto o finalizar la campaña.

Dirigido a

Pequeñas y medianas empresas (Pymes) con establecimientos minoristas abiertos al público en Aragón que se adhieran al programa.

Requisitos

  • La Pyme debe tener un establecimiento en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
  • La actividad principal del negocio debe estar en uno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) especificados: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.
  • Si la ayuda es con fondos municipales, los epígrafes del IAE pueden ampliarse a servicios según el convenio con cada entidad local.

Información Adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, FERIAS Y ARTESANÍA

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

Para solicitar las ayudas es necesario adherirse al programa “Volveremos”. Para ello, resulta obligatorio cumplimentar el formulario de adhesión, que estará disponible a través de la página web del programa volveremos, así como a través de la web del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio.

Consultar trámite

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.