Subvenciones públicas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido - Convocatoria 2024. 10173. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para ayuntamientos, personas físicas y jurídicas del ámbito privado, y asociaciones sin ánimo de lucro.
¿Quién puede solicitarlo?
Ayuntamientos, personas físicas y jurídicas del ámbito privado, y asociaciones sin ánimo de lucro del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
Requisitos principales
- Las inversiones deben estar en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional y referirse a:
- Conservación o restauración del patrimonio natural con valor ecológico.
- Eliminación de impactos sobre los valores naturales o culturales del Parque Nacional.
- Compatibilidad de actividades y usos tradicionales con los objetivos del Parque Nacional.
- Conservación o restauración del patrimonio arquitectónico con valor histórico-artístico o cultural a escala local.
- Actividades económicas relacionadas con los Parques Nacionales (servicios a visitantes, comercialización de productos artesanales).
- Mantenimiento o recuperación de la tipología constructiva tradicional de edificios de primera residencia o uso asociado al sector primario.
- Dotación de condiciones para superar la Inspección Técnica de Edificios en viviendas de más de 50 años.
- Inversiones previstas en los planes de desarrollo sostenible del Parque Nacional.
- Actuaciones realizadas y puestas en servicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 28/06/2024 al 29/07/2024.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Coordina: Servicio de Espacios Protegidos (Dirección General de Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Turismo).
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
Quién puede usar este servicio:
- Ayuntamientos
- Personas físicas y jurídicas del ámbito privado
- Asociaciones sin ánimo de lucro
Plazo de presentación: Del 28/06/2024 al 29/07/2024
Lo que necesitas
Requisitos
- Las inversiones deben estar en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional y referirse a:
- Conservación o restauración del patrimonio natural con valor ecológico.
- Eliminación de impactos sobre los valores naturales o culturales del Parque Nacional.
- Compatibilidad de actividades y usos tradicionales con los objetivos del Parque Nacional.
- Conservación o restauración del patrimonio arquitectónico con valor histórico-artístico o cultural a escala local.
- Actividades económicas relacionadas con los Parques Nacionales (servicios a visitantes, comercialización de productos artesanales).
- Mantenimiento o recuperación de la tipología constructiva tradicional de edificios de primera residencia o uso asociado al sector primario.
- Dotación de condiciones para superar la Inspección Técnica de Edificios en viviendas de más de 50 años.
- Inversiones previstas en los planes de desarrollo sostenible del Parque Nacional.
- Se admitirán las actuaciones realizadas y puestas en servicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024.
Documentos requeridos
Presentar en todos los casos:
- Documento acreditativo: Documento acreditativo del acuerdo adoptado por la entidad para solicitar la subvención y de la representación de la persona que la suscribe, en el caso de personas jurídicas.
- Proyecto o memoria valorada: Proyecto o memoria valorada de las inversiones para las que se solicita la subvención, firmada por la persona beneficiaria o por la persona representante de la entidad, en el su-puesto de personas jurídicas, y en su caso por personal técnico competente en razón de la materia, especificando en su presupuesto los distintos conceptos de gasto, con adecuado desglose de partidas y anualidades.
- Certificado de empadronamiento: Certificado de empadronamiento en el caso de personas físicas.
- Planos: El proyecto o memoria valorada se acompañará de los planos generales del Sistema de Información Geográfico de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) a escala 1:5.000, planos de detalle y los que resulten necesarios para su definición, caso de realizarse en parcelas rústicas. Los planos de parcelas pueden obtenerse desde el siguiente enlace: https://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/.
- Indicación de lo que cada miembro va a ejecutar
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
- En caso que no hayas presentado antes la ficha de terceros o no estén los datos actualizados
- Ficha de Terceros: Descargar modelo Ficha de Terceros
- Condición: En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica
- En caso de que se te haya concedido la subvención
- Solicitud de pago: Descargar modelo Solicitud de pago
- En caso de que se te haya concedido la subvención y quieras renunciar
- Renuncia: Descargar modelo Renuncia
- En caso de no querer presentar algún documento que obre en nuestro poder
- Documentos en poder de la Administración: Descargar modelo Documentos en poder de la Administración
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
- Validación de NIF de un contribuyente
- Verificación de Datos de Identidad
- Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
- Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Después de hacerlo
Proceso de tramitación
- Plazo de presentación: Del 28/06/2024 al 29/07/2024
- El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la Orden de convocatoria. Consultar trámiteConsultar formas de presentación
- Subsanación: Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
- Aportación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
- Resolución: Plazo para la notificación de la resolución: 3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 974 243 361
- Correo electrónico: ordesa@aragon.es
- Presencial: Unidad Administrativa del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
- Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales