Trámites relativos a la autorización de gestión de residuos - Autorización de instalaciones y de operadores de no peligrosos. 331. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a operadores e instalaciones obtener la autorización para realizar actividades de tratamiento de residuos no peligrosos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

¿Quién puede solicitarlo?

Operadores e instalaciones que realicen actividades de tratamiento de residuos no peligrosos.

Requisitos principales

  • Realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.
  • Ser titular de una instalación donde se desarrollen operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.

Plazos

El plazo de presentación está permanentemente abierto.

Duración del trámite

4 meses

Información adicional

Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) se incorporarán a las actividades de tratamiento de datos del INAGA. Más información sobre la política de protección de datos en la página web del INAGA.

Resumen

Este trámite permite a los operadores e instalaciones obtener la autorización necesaria para el tratamiento de residuos no peligrosos en Aragón. Para ello, deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Quién puede usar este servicio:

  • Operadores que realicen actividades de tratamiento de residuos no peligrosos.
  • Instalaciones que realicen actividades de tratamiento de residuos no peligrosos.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

Requisitos:

  • Realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.
  • Ser titular de una instalación donde se desarrollen operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.

Costes y plazos:

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Paga la tasa correspondiente.
  3. Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática a través del siguiente enlace: Iniciar trámite

Después de hacerlo

  • El plazo máximo de resolución es de 4 meses.
  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo: Subsanar trámite
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite: Aportar documentación
  • Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo

Ayuda

Contacto:

Ayuda con la tramitación electrónica:

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  • INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL

Normativa:


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