Trámites relacionados con entidades de servicios sociales - Baja de entidades de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. 9055. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Cancelar la inscripción de una entidad de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades de servicios sociales inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.

Plazos

En plazo permanente.

Duración del trámite

3 meses (el silencio administrativo positivo aplica a partir del 28 de agosto de 2022)

Resumen

Este trámite permite a las entidades de servicios sociales solicitar la baja en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Aragón.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades de servicios sociales inscritas en el Registro.

Lo que necesitas

  • Estar previamente inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
  • Pago de la tasa correspondiente (Tasa 21. Modelo 421. Tarifa 02). Puedes acceder al pago a través de este enlace: Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Cómo hacerlo

  1. Tramitación telemática:

Después de hacerlo

  • El plazo de resolución es de 3 meses. Si no se resuelve en este tiempo, se considera aceptado por silencio administrativo positivo (para trámites iniciados a partir del 28 de agosto de 2022).
  • Contra la resolución (o la falta de ella), puedes interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses (si la resolución es expresa) o seis meses (si es presunta).

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