Subvenciones para la rehabilitación de viviendas, sustitución de ventanas. 2331. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para la sustitución de ventanas en viviendas de Aragón, siempre que constituyan el domicilio habitual y permanente del solicitante.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas
Requisitos principales
- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del propietario o arrendatario.
- El coste subvencionable debe ser igual o mayor a 1.000 € por vivienda.
- Las ventanas deben cumplir las características térmicas especificadas.
- Las ventanas deben estar en los cerramientos exteriores de la vivienda.
- Las obras no deben haber comenzado antes de la publicación de la convocatoria.
- El importe de la ayuda debe destinarse al pago de las actuaciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Plazos
El plazo de presentación fue del 29/07/2020 al 30/09/2020. (Fuera de plazo)
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La cuantía máxima de la subvención es de 3.000 € por vivienda, sin superar el 30% del coste subvencionable.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para la sustitución de ventanas en viviendas de Aragón. La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del solicitante, y esta condición debe mantenerse durante 10 años.
Quién puede usar este servicio
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Lo que necesitas
Requisitos
- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del propietario o arrendatario.
- El coste subvencionable debe ser igual o mayor a 1.000 € por vivienda.
- Las ventanas deben cumplir las características térmicas especificadas.
- Las ventanas deben estar en los cerramientos exteriores de la vivienda.
- Las obras no deben haber comenzado antes de la publicación de la convocatoria.
- El importe de la ayuda debe destinarse al pago de las actuaciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos requeridos
- Impreso de solicitud (Anexo I, descargable en la web).
- Relación numerada de ventanas a sustituir con descripción de materiales, características y fotografías.
- Descripción y características de las nuevas ventanas (Anexo II cumplimentado por la empresa suministradora).
- Presupuesto para la sustitución e instalación de las nuevas ventanas.
- Presupuestos de otros gastos relacionados.
- Acreditación de representación (si aplica).
- Copia del CIF (si el solicitante es persona jurídica).
- Volante de empadronamiento de los beneficiarios (o contrato de alquiler sellado por la Comunidad Autónoma).
- Autorización del propietario de la vivienda (si el inquilino sufraga los gastos).
- Ficha de terceros del beneficiario o beneficiarios.
- FICHA DE TERCEROS: Descargar modelo
- ANEXO II CARACTERISTICAS VENTANAS: Descargar modelo
- ANEXO IV JUSTIFICACIÓN: Descargar modelo
- DOC_ANEXOIVa: Descargar modelo
- DOC_ANEXOIVb: Descargar modelo
- ANEXO V PRÓRROGA Y ANTICIPO: Descargar modelo
- Modelo de representación: Descargar modelo
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Después de hacerlo
Plazos de resolución
El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
Saber más sobre el silencio administrativo
Subsanación y Aportación
- Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Ayuda
Contacto
- Teléfono.974 29 30 70 / 978 64 10 28 / 976 715 300 ; 976 715 312
- Correo electrónico.rehabilitacion@aragon.es
- Presencial. Subdirección Vivienda Huesca / Subdirección Vivienda Teruel / Subdirección Vivienda Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
Orden VMV/1542/2017, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas
Orden VMV/652/2020, de 20 de julio, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas, aprobadas por Orden VMV/1542/2017, de 9 de octubre
Orden VMV/658/2020, de 20 de julio, de 2020 del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas destinadas a la sustitución de ventanas, en 2020