Volveremos Aragón. - Convocatoria 2024.

Actualizado el 20 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Subvenciona a establecimientos los saldos admitidos como medio de pago a clientes usuarios de la app 'Volveremos',generados con sus compras en establecimientos adheridos. El saldo se usa en compras posteriores en la misma red hasta agotar el presupuesto.

¿Quién puede solicitarlo?

Pequeñas o medianas empresas (Pymes) con establecimientos minoristas abiertos al público en municipios de Aragón,adheridas al Programa “Volveremos”.

Requisitos principales

  • La Pyme debe ser titular de al menos un establecimiento en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
  • La actividad principal debe corresponder a ciertos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (641,642,etc.).
  • Para ayudas municipales,los epígrafes IAE pueden ampliarse a servicios según convenio con la entidad local.

Plazos

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Consultar la página web del programa Volveremos para más información y convenios con ayuntamientos.

Volveremos Aragón - Convocatoria 2024

El programa “Volveremos” subvenciona al establecimiento los saldos admitidos como medio de pago a los clientes usuarios de la aplicación móvil “Volveremos”,generados con sus compras de bienes de consumo en establecimientos adheridos. Dicho saldo se genera con cada compra realizada en los establecimientos durante las fechas establecidas en cada campaña,siendo admitidos como medio de pago en las siguientes compras realizadas en la misma red de establecimientos adheridos hasta agotar el presupuesto asignado o hasta finalizar el periodo vigente indicado en esta convocatoria.

Serán gastos subvencionables los tickets de compra,según la metodología de generación y operación que se describe en el Anexo I de la Orden de convocatoria,generados por los clientes usuarios de “Volveremos”,que se hayan realizado y pagado dentro del periodo de gasto subvencionable.

Plazo de presentación

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las pequeñas o medianas empresas (Pymes) que tengan establecimientos minoristas abiertos al público en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón,y que se adhieran o estén adheridos al Programa “Volveremos”.

Requisitos

  • La Pyme beneficiaria de la ayuda deberá ser titular de,al menos,un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciados de las ayudas fnanciadas con los fondos del Gobierno de Aragón,la actividad principal del negocio del benefciario deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:641,642,643,644,645,647.1,647.2,647.3,647.4,651,652.2,652.3,652.4,653,654.1,657,659,661.3 y 662.2. Además,el benefciario deberá ser titular de,al menos,un establecimiento incluido en el Registro de Actividades Comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para ser benefciarios de las ayudas fnanciadas con fondos municipales,los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el párrafo anterior podrán ser ampliados para incluir actividades de servicios,de acuerdo con lo que conste en el convenio de colaboración firmado con cada entidad local.

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO,FERIAS Y ARTESANÍA

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 20/07/2024 al 31/12/2024

Para solicitar las ayudas es necesario adherirse al programa “Volveremos”. Para ello,resulta obligatorio cumplimentar el formulario de adhesión,que estará disponible a través de la página web del programa volveremos,así como a través de la web del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio.

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.