Subvenciones para la rehabilitación de viviendas, sustitución de ventanas. 2331. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar subvenciones para la sustitución de ventanas en viviendas de Aragón, siempre que constituyan el domicilio habitual y permanente del solicitante.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas y jurídicas

Requisitos principales

  • La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del propietario o arrendatario.
  • El coste subvencionable debe ser igual o mayor a 1.000 € por vivienda.
  • Las ventanas deben cumplir las características térmicas especificadas.
  • Las ventanas deben estar en los cerramientos exteriores de la vivienda.
  • Las obras no deben haber comenzado antes de la publicación de la convocatoria.
  • El importe de la ayuda debe destinarse al pago de las actuaciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Plazos

El plazo de presentación fue del 29/07/2020 al 30/09/2020. (Fuera de plazo)

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La cuantía máxima de la subvención es de 3.000 € por vivienda, sin superar el 30% del coste subvencionable.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la sustitución de ventanas en viviendas de Aragón. La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del solicitante, y esta condición debe mantenerse durante 10 años.

Quién puede usar este servicio

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas

Lo que necesitas

Requisitos

  • La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del propietario o arrendatario.
  • El coste subvencionable debe ser igual o mayor a 1.000 € por vivienda.
  • Las ventanas deben cumplir las características térmicas especificadas.
  • Las ventanas deben estar en los cerramientos exteriores de la vivienda.
  • Las obras no deben haber comenzado antes de la publicación de la convocatoria.
  • El importe de la ayuda debe destinarse al pago de las actuaciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Documentos requeridos

  • Impreso de solicitud (Anexo I, descargable en la web).
  • Relación numerada de ventanas a sustituir con descripción de materiales, características y fotografías.
  • Descripción y características de las nuevas ventanas (Anexo II cumplimentado por la empresa suministradora).
  • Presupuesto para la sustitución e instalación de las nuevas ventanas.
  • Presupuestos de otros gastos relacionados.
  • Acreditación de representación (si aplica).
  • Copia del CIF (si el solicitante es persona jurídica).
  • Volante de empadronamiento de los beneficiarios (o contrato de alquiler sellado por la Comunidad Autónoma).
  • Autorización del propietario de la vivienda (si el inquilino sufraga los gastos).
  • Ficha de terceros del beneficiario o beneficiarios.
  • FICHA DE TERCEROS: Descargar modelo
  • ANEXO II CARACTERISTICAS VENTANAS: Descargar modelo
  • ANEXO IV JUSTIFICACIÓN: Descargar modelo
  • DOC_ANEXOIVa: Descargar modelo
  • DOC_ANEXOIVb: Descargar modelo
  • ANEXO V PRÓRROGA Y ANTICIPO: Descargar modelo
  • Modelo de representación: Descargar modelo

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.

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Subsanación y Aportación

  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación

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