Trámites relativos a la comunicación previa de actividades de gestión de residuos - Cese de la autorización de gestor de residuos. 888. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los gestores de residuos comunicar el cese de su actividad para ser dados de baja en el registro correspondiente.

¿Quién puede solicitarlo?

Promotores que han gestionado residuos en régimen de comunicación, inscritos en el registro correspondiente, y que han cesado la actividad.

Requisitos principales

  • Estar dado de alta en el Registro correspondiente por realizar actividades de gestión de residuos.
  • Haber cesado en la actividad de gestión de residuos.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

1 mes (si el INAGA no requiere limitar la actuación)

Información adicional

Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al INAGA se incorporarán a las actividades de tratamiento de datos del INAGA. Más información disponible en la página web del INAGA.

Resumen

Este trámite permite a los gestores de residuos comunicar el cese de su actividad para ser dados de baja en el registro correspondiente.

Quién puede usar este servicio:

  • Promotores que han gestionado residuos en régimen de comunicación, inscritos en el registro correspondiente, y que han cesado la actividad.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Formulario de Comunicación previa de cese de actividades de gestión de residuos, debidamente cumplimentado y dirigido al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Requisitos:

  • Estar dado de alta en el Registro correspondiente por realizar actividades de gestión de residuos.
  • Haber cesado en la actividad de gestión de residuos.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • El plazo de resolución es de 1 mes (si el INAGA no requiere limitar la actuación).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la comunicación de cese de actividad a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón o presencialmente (solo para personas físicas que requieran asistencia para la presentación telemática).

Información sobre cada etapa:

  • La comunicación debe dirigirse al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).
  • En caso de que el INAGA considere necesario limitar una actuación determinada, se hará mediante resolución expresa en el plazo de 1 mes, y se abrirá un expediente del mismo procedimiento con sentido negativo.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • El INAGA dará de baja de oficio al gestor de residuos en el Registro correspondiente.

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