Título de familia monoparental. 2162. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las familias monoparentales que cumplen los requisitos obtener un título oficial que les da acceso a ciertos beneficios en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que integran una unidad familiar monoparental y cumplen con los requisitos establecidos en la normativa aragonesa.

Requisitos principales

  • La persona que encabeza la familia debe estar empadronada en Aragón durante al menos 12 meses ininterrumpidos antes de la solicitud.
  • Los hijos deben ser menores de 26 años, excepto si tienen una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Los hijos deben vivir con el progenitor, salvo separación temporal por estudios, trabajo, tratamiento médico u otras causas justificadas.
  • Los hijos deben depender económicamente del progenitor (ingresos anuales inferiores al IPREM).

Plazos

El plazo de presentación está permanentemente abierto.

Duración del trámite

6 meses desde la fecha de entrada de la solicitud.

Información adicional

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Resumen

Este trámite permite a las familias monoparentales en Aragón solicitar el título oficial que las reconoce como tal, facilitando el acceso a diversos beneficios.

Dirigido a

Todas las personas que forman parte de una familia monoparental y cumplen con los requisitos establecidos.

Requisitos

  • Requisitos de la persona que encabeza la unidad familiar:
    • Estar empadronada en algún municipio de Aragón durante al menos doce meses ininterrumpidos antes de la solicitud.
  • Requisitos de los/as hijos/as:
    • Ser menores de 26 años (excepto si tienen una discapacidad igual o superior al 33%).
    • Convivir con la persona progenitora (salvo separación temporal justificada).
    • Depender económicamente de la persona progenitora (ingresos anuales inferiores al IPREM).

Documentación necesaria

Presentar en todos los casos:

  • Copia de la resolución de admisión del procedimiento judicial de abandono de familia (si aplica).
  • Copia de la sentencia condenatoria por delito de violencia de género (si aplica).
  • Anexo de autorizaciones para tramitación telemática (TTO): Descargar modelo
  • Fotocopia del certificado de defunción del ascendiente fallecido (si aplica).
  • Declaración jurada: Descargar modelo
  • Copia de la resolución judicial firme de guarda y custodia (si aplica).
  • Solicitud.
  • Libro o libros de familia (copia completa) o certificado registral individual.
  • Declaración jurada de no mantener relación de afectividad análoga a la conyugal.
  • Certificado negativo de inscripción en el Registro Administrativo de Parejas estables no casadas del Gobierno de Aragón.
  • Certificado de estado civil.

Documentación que consultará la administración

  • Acreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante.
  • Certificado de empadronamiento (datos de residencia de la persona solicitante y del resto de la unidad familiar).
  • Certificado de ingresos de la unidad familiar.
  • Resolución del reconocimiento de discapacidad (de la persona solicitante y del resto de la unidad familiar).
  • Inscripción en el Registro de Parejas Estables No Casadas.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, puedes descargar el formulario del trámite: Descargar formulario

Cómo realizar el trámite

Telemáticamente

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: Métodos de identificación y firma electrónica
  2. Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.

Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso telemáticamente, descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencialmente

  1. Descarga el formulario, complétalo y fírmalo: Descargar formulario
  2. Reúne la documentación necesaria.
  3. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana / Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación en la oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

Iniciar trámite

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para su tramitación

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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