SUBVENCIONES PARA LA REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y PUESTA A PUNTO DE EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO DE LOS CENTROS Y ORGANISMOS DE INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL AÑO 2016

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

La resolución de las subvenciones corresponderá a la Dirección General de Investigación e Innovación en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes (quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el ?Boletín Oficial de Aragón?).

Convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación que desarrollan su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quién puede solicitarlo

Los centros y organismos de investigación en los que se hallen inventariados los equipamientos científicos objeto de las actuaciones subvencionables, siempre que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón, y sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado décimo.

Requisitos y observaciones

Las actuaciones subvencionables:
a) Deben consistir en la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación que realicen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Se tienen que realizar en el periodo comprendido entre el día siguiente a la fecha de finalización de presentación de solicitudes establecida en el punto 2 del apartado séptimo de la convocatoria, hasta el 30 de octubre de 2018, ambas fechas inclusive.
c) No deben haber concluido antes de la presentación de la solicitud ante el órgano convocante.
d) El coste subvencionable debe ser igual o superior a dos mil euros (2.000 ?) excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
e) No será subvencionable la reparación, mantenimiento y puesta a punto del equipamiento informático destinado a usos ofimáticos. Sin perjuicio de lo anterior, sí se considerará subvencionable los equipamientos informáticos incluyendo software de carácter especializado destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.

Qué documentación necesito

Además del modelo de solicitud previsto en la convocatoria (anexo I) y de los anexos II (declaraciones responsables) y III (memoria detallada de la actividad a subvencionar) se debe aportar la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de la identificación fiscal del solicitante (NIF) y, en su caso, del de su representante (DNI), salvo que este último haya dado su consentimiento para que el órgano gestor realice la comprobación a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En el caso de que el órgano gestor no pudiera obtener dicha información podrá requerirla del solicitante como subsanación de la solicitud.
b) Documentos justificativos de la constitución y de la inscripción en el registro correspondiente cuando ésta sea exigible del solicitante.
c) Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación de este último, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
d) Los certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma, cuando el solicitante deniegue expresamente el consentimiento para acceder a los datos referidos en el punto 4 del apartado cuarto de esta Orden.
Descargar formularios:
Subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico. Anexo I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

- ORDEN IIU/1106/2018, de 15 de junio, por la que se convocan subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico de los centros y organismos de investigación de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018 cofinanciada con el Programa Operativo FEDER Aragón 2014-2020
- ORDEN IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
- LEY 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
- Normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
- Reglamento (UE) n ° 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n ° 1080/2006
- Reglamento (UE) n ° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n ° 1083/2006 del Consejo

Organismo responsable

Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento

Más información

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Gestión del trámite

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Descargar formularios:

Subvenciones para la reparación, mantenimiento y puesta a punto de equipamiento científico. Anexo I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV


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